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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 10778
Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de corrección de errores observados en la Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 20 de mayo de 2019 (BOIB nº 69, de 23 de mayo), por la cual se aprueba la convocatoria para conceder las ayudas públicas destinadas a fomentar la economía social mediante la promoción del empleo y la mejora de la competitividad de las cooperativas, de las microcooperativas y de las sociedades laborales

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Texto

Hechos

1. El día 23 de mayo de 2019 se publicó en el BOIB núm. 69 la Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 20 de mayo de 2019 por la cual se aprueba la convocatoria para conceder las ayudas públicas destinadas a fomentar la economía social mediante la promoción del empleo y la mejora de la competitividad de las cooperativas, de las microcooperativas y de las sociedades laborales.

2. Se ha observado un error material en la publicación con respecto al ámbito temporal  para la realización de las actividades subvencionables del Programa IV.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dispone que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la rectificación del error material observado en el apartado 4.1.b) de la Resolución mencionada,

Donde dice:

b) Para las actividades subvencionables del Programa IV, el ámbito temporal comprende de día 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2018.

Debe decir:

b) Para las actividades subvencionables del Programa IV, el ámbito temporal comprende de día 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2019.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo  en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente  recurso contencioso administrativo delante de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley  29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 22 de octubre de 2019

El Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo ​​​​​​​Iago Negueruela Vázquez