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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 10703
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 7.10.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria de las ayudas del Consejo Insular de Menorca a los ayuntamientos para la promoción de la actividad física para gente mayor y la actividad física adaptada para el año 2019 (Exp. 2702-2019-000001)

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Texto

La Ley 3/1995, del deporte balear, en su exposición de motivos, destaca que el deporte es una función social que favorece el desarrollo completo y armónico del ser humano, posibilita su formación integral y contribuye a la consecución, en todos los órdenes, de una mayor calidad de vida.

Esta convocatoria persigue el objetivo final de promover y apoyar para priorizar el acceso a la actividad física de aquellos sectores de la población que, por razones de edad o de capacidades, tienen más dificultades a acceder.

Dado que en el Plan Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2019 del Consejo Insular de Menorca se prevé esta línea de ayuda dirigida a los ayuntamientos para la promoción de la actividad física para gente mayor y la actividad física adaptada para el año 2019;

En conformidad con la normativa básica aplicable al Consejo Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco del que establecen las Bases de ejecución del presupuesto de esta administración;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

 

ACUERDO:

Aprobar la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca a los ayuntamientos para la promoción de la actividad física para gente mayor y la actividad física adaptada para el año 2019, que se regirá por las bases aprobadas en 2018 (BOIB num.102 de 18 de agosto de 2018) de acuerdo con las condiciones siguientes:

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y por los importes máximos que se indican más abajo. Este importe únicamente podrá ampliarse en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.

Partida

Cantidad máxima

34100. 4620017

10.000,00 euros

b) El plazo de presentación de solicitudes finalizará 40 días naturales después de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

c) El órgano instructor es el/la técnico/a de Deportes.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición.

 

Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

  

Maó, 15 de octubre de 2019

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo,

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16.7.2019)

Octavi Pons Castejón