Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 10391
Resolución del presidente del Tribunal del certificado de nivel B2 por la que se publica la relación de las personas que en el procedimiento de revisión de pruebas de la convocatoria de mayo de 2019 han obtenido la calificación de apto
Hechos
1. De acuerdo con lo establecido en el apartado 9 de las bases de la convocatoria de las pruebas de lengua catalana de mayo de 2019, se publica la relación de las personas que en el procedimiento de revisión de pruebas han obtenido la calificación de apto. Las personas que solicitaron revisión de la prueba oral y que no figuran en la relación siguiente mantienen la calificación de no apto.
2. El Tribunal del certificado de nivel B2 ha revisado las pruebas de las personas que lo han solicitado y ha realizado el trámite de vista correspondiente.
3. Una vez finalizado el proceso de revisión, las personas que han solicitado revisión de la prueba oral y han resultado aptas son:
34053083L
41452019Q
43103322B
43477348B
43101951C
43086368P
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 1/2014, de 10 de enero, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (BOIB nº 5, de 11 de enero).
2. La Resolución de la directora general de Política Lingüística de 25 de febrero de 2019 por la que se convocan las pruebas de mayo de 2019 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana de los niveles A2, B1, B2, C1, C2 y lenguaje administrativo que expide la Consejería de Cultura, Participación y Deportes (BOIB nº 26, de 28 de febrero de 2019).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar las calificaciones de las personas que han pedido la revisión de las pruebas en la convocatoria de mayo de 2019 y han resultado aptas, y mantener las del resto.
2. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, al tablón de anuncios y a la web de la Dirección General de Política Lingüística (<http://dgpoling.caib.cat>).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada delante la directora general de Política Lingüística en el término de un mes contado des de comptador desde el dia siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, 15 de octubre de 2019
El presidente del Tribunal B2
Jaume Mas Ferrà