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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS

Núm. 10749
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears para impulsar y reforzar la simplificación administrativa, la innovación, la adaptación a la tramitación electrónica y la calidad de los servicios de la Dirección General de Política Industrial

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Texto

Primero. La Dirección General de Política Industrial y el Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI) acuerdan, en el marco de lo que dispone el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que el Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI) de soporte, por razones de eficacia y eficiencia, a las tareas de impulso y refuerzo a la simplificación administrativa, la innovación y el incremento de la calidad de los servicios, de los procedimientos y de los trámites que se ofrecen mediante la estructura de ventanilla única de la Unidad de Información y Trámite (UDIT) y que corresponde a la Dirección General de Política Industrial de la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos.       

La Ley 4/2017, de 12 de julio, de industria de las Illes Balears detalla las actuaciones en materia de política industrial de las Illes Balears que deben ir dirigidas, entre otros, a “Modernizar el modelo productivo de las Illes Balears e incrementar la competitividad” (artículo 9.2.d) e “Impulsar la innovación de la industria, mediante la transferencia de los resultados de la investigación, la formación especializada y el desarrollo tecnológico.” (artículo 9.2.f).

Para lograr estos objetivos, el capítulo IV de la Ley 4/2017 desarrolla la calidad industrial, como herramienta para mejorar la relación de los usuarios con la Administración y para facilitar el ejercicio de la actividad industrial de las Illes Balears. Por eso, se tienen que utilizar herramientas de gestión de la calidad y sistemas de información que mejoren los servicios prestados por la Dirección General de Política Industrial y la UDIT. Esta mejora tiene que seguir pautas de modernización e innovación de los servicios; simplificación de los procesos y procedimientos administrativos; implementación digital e interoperabilidad; reducción de cargas administrativas; procedimentación de los servicios y trámites; y normalización de la información y la documentación.

El Plan estratégico industrial 2018-2025 elaborado por la Dirección General de Política Industrial es un instrumento fundamental para potenciar la actividad industrial y aumentar los parámetros de productividad, competitividad y calidad industrial. Enmarcada dentro de la cuarta línea se desarrollan medidas orientadas a la “Mejora del entorno institucional y simplificación administrativa”. La acción 9 hace mención a la “Creación de sistemas de ventanilla única para mejorar la coordinación y simplificación administrativa”, en concreto reforzar el sistema de ventanilla única y desplegar la armonización y racionalización de los procedimientos administrativos, la eliminación de barreras administrativas, el uso de la tramitación electrónica y el aumento de la coordinación entre organismos de la Administración.

El artículo 11.3 de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de industria de las Illes Balears dispone la colaboración de la Dirección General de Política Industrial con el ente del sector público instrumental adscrito a la consejería competente en materia de industria, que tenga entre sus funciones la promoción empresarial.

El Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (en adelante IDI), como entidad del sector público instrumental adscrita a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos, tiene como objetivo genérico “impulsar el ejercicio de la actividad económica y empresarial a las Illes Balears, con criterios de competitividad, sostenibilidad, reequilibrio territorial y sectorial, facilitando a los trabajadores y trabajadoras, emprendedores y emprendedoras, y a las empresas, la información, la formación, el asesoramiento y los medios necesarios para su implantación, para mejorar su gestión y para aumentar su competitividad, y colaborar con otras entidades públicas y privadas que persigan objetivos afines.” de acuerdo con lo que dispone el artículo 2.1 del Decreto 23/2012, de 23 de marzo, por el que se aprueban los nuevos estatutos de la entidad (modificado por el Decreto 69/2016, de 25 de noviembre). En concreto, ejerce entre otras funciones “b) Impulsar, orientar y apoyar la creación y la consolidación de proyectos empresariales en las Illes Balears.” y “c) Promover la mejora de la competitividad y de la productividad de las empresas y de los sectores empresariales de las Illes Balears.”.

La colaboración, en línea con los estatutos del IDI, va dirigida a la ejecución de las funciones públicas relativas a actividades de promoción industrial en el ámbito de la competitividad y la innovación. La necesidad de formalizar un acuerdo de encomienda de gestión que refuerce las acciones de desarrollo del plan industrial, que corresponden a la Dirección General de Política industrial, queda recogida en la memoria justificativa anexada a este documento.

Segundo. En concreto, con el objetivo de mejorar la competitividad y la productividad de las empresas y de los sectores industriales de las Illes Balears, se encomienda al IDI llevar a cabo las siguientes actividades dentro de las tareas propias que realiza el equipo de desarrollo operativo, que trabaja de forma coordinada y conjunta desde la oficina de la UDIT de Palma, con el alcance que en cada caso se señale:

A.- Desarrollar funciones relacionadas con la simplificación administrativa de los procesos, procedimientos y servicios de la Dirección General de Política Industrial y la UDIT. Se concretan en:

  • Analizar, planificar y diseñar, dentro del marco legal existente, los trámites de los diferentes servicios para incluirlos en el inventario de procedimientos. Incluye la identificación y definición de los nuevos procedimientos y sus trámites y documentación asociada.
  • Implantar, gestionar y ejecutar la planificación y el diseño de los procedimientos incluidos en el catálogo de servicios para aumentar el grado de implementación digital y de tramitaciones inmediatas; automatizar los procesos de tramitación y agilizar la gestión de los expedientes que se deriven y su procedimiento de resolución. Incluye la normalización de la información y los formularios asociados a la tramitación.
  • Efectuar el mantenimiento, la actualización y la adaptación a la normativa, la modernización, el control y la mejora de los procedimientos y tramitaciones administrativas, de la información y documentación asociada, y de los procesos internos propios.

B.- Realizar las tareas relacionadas con el incremento de la calidad del servicio, mediante:

  • Elaboración de la documentación normalizada y la procedimentación de los diferentes procesos del sistema.
  • Revisión periódica y evaluación del sistema mediante informes, análisis, estadísticas y auditorías.
  • Apoyo al cumplimiento de los objetivos, los hitos y los compromisos del servicio con los usuarios, así como a la gestión de la tramitación de los expedientes.
  • Gestión de las incidencias, sugerencias, iniciativas y quejas tanto internas como externas (SIRQs).
  • Colaboración con los órganos competentes en materia de administración electrónica, calidad del servicio y otras materias relacionadas (archivo, registro general, protección de datos, cartas marco...) para conseguir una mayor interoperabilidad administrativa.
  • Elaboración y ejecución de planes e informes que deriven de la calidad, la innovación, la administración electrónica y la reducción de cargas administrativas.

C.- Ejecutar tareas de formación e información a los tramitadores de atención al público y a los técnicos de la Dirección General en materia relativa a los procedimientos y gestión de las tramitaciones, y todas las tareas relacionadas de planificación, programación y gestión.

D.- Mejorar la información de los procedimientos administrativos, la gestión de los expedientes tramitados y de los servicios de la Dirección General. Además, aumentar la transparencia de la Administración mediante el acceso y actualización a la información presencialmente en las oficinas de UDIT y telemáticamente con la gestión de contenidos a través de la sede electrónica.

E.- Otras actividades que deriven de las funciones mencionadas y que le puedan ser encomendadas.

Tercero. Esta encomienda de gestión no supone ningún gasto; sin embargo, los gastos sobrevenidos originados por la gestión material objeto de este encargo se instrumentalizarán mediante el procedimiento que resulte de aplicación de acuerdo con la normativa económica y financiera vigente, y serán a cargo de la sección presupuestaria de la Dirección General de Política Industrial.

Cuarto. El plazo de vigencia del encargo de gestión debe coincidir con el plazo del Plan Estratégico Industrial 2018-2025. Así, se establece una vigencia hasta el 2025. Esta encomienda es prorrogable de forma tácita conforme a las posibles modificaciones, revisiones y actualizaciones del Plan Estratégico Industrial, salvo en el caso que cualquiera de las partes manifieste expresamente la voluntad de no prorrogarlo con una antelación de 2 meses antes de la finalización del período inicial.

Quinto. La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio atribuidos al Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (IDI).

Palma, 16 de octubre de 2019

El consejero de Transición Energética y Sectores Productivos Juan Pedro Yllanes Suárez

La directora gerente del IDI ​​​​​​​Mariona Luis Tomás