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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 10239
Resolución del Presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se adjudica, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo vacante de personal funcionario código F005200010 denominado Jefe de Servicio, adscrito al Servicio de Menores y Familia de la Dirección Insular de Infancia y Familia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Hechos

I. El 17 de abril de 2019, la anterior directora insular de Menores y Familia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS), propuso la cobertura definitiva con convocatoria pública de provisión del puesto de trabajo por el sistema de libre designación del puesto de trabajo vacante de personal funcionario código F00520010 denominado Jefe de Servicio, el cual se adscribe al Servicio de Menores y Familia de la Dirección Insular de Infancia y Familia del IMAS.

II. El 23 de abril de 2019, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el procedimiento de convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo vacante de personal funcionario código F00520010.

III. El día 26 de abril de 2019, en la sesión de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS, se negoció y aprobó la convocatoria para proveer este puesto de trabajo, código F00520010.

IV. El 30 de abril de 2019, la Presidencia del IMAS aprobó la convocatoria pública de provisión de este puesto de trabajo, resolución publicada en el BOIB n.º 63, de 9 de mayo de 2019 y anunciada la convocatoria en el BOE n.º 222, el 16 de septiembre de 2019.

V. El 7 de octubre de 2019 finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

VI. Dentro del plazo mencionado se han presentado cuatro personas. Las persones aspirantes son los siguientes:

- Antonio José Muñoz Rico (DNI ***8133**)

- Cristòfol Sastre Muñoz (DNI ***3220**)

- Mª Luisa Martí Llorca(DNI ***4297**)

- Albert Moratinos Jaume( DNI ***8278**)

Todos los aspirantes son funcionarios de carrera que están en la situación administrativa de activo y cumplen con los requisitos especificados a la base segunda y tercera de la convocatoria.

VII. La directora insular de Infancia y Familia del IMAS, órgano de dirección al que está adscrito el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, con dependencia jerárquica directa de éste, es el órgano que realiza el informe propuesta de adjudicación, por el procedimiento de libre designación, de este puesto de trabajo, de acuerdo con el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y el artículo 31 del Decreto 33/1994, de 28 de marzo.

VIII. De cuerdo con lo que se establece en el artículo 56.2 del Real Decreto 364/1995, una vez valorado por el órgano competente el currículum vitae de cada candidato que ha presentado la solicitud, así como de los méritos aportados, resulta que el señor Antonio José Muñoz Rico, funcionario de carrera del cuerpo especial de la CAIB, Escala Humanística y de Ciencias Sociales, especialidad Educación Social, grupo A2, y, habida cuenta su experiencia en el ámbito de menores, es el candidato más idóneo.

IX. El 14 de octubre de 2019, la directora insular de Infancia y Familia  del IMAS, informó favorablemente y propuso adjudicar al señor Antonio José Muñoz Rico con DNI ***8133**.

X. Se resuelve la convocatoria y se hace pública en el BOIB, de acuerdo con la base cuarta de la convocatoria.

 

Fundamentos de derecho

1. El artículo 190.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen local de las Illes Balears (en adelante Ley 20/2006, de 15 de diciembre) dispone que «el personal funcionario de las entidades locales, así como el personal eventual, se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público y por la legislación básica de régimen local y las disposiciones de la presente ley en materia de función pública, por la Ley de Función Pública de las Illes Balears en las materias no reservadas a la legislación básica del Estado ni reguladas por esta Ley, por la normativa de despliegue de esta Ley y por la que dicten las Entidades Locales, así como por los acuerdos y pactos aprobados por estas entidades. La normativa de despliegue de la Ley de Función Pública de las Islas Baleares dictada por el Gobierno de las Illes Balears será aplicable supletoriamente».

2. El artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especifica en el apartado 1. i) que se tienen que motivar los que se dictan en el ejercicio de potestades discrecionales, y el apartado 2. que la motivación de los actos que agoten los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva se tiene que hacer en conformidad con lo que dispongan las normas que regulen las convocatorias, y, en todo caso, tienen que quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

3. El artículo 78.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP), dispone que, en cuanto a los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de carrera, la provisión de puestos de trabajo en cada Administración Pública se tiene que llevar a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designación con convocatoria pública.

4. En relación con la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, lo que establecen: el artículo 196 de la Ley 20/2006, los artículos 75, 79, 80 y 81 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; así como también los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los artículos 25, en cuanto al plazo de toma de posesión, 28 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo.

5. El artículo 80.1del EBEP, dispone que la libre designación con convocatoria pública del personal funcionario de carrera consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para cumplir con la plaza.

6. El artículo 56.2 del Real Decreto 364/1995, establece que las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para acceder a éste.

De acuerdo con el último párrafo del artículo 56.2, queda acreditado que este nombramiento se ha efectuado con la observancia del procedimiento estipulado en la normativa vigente.

7. Corresponde a la directora insular de Infancia y Familia del IMAS, órgano de dirección al que está adscrito el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, con dependencia jerárquica directa de este, efectuar el informe propuesta de adjudicación por el procedimiento de libre designación, de este puesto de trabajo, según el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (en adelante Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo), y el artículo 31 del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (en adelante Decreto 33/1994, de 28 de marzo).

8.  Visto que dentro del plazo de presentación de solicitudes, se han presentado cuatro personas aspirantes al puesto de trabajo de libre designación de la convocatoria de 30 de abril de 2019 (BOIB n.º 63, de 9 de mayo de 2019 y BOE n.º 222, del 16 de septiembre de 2019). Las personas que presentaron las solicitudes han acreditado tener los requisitos especificados en la base segunda y tercera de la convocatoria.

9. Valorado por el órgano competente el currículum vitae de cada candidato que ha presentado la solicitud, así como de los méritos aportados, resulta que el señor Antonio José Muñoz Rico, que es funcionario de carrera del cuerpo especial de la CAIB, Escala Humanística y de Ciencias Sociales, especialidad Educación Social, grupo A2, y, habida cuenta su experiencia en el ámbito de menores, es el candidato más idóneo. Así, el informe del directora insular de Infancia y Familia del IMAS, de 14 de octubre de 2019, informó favorablemente y propuso adjudicar al señor Antonio José Muñoz Rico con DNI ***8133**.

10. Corresponde al Presidente del IMAS, la aprobación y la resolución de las convocatorias de provisión y establecer sus bases, de acuerdo aquello que dispone el subapartado 16) del apartado segundo del artículo 7 del Texto Consolidado de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019).

11. El plazo para tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado es de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contar a partir del día siguiente del cese en el lugar de procedencia, que se tendrá que efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución de adjudicación en el BOIB, de acuerdo con la base quinta.

12. La adjudicación del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria determina el cese en el lugar de procedencia, sea la forma de ocupación, de acuerdo con la base sexta.

13. El tiempo mínimo de permanencia una vez se haya adjudicado el puesto de trabajo de esta convocatoria, será como mínimo de dos años. Durante este tiempo de permanencia de dos años, el funcionario no podrá participar en los concursos de provisión de lugares de trabajo, de acuerdo con la base séptima.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Primero.- Aprobar la adjudicación, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo vacante de personal funcionario siguiente:

Codigo          Puesto de trabajo                                      Apellidos, nombre                  NIF

F00520010    Jefe del Servicio de Menores y Familia     Muñoz Rico, Antonio José       ***8133**

Segundo.- Ordenar la publicación de esta resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado (o publicado), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y el artículo 28 del Texto consolidado de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019).

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 15 de octubre de 2019

El presidente ​​​​​​​Javier de Juan Martín