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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 10375
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de octubre de 2019 por la que se emplaza a las personas interesadas en el procedimiento ordinario núm. 321/2019 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1. El Procurador Santiago Carión Ferrer, en nombre y representación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de las Islas Baleares, interpuso un recurso contencioso administrativo (PO 321/2019, que se tramita en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares) contra el Decreto 45/2019, de 24 de mayo, por el que se crean, modifican y suprimen diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Illes Balears.

2. De manera directa o indirecta, esta impugnación puede resultar relevante para una pluralidad de personas que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

2. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Santiago Carión Ferrer, en nombre y representación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de las Islas Baleares contra el Decreto 45/2019, de 24 de mayo, por el que se crean, modifican y suprimen diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Illes Balears.

2. Comunicar a les personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte (sin que por ello el procedimiento se deba retrotraer ni interrumpir) y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.

3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 15 de octubre de 2019

El director general

Julio Miguel Fuster Culebras