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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 10591
Condiciones técnicas para la gestión de la barra para las Fiestas de Navidad 2019-2020 en la carpa

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Texto

 La Comissió de Govern del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2019, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

1. Aprobar las condiciones técnicas para la gestión de la barra para las Fiestas de Navidad 2019-2020 en la carpa de Sant Francesc, las cuales se adjuntan como anexo en este documento.

2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios de la Corporación, y a la página web del Consell, a los efectos legales oportunos.

 Condiciones técnicas para la gestión de la barra para las Fiestas de Navidad 2019-2020

1. Objeto:

Podrán solicitar un espacio para instalar una barra para despachar bebidas por los conciertos organizados con motivo de las Fiestas de Navidad en la carpa, aquellas entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera, que tengan el ámbito de actuación en la isla de Formentera.

El Consell Insular de Formentera para las Fiestas de Navidad 2019-2020 adjudicará un máximo de una barra.

Las medidas del espacio a pedir serán de: 4 m de largo y 2 de ancho.

Se deberá rellenar una solicitud que se adjunta a este documento como anexo I

Junto con la solicitud, se deberá presentar una copia compulsada de la documentación que acredite que la entidad se encuentra al corriente de pago con el Consell Insular de Formentera, una memoria explicativa de la entidad, (nombre, actividades que realizan, historia, acción social, cultural o deportiva, ámbito local o salida al exterior, historia, ingresos, gastos y al que destinarán los beneficios de la barra), y declaración que acredite que la asociación está dada de alta en el Registro de Asociaciones del Gobierno Balear y el Registro de Entidades Ciudadanas de Formentera.

Si alguno de los documentos exigidos, ya estuviera en poder del área de Participación Ciudadana del Consell de Formentera, el solicitante de la adjudicación podrá acogerse a lo establecido en los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP, siempre que no hayan sufrido ninguna modificación desde su aportación

2. Valoración:

El Área de Cultura evaluará las solicitudes presentadas, según las siguientes categorías:

Categoría A:

Asociaciones Culturales y Comisiones de Fiestas que organicen fiestas populares de Formentera, sufragadas mayoritariamente por la asociación y que a la hora fomenten la acción dinamizadora y promuevan la participación ciudadana en la sociedad formenterense.

Categoría B:

Asociaciones Culturales y/o de acción social que reinviertan parte de sus beneficios en la sociedad formenterense.

Categoria C:

Entidades deportivas de la isla de Formentera, donde se tendrá en cuenta:

1. antigüedad

2. categoría

3. número de socios

4. repercusión en la sociedad formenterense

Entrarán todas aquellas entidades correspondientes a la categoría A, y en los casos de entidades correspondientes a las categorías B y C se hará una valoración de todas las entidades presentadas, teniendo preferencia las del grupo B.

3. Pago:

El precio estipulado será de 9 € por metro cuadrado y día solicitado.

El pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria antes del día 1 de diciembre de 2019. En caso contrario la asociación perderá automáticamente la concesión/autorización del espacio solicitado.

Los números de cuenta del Consell Insular de Formentera donde se puede hacer el ingreso, son los siguientes:

Bankia ES56 2038 3446 3964 00000655

Banc Sabadell ES81 0081 1396 06 0001001505

Banca March ES78 0061 0032 58 0000010181

La Caixa ES29 2100 0187 110200000383

Banco Popular Español ES69 0075 6871 94 0602625618

Quedan exentas de pago las entidades de ayuda al desarrollo.

4. Disposiciones generales:

4.1 Prohibiciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las siguientes prohibiciones:

El uso de horno, microondas, planchas de gas y parrillas.

El uso de aparatos individuales de música y/o altavoces. Pintar, fijar ni hacer agujeros en ningún del material cedido (en caso de que sea cedido) por el Consell Insular (Contenedores, caballetes, tablones, mesas y sillas).

Usar material de vidrio (platos, vasos)

Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.

4.2 Obligaciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las siguientes obligaciones:

Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de la actividad para la que se solicita la adjudicación.

Disponer de una póliza de accidentes que de cobertura a los trabajadores y/o voluntarios de cada barra.

Disponer de una póliza de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra, los posibles daños a terceros, provocados por la consumición de los productos que se sirvan en las barras, y que estén en vigor durante todos los días que se realice la actividad. Se recomiendan los capitales establecidos por el convenio laboral de hostelería de las Illes Balears.

Las pólizas se deberán presentar una vez resuelta la adjudicación de la barra.

Mantener y limpiar el material y el espacio cedido, y devolverlo en las mismas condiciones.

Cumplir con el horario de apertura, inicio de la fiesta, y cierre:

- El 14 de diciembre. Apertura a las 22.00 h y cierre las 04.00 h.

- El 31 de diciembre (1 de enero de 2020). Apertura a las 00.15 y cierre las 04.00h.

Cumplir con la normativa de seguridad (extintores) así como no obstaculizar ninguna salida ni entrada de ninguna calle principal según lo establecido en los planes de emergencia.

La entidad podrá montar la barra el primer día de inicio de fiesta (14 de diciembre de 2019 por la mañana, y desmontarla como máximo dos días después de la última fiesta (2 de enero 2020).

La entidad podrá solicitar al área de infraestructuras del Consell Insular de Formentera el material para el montaje de las barras (caballetes, tablones y tablas)

La asociación está obligada a realizar la recogida selectiva de los siguientes materiales: Vidrio, envases, papel cartón y rechazo. El Consell proporcionará la cesión/proporcionará los de los tres contenedores en la entidad, que los devolverá limpios.

5. Presentación de solicitudes:

Estas condiciones económicas se publicarán en el BOIB, en el Tablón de anuncios del Consell Insular de Formentera y en su página web: consellinsulardeformentera.cat.

Las entidades o asociaciones tendrán de plazo hasta el día 8 de noviembre de 2019 para presentar toda la documentación, a contar desde el día siguiente de la publicación de estas condiciones en el BOIB.

6. Comisión evaluadora:

Se constituirá una Comisión Evaluadora, que estará formada por los siguientes miembros:

- Presidente/a: Técnica de Cultura del CIF, o persona en quien delegue la consellera de Cultura de la corporación.

- Secretario/a: el secretario de la corporación o persona en quien delega.

- 3 vocales: Técnicos del Consell Insular de Formentera

7. Aceptación de las bases:

Los solicitantes aceptan las presentes condiciones por el simple hecho de presentarse a la adjudicación, y quedan obligados a su cumplimiento

Lo cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, 24 de octubre de 2019

La presidenta del Consell Insular de Formentera

Alejandra Ferrer Kirschbaum

Documentos adjuntos