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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 10697
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 22 de octubre de 2019 por la cual se modifica la composición de la Comisión Técnica de Catalán del EBAP

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Texto

Antecedentes

1. De acuerdo con el artículo 18.3 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el cual se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), mediante una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública se podrán crear comisiones específicas de lenguas, integradas por profesionales expertos en la enseñanza y la evaluación de la lengua, a efectos de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el conocimiento de los diferentes niveles de las lenguas y establecer el diseño y el sistema de evaluación de pruebas.

2. En el año 2010, mediante la Resolución de la Presidenta de la EBAP de 21 de septiembre 2010 (BOIB núm. 145, de 7 de octubre), se creó la Comisión Técnica de Elaboración y Revisión de las pruebas de catalán de la EBAP, a la cual se dio continuidad mediante la Resolución del Presidente de la Escuela Balear de Administración Pública de 11 de enero de 2012 por la cual se dejan sin efecto los anexos de la Resolución de la Presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública de 21 de septiembre de 2010, se establece una nueva estructura de la Comisión Técnica de Elaboración y Revisión de las pruebas de catalán de la EBAP y se nombran los miembros de esta Comisión a partir de la convocatoria de pruebas de 2012 (BOIB núm. 11, de 24 de enero). Esta resolución fue modificada por la Resolución de la Presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública de 23 de diciembre de 2013 (BOIB núm. 12, de 23 de enero) y por la Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública de 26 de enero de 2016 (BOIB núm. 21, de 13 de febrero).

3. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban sus normas de funcionamiento y sus atribuciones, y se nombran sus miembros.

4. El artículo 2.2 del anexo 1 (normas de funcionamiento y atribuciones) de la Resolución mencionada en el punto anterior especifica que la Comisión vigente puede actuar hasta que se nombre una de nueva, o en caso de renuncia de algún miembro.

5. En el anexo 2 de la misma Resolución se detalla la composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP.

6. La señora Antònia Fullana Miralles, presidenta de la Comisión Técnica de Catalán vigente, en fecha de 21 de octubre de 2019, ha presentado la renuncia a ocupar el cargo por incompatibilidad laboral.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el cual se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (BOIB núm. 54, de 17 de abril de 2012).

2. La Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la cual se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban las normas de funcionamiento y las atribuciones, y se nombran los miembros (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2018).

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo 2 de la Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la cual se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán del EBAP, se aprueban las normas de funcionamiento y las atribuciones, y se nombran los miembros, que queda redactado de la forma siguiente:

 

ANEXO 2

Composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP

— Presidenta: Aina M. Cifre Bennasar

— Secretario: Gabriel Suau Otero

— Vocal 1º: Gabriel Rossinyol Seguí

— Vocal 2ª: Lira Sastre Moragues

— Vocal 3ª: Ruth José Prat

2. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 22 de octubre de 2019

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización Isabel Castro Fernández