Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

Núm. 10235
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se regula el Defensor de los Usuarios del Sistema Sanitario Público de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. En fecha 4 de octubre de 2019, la consejera de Salud y Consumo ordenó el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de decreto por el que se regula el Defensor de los Usuarios del Sistema Sanitario Público de las Illes Balears.  

2. Una vez elaborado dicho proyecto de decreto, conforme con la normativa aplicable, se somete a información pública.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El articulo 58.1.e). de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En consecuencia, dicto la siguiente

RESOLUCIÓ

1. Someter a información pública el borrador de proyecto de decreto por el que se regula el Defensor de los Usuarios del Sistema Sanitario Público de las Illes Balears, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo (plaza de España, 9, 07002, de Palma), en su web http://sgtsic.caib.es y en el Portal de Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo para la información pública en 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Disponer que las alegaciones se presentarán en la sede de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo (plaza de España, 9, 07002, de Palma) o en cualquiera de los lugares determinados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos a través del apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web del Portal de Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo establecido en el apartado 2 anterior, conforme al artículo 34.2.f). de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre y cuando las alegaciones presentadas mediante la web indiquen la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A dicho efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 14 de octubre de 2019

La secretaria general Guadalupe Pulido Román