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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 10276
Rectificación (2) errores en las bases y convocatoria del concurso oposición de agente de la Policía Local de Capdepera. Exp 4021-19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Vistas las bases y la convocatoria del concurso-oposición para la provisión de una plaza de Agente de la Policía Local de Capdepera, publicadas en el BOIB nº 136 de 5 de octubre de 2019.

Vista la corrección de errores publicada en el BOIB nº. 140 de 15/10/19.

Vista la base 3.1 de la convocatoria relativa al procedimiento.

Vista la base 2.b del anexo 4 sobre Valoración de servicios prestados (60 % de 40 puntos).

Esta Alcaldía ACUERDA:

1.-Rectificar la base 3.1. Procedimiento

Donde dice:

Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se han de ajustar al modelo normalizado de solicitud del anexo 6.............

El plazo de presentación de instancias será de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Cuando el última día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Debe decir:

Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivos se han de ajustar al modelo normalizado de solicitud del anexo 5.............

Las solicitudes para optar a la plaza se presentarán en el plazo de ocho días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), si el último día del plazo de presentación de instancias fuera inhábil o sábado, este plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente. Así mismo y previamente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, las bases serán publicadas íntegramente en el BOIB y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Capdepera: https://ajcapdepera.sedelectronica.es/info.

2.-Rectificar la base 2.b del anexo 4,

Donde dice:

b) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en cualquier categoría del cuerpo de policía local de un municipio distinto al que se opta o de la plantilla de policía local en los ayuntamientos sin cuerpo de policía local: 0,025 puntos por mes, hasta un máximo de 12 puntos. Los servicios prestados como policía de temporada o turístico de un municipio distinto al que se opta o de la plantilla de policía local en los ayuntamientos sin cuerpo de policía local: 0,025 por mes.

Debe decir:

b) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en cualquier categoría del cuerpo de policía local de un municipio distinto al que se opta o de la plantilla de policía local en los ayuntamientos sin cuerpo de policía local: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 12 puntos. Los servicios prestados como policía de temporada o turístico de un municipio distinto al que se opta o de la plantilla de policía local en los ayuntamientos sin cuerpo de policía local: 0,025 por mes.

 

​​​​​​​3.-Enviar a publicar la presente rectificación al BOIB, y una vez publicada enviar a publicar al BOE un extracto de la convocatoria, y otorgar un plazo de ocho días hábiles a partir del día siguiente de su publicación, para la presentación de instancias.

 

Capdepera, 16 de octubre de 2019

La regidora de Urbanismo, Vías y Obras, Movilidad y Actividades ​​​​​​​Monica Viejo Becerra