Sección V. Anuncios
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CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE MALLORCA
Núm. 10112
Convocatoria de elecciones para cubrir vacante producida en el pleno de la cámara oficial de comercio, industria, servicios y navegación de Mallorca
Primero.- Por acuerdo del Pleno de fecha 1 de octubre de 2019, se declara vacante por renuncia en vocalía, convocándose elecciones para designar, por el procedimiento y sistema electoral vigente, el puesto de Vocal del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca que a continuación se relaciona:
Segundo.- Las competencias propias de la Junta Electoral serán asumidas por el Comité Ejecutivo de la Cámara.
Tercero.- Las votaciones, en caso de ser precisas se celebrarán el día 27 de noviembre de 2019, desde las 9:00 horas hasta las 20:00 horas, en el siguiente colegio electoral:
Colegio electoral nº 1 situado en la calle del Estudio General, 7, 07001, Palma, que comprende los electores del respectivo grupo y categoría domiciliados en todos los municipios de Mallorca.
Mesa nº 1, situada en la calle del Estudio General, 7, 07001, Palma.
Cuarto.- Tienen derecho electoral activo y pasivo en el respectivo grupo y categoría las personas naturales y jurídicas que cumplan los requisitos del artículo 17 de la Ley 4/2014, de 1 de abril.
Quinto.- Son electores las personas naturales o jurídicas inscritas en el Grupo 3 Categoría 3 del último Censo aprobado por la Corporación en la sesión del Comité Ejecutivo celebrado el 1 de octubre de 2019, de acuerdo con su Reglamento de Régimen Interior, siempre que no se encuentren inhabilitadas por alguno de los casos que determine incapacidad con arreglo a lo previsto en la normativa vigente.
Las personas físicas ejercerán el derecho electoral activo personalmente y deben aportar alguno de los documentos que indica la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 15 de febrero de 2018 (BOIB nº 24, de 22 de febrero de 2018), por la que se aprueban los modelos normalizados y la documentación complementaria que se debe aportar en los procesos electorales para la renovación de los órganos de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de las Illes Balears.
Las personas jurídicas ejercerán el derecho electoral activo a través de un representante con poder suficiente, de carácter general o específico para la votación. El representante debe tener una relación directa con la persona jurídica representada. Se entiende por relación directa la condición de administrador, socio o empleado de la representada.
Sexto.- Las personas candidatas deben cumplir los requisitos que se establecen en los apartados 4, 5, 6 y 7 del artículo 20 de la Ley 1/2017, de 12 de mayo, y, subsidiariamente, en el artículo 23 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio.
Séptimo.- Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría de la Cámara durante los diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, según el modelo normalizado que figura en el anexo de la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 15 de febrero de 2018 (BOIB nº 24, de 22 de febrero de 2018), y deben ir acompañadas de los documentos que se reseñan en dicha Orden.
Las candidaturas deben estar avaladas por la firma de diez electores del Grupo 3 Categoría 3. Este aval se puede hacer según el modelo que figura en el anexo de la Orden del consejero de trabajo, Comercio e Industria de 15 de febrero de 2018 (BOIB nº 24, de 22 de febrero de 2018), y debe ir acompañado necesariamente de todos los documentos que se indican en dicha Orden.
Octavo.- Los electores que quieran emitir el voto por correo deben solicitarlo a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca, según el modelo normalizado aprobado por la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 15 de febrero de 2018. Esta solicitud, en el modelo normalizado aprobado por la Orden mencionada y que facilitará la Secretaría de la Cámara, se debe hacer por escrito dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta convocatoria de elecciones, y se debe presentar o enviar por correo certificado y urgente a la Secretaría de la Cámara.
La emisión del voto por correo se debe efectuar de acuerdo con el procedimiento del artículo 28 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio. Sólo se admitirán los votos recibidos en la sede de la Junta Electoral –cuyo domicilio está situado en la calle del Estudio General, nº 7, 07001 Palma- antes de las 20:00 horas del día anterior al que se celebran las elecciones.
Noveno.- La persona elegida ocupará el puesto de vocal o miembro del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca por el tiempo que faltare para cumplir el mandato de aquella a quien sucede.
Décimo. –Los electores pueden consultar con la Secretaría General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca, cualquier duda que surja en relación a esta convocatoria y tienen derecho a ser informados de los otros extremos del procedimiento electoral establecido por la Ley 1/2017, de 12 de mayo, y por el Real Decreto 669/2015, de 17 de julio.
Los plazos a los que se refiere esta convocatoria entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 15 de octubre de 2019
El secretario general de la Cámara
Antonio Grimalt Llofriu