Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 10149
Régimen de compensaciones por asistencias a los órganos Municipales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público  que el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de día  3 de octubre de 2019, ha adoptado el acuerdo relativo a la aprobación propuesta régimen de compensaciones  por asistencias a los órganos Municipales, que a continuación  se hace público :

6. EXAMEN Y APROBACIÓN PROPUESTA RÉGIMEN DE COMPENSACIONES POR ASISTENCIAS A LOS ÓRGANOS MUNICIPALES.

Se presenta propuesta del Alcaldía de fecha 25/09/2019, que a continuación  se transcribe:

“En fecha 11.07.2019 esta Alcaldía elevó al Plenario del Ayuntamiento una propuesta (PRP2019/65) en la que se adoptaban distintos Acuerdos. Uno de ellos, en particular el SEXTO Acuerdo, establecía las importes y límites cuantitativos a percibir por asistencia a los órganos municipales. Este Acuerdo fue aprobado por el Plenario del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión extraordinaria de día 22.07.2019, como Octavo Punto de la Orden del día.

Su Acuerdo Sexto (referido al establecimiento del régimen de asistencias) fue recorrido mediante recurso de reposición (R.e. 8022 de 21.08.2019)    en su apartado 1.a) y 2.a) (así como sus límites respectivos), y a día de hoy consta informe jurídico favorable sobre la estimación del recurso en el que se pone de manifiesto la invalidez de los importes de cuantía distinta fijados en los apartados 1.a) y 2.a), así como la necesidad de interpretar los nuevos importes que tienen que venir a sustituir aquellos que eventualmente se puedan declarar inválidos.

Así, tanto la necesidad de salvar la igualdad entre los regidores, como la necesidad de adecuar las previsiones plenarias a la estructura que resulta de este mismo expediente, como la adecuada corrección de errores materiales en la redacción del Acuerdo, pone de manifiesto la necesidad de modificar el Acuerdo Sexto de la Propuesta que figuraba como Punto Octavo de la orden del día de la sesión extraordinaria del Plenario de día 22.07.2019.

Todo esto, haciendo uso de las potestades discrecionales del cual es titular el Ayuntamiento para fijar los importes por asistencias de los órganos colegiados municipales, siempre respetando los límites legales y la legalidad que se somete a consideración de los servicios jurídicos municipales.

Consiguientemente, de acuerdo con las atribuciones de esta Alcaldía somete a la consideración del Plenario del Ayuntamiento de Alcúdia la adopción del siguientes                       

ACUERDOS

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo Sexto de la Propuesta aprobada por el Ayuntamiento de Alcúdia (referida al régimen de dedicaciones, retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación) y, consiguientemente,:

“Establecer el régimen de asistencias siguientes:

- Los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial percibirán por la asistencia efectiva a las sesiones de los órganos municipales de que formen parte las cuantías íntegras siguientes:

1) Sesiones de Pleno: ...........................................................................426,02  €/ sesión  

2) Sesiones de las comisiones informativas: .....................................159,76 €/ sesión

El límite anual máximo por asistencia a sesiones del pleno y de las comisiones informativas será de 8.201,03 €    

Por el que resta del ejercicio 2019 el límite anual máximo por asistencia a sesiones del pleno y de las comisiones informativas será de 4.100'51 €   

3) Sesiones de la Junta de Gobierno Local......153,32 €/sesión, con un límite máximo anual de 3.679,63 €.

Por el que resta del ejercicio 2019 el límite anual máximo por asistencia a sesiones de la Junta de Gobierno Local será de 1.839'81.

4) Sesiones de la Comisión Coordinadora de Competencias Municipales, 325 €/sesión, con un límite máximo anual de 10.400 €

Por el que resta del ejercicio 2019 el límite anual máximo por asistencia a sesiones de la Comisión Coordinadora de Competencias Municipales será de 5.126 €”

SEGUNDO.- Publicar este acuerdo en el tablero de edictos de la corporación y en el BOIB, en cumplimiento del que dispone el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local

Sin embargo, y en conformidad con su competencia el Plenario resolverá el que mejor considere de acuerdo con el interés local.”

Cosa que hacemos pública

 

Alcúdia, 10 de octubre de 2019

La Alcaldesa, Bàrbara Rebassa Bisbal