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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 10083
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 23.09.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca en materia cinegética para el año 2019 con las mismas bases reguladoras del año 2017 (sustituyendo del año 2017 para el año 2019) (exp .: 5311-2019- 000001)

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Texto

Antecedentes

1. Uno de los objetivos del Departamento de Economía y Territorio es regular el ejercicio de la caza en Menorca garantizando que sea perdurable en el tiempo y respetuosa con la biodiversidad.

2. El Consejo Ejecutivo de 10 de diciembre de 2018, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Menorca (PES) del CIM para el año 2019. El PES establece la previsión de la actividad subvencionadora en la línea de fomento de actividades de interés general, dentro del marco normativo establecido para la concesión de subvenciones. Una de las líneas de subvención incluidas en este PES es una ayuda en materia cinegética.

3. El objetivo previsto de esta convocatoria es apoyar determinadas actividades sin ánimo de lucro llevadas a cabo en territorio de Menorca en materia cinegética que contribuyan a mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos que son objeto de explotación.

4. Esta convocatoria pretende promover iniciativas que representen una mejora ambiental y de la gestión de terrenos cinegéticos, la mejora de su capacidad y la sostenibilidad de los recursos.

5. Apoyando la realización de actividades como podemos ser el control selectivo de predadores y especies invasoras y la repoblación con especies cinegéticas propias, se mejora la gestión de los terrenos cinegéticos, su capacidad cinegética y la sostenibilidad de los recursos objeto de explotación .

6. El Departamento de Economía y Territorio del Consell Insular de Menorca tiene la voluntad de apoyar las actividades sin ánimo de lucro llevadas a cabo en el territorio de Menorca en materia cinegética.

7. El interés público de esta convocatoria es garantizar la conservación y el aprovechamiento sostenible de la caza, y los ecosistemas de los que forman parte los animales objeto de estas actividades, los cuales son considerados recursos naturales renovables.

8. El año 2018 también se aprobó una convocatoria para la misma finalidad. Los beneficiarios de esta convocatoria fueron tres. Dos de los beneficiarios no justificaron la ayuda concedida en su totalidad y se procedió a la tramitación parcial del pago de la ayuda. Esta circunstancia se comunicó a cada uno de los beneficiarios.

9. El artículo 70 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, dice que son competencias propias de los Consells insulares, entre otros, la caza, su regulación, la vigilancia y el aprovechamiento de los recursos cinegéticos.

10. El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 15 de mayo de 2017, aprobó las bases de las ayudas del CIM en materia cinegética para el año 2017. Estas bases se publicaron en el BOIB núm. 74 de 17 de junio de 2017.

Visto que no hay cambios en la normativa específica que regula estas ayudas, la convocatoria de este año se regirá por las bases aprobadas el año 2017, sustituyendo las referencias al año 2017 por el año 2019.

De conformidad con la normativa básica aplicable al Consell Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo establecido en las Bases de ejecución del presupuesto de esta administración, propongo al Consejo Ejecutivo que adopte el siguiente acuerdo:

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio;

El Consejo Ejecutivo adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar la convocatoria correspondiente al año 2019 de las ayudas del CIM en materia cinegética, que se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo reunido en sesión ordinaria de 15 de mayo de 2017 y publicadas en el BOIB núm. 74 de 17 de junio de 2017, sustituyendo las referencias al año 2017 por el año 2019:

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio que los importes puedan ser ampliados por aportaciones expresas de terceros para contribuir a financiación del objeto de la convocatoria:

Partida

Cuantía máxima

6.41910.4890000 Ayuda en materia cinegética

15.000 €

b) El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

c) La instrucción corresponderá al señor José María Mir Orfila, técnico del Consell Insular de Menorca.

d) Aprobar la composición de la Comisión Evaluadora de estas ayudas:

- Presidente: Miquel Company Pons, consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio

- Secretario / a: un / a funcionario / a del Departamento

- Vocales:

- Pilar Pons Goñalons, directora del Departamento de Economía

- José María Mir Orfila, técnico del Departamento de Economía y Territorio

- Josep Capó Nin, agente del Departamento de Medio Ambiente de la sección de caza del Departamento de Economía y Territorio

- Fca. Llabrés Riudavets, técnica del Departamento de Economía y Territorio

SEGUNDO. Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la presente convocatoria, en los términos establecidos en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de forma previa a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

ANEXO I: SOLICITUD DE AYUDAS DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA EN MATERIA CINEGÉTICA, AÑO 2019 (consta en el expediente)

ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (consta en el expediente)

ANEXO III: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OTRAS AYUDAS RECIBOS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA EN MATERIA CINEGÉTICA 2019 (consta en el expediente)

ANEXO IV: RELACIÓN NOMINATIVA DE LOS GASTOS DE LAS AYUDAS DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA EN MATERIA CENEGÈTICA PARA EL AÑO 2019 (consta en el expediente)

Interposición de recursos

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes a partir del dia siguiente al de la fecha de la recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os hubiera notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma.

Maó, 3 de octubre de 2019

Por delegación de la Presidenta, el secretario del Consejo Ejecutivo,

(Decreto 427/2019 , de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)

Octavi Pons Castejón