Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 10822
Resolución de denegación. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. Medida: 8.3. Prevención de los daños en bosques producidos por incendios, desastres naturales y catástrofes. Convocatoria: PIFO2018_1 grupo: REMESA 2
Antecedentes
1. El 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOIB núm. 63, la Resolución del Presidente del FOGAIBA de fecha 21 de diciembre de 2018, por la que se convocan, para el año 2018, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el di a 02/28/2019, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 101 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.
5. En fecha 16 de septiembre de 2019 el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural ha emitido informe desfavorable y propuesta provisional de denegación de la ayuda a los interesados relacionados en el Anexo I.
6. En fecha 16 de septiembre de 2019 se notifica, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, dicha propuesta provisional a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.
7. A día de hoy, y una vez finalizado el plazo, los interesados relacionados en el Anexo I no han presentado alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOIB núm. 63, la Resolución del Presidente del FOGAIBA de fecha 21 de diciembre de 2018, por la que se convocan, para el año 2018, subvenciones para inversiones en la prevención de los daños a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.
2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
3. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anexo I, que son un total de 3 expedientes y que comienza con BARTOLOME SANSALONI LLITERAS y termina con ANTONIO PLANELLS RIERA, relativa a la línea de ayudas "Prevención de los daños en bosques producidos por incendios, desastres naturales y catástrofes ", por no cumplir con alguno de los requisitos que se establecen en la convocatoria y que se especifican en el citado anexo.
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.
3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Palma, 28 de octubre de 2019
El vicepresidente del FOGAIBA
Gabriel Torrens Llabrés
ANEXO I Relación de solicitudes denegadas
Sol·licitant |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo denegación |
BARTOLOME SANSALONI LLITERAS |
41272056M |
PIFO2018_1/018 |
No estar en zona de riesgo alto o medio de incendio forestal. |
LADICO MENORCA SL |
B07793128 |
PIFO2018_1/055 |
No llega a la puntuación mínima requerida. |
ANTONIO PLANELLS RIERA |
41450997Y |
PIFO2018_1/101 |
No llega a la puntuación mínima requerida. |