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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 10350
Aprobación inicial de la modificación de ordenanzas fiscales

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Texto

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el dia  17 de octubre de 2019 aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:

- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos.

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la ocupación de terrenos de titularidad pública local por bares, cafés, cafeterias y restaurantes con mesas, sillas i otros elementos.

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre el servicio del cementerio, y otros servicios fúnebres de carácter municipal.

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.

- Ordenanza fiscal reguladora de las tasas municipales para entrada de vehículos a traves de a traves de las aceras y las reservas de la via pública para aparcamiento exclusivo y carga y descarga de mercancias de cualquier clase.

-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipal por utilitzación privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, el suelo y el vuelo de la via pública o de los terrenos de uso público municipal.

- Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades de las escuelas de educación infantil municipales.

- Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios de la Escuela municipal de Música Antoni Torrandell d'Inca.

- Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios deportivos municipales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2  del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,  por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, expone al public el acuerdo referido por el término de trenta días por tal que los interesados pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estiman oportunas.

Durante este término el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento situado en la Plaça Espanya, núm.1, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.

Si transcurrido este término no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerara aprobado definitivamente dicho acuredo sin que sea necesario nuevo acuerdo plenario.

 

 Inca, 18 de octubre de 2019

El Alcalde

Virgilio Moreno Sarrió