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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 10664
Resolución del vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 24 de mayo de 2019, por la que se convocan las ayudas para distribuir fruta, hortalizas y leche en los centros escolares para el curso 2019-2020

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Texto

El 28 de mayo del 2019 se publicó en el BOIB núm. 71 la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 24 de mayo de 2019, por la que se convocan las ayudas para distribuir fruta, hortalizas y leche en los centros escolares para el curso 2019-2020, modificada posteriormente mediante la Resolución de 12 de agosto de 2019, publicada en el BOIB núm. 116, de 24 de agosto.

El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, si bien, visto el carácter extrapresupuestario de esta línea, quedaba condicionado a la transferencia efectiva de los fondos públicos por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Igualmente, el resto de convocatorias quedaban sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

Además, tal como establece el punto 2 del apartado segundo de la convocatoria, la cantidad no aplicada debe trasladarse al siguiente periodo mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

De acuerdo con el informe del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, de 17 de octubre de 2019, una vez tramitadas todas las solicitudes presentadas de la primera convocatoria y en relación con la asignación inicial prevista, queda un remanente de 511,77 € para fruta y verdura y de 85.000,00 € para leche y productos lácteos que puede trasladarse a la segunda convocatoria, todo ello a condición de la futura transferencia de fondos que efectúe el Ministerio.

Por todo esto, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Trasladar a la segunda convocatoria de subvenciones prevista por la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 24 de mayo de 2019, por la que se convocan las ayudas para distribuir fruta, hortalizas y leche a los centros escolares para el curso 2019-2020, los restantes créditos asignados a esta línea una vez se ha resuelto la primera convocatoria.

No obstante, de acuerdo con lo previsto en el punto 2 del apartado noveno de dicha resolución, esta segunda convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

Segundo

El importe asignado a la segunda convocatoria es de ochenta y cinco mil quinientos once euros con setenta y siete céntimos (85.511,77 €), de acuerdo con la siguiente distribución:

Quinientos once euros con setenta y siete céntimos (511,77 €) para la línea de fruta y verdura.

Ochenta y cinco mil euros (85.000,00 €) para la línea de leche y productos lácteos.

 

Tercero

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 25 de octubre de 2019

El vicepresidente del FOGAIBA

Gabriel Torrens Llabrés