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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 9920
Rectificación de las bases de la convocatoria para el proceso de selección (concurso-oposición) para cubrir 1 plaza vacante de policía local en el Ajuntament de Ses Salines

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Texto

Mediante Resolución de Alcaldía número 2019/629 de fecha 7 de octubre de 2019 se ha aprobado la rectificación de las bases aprobadas día 2 de septiembre de 2019 y publicadas en el BOIB número 126 de 14 de septiembre de 2019, que deben regir el proceso de selección para cubrir como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ses Salines, una plaza de policía local vacante en la plantilla de personal debidamente dotada en el presupuesto, ocupada por personal funcionario interino, correspondiente a la oferta de empleo pública para el año 2019, por el sistema de acceso de turno libre, por concurso oposición, procedimiento extraordinario. A continuación se transcriben las correcciones, sin que se produzca interrupción del plazo para la presentación de instancias

Mitjançant Resolució de Batlia núm. 2019/629 de data 7 d'octubre de 2019 s'ha aprovat la rectificació de les bases aprovades dia 2 de setembre de 2019 i publicades al BOIB núm. 126 de 14 de setembre de 2019, que han de regir el procés de selecció per cobrir com personal funcionari de carrera de l'Ajuntament de Ses Salines, una plaça de policia local vacant a la plantilla de personal degudament dotada al pressupost, ocupada per personal funcionari interí, corresponent a la oferta d'ocupació pública per a l'any 2019, pel sistema d'accés de torn lliure, per concurs oposició, procediment extraordinari. A continuació es transcriuen les correccions, sense que es produeixi interrupció del termini per a la presentació d'instàncies.

- BASE SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Donde dice:

“2.1. Para tomar parte, las personas interesadas deben cumplir los siguientes requisitos:

 [...]

h) Tener los permisos de conducción de clase A y B en vigor”.

Debe decir:

“2.1. Para tomar parte, las personas interesadas deben cumplir los siguientes requisitos:

 [...]

h) Tener los permisos de conducción de clase A2 y B en vigor”.

- BASE SÉPTIMA. LISTA DE APROBADOS

Donde dice:

“7.2. Propuesta

De acuerdo con la lista mencionada, el Tribunal calificador elevará a la Presidencia de la Corporación, el Acta de la última sesión, que deberá incluir la lista de aprobados y la propuesta del nombramiento correspondiente.

En el Acta de la última sesión, se incluirá, en su caso, la lista de los aspirantes que no figuran en la lista de aprobados, para los fines de constituir la correspondiente bolsa de trabajo.

En la lista de aprobados con plaza, tendrá que incluir una diligencia donde se hará constar la fecha de su publicación y se especificará que a partir de esta fecha se inicia el plazo para la presentación de documentos”.

Debe decir:

“7.2. Propuesta

De acuerdo con la lista mencionada, el Tribunal calificador elevará a la Presidencia de la Corporación, el Acta de la última sesión, que deberá incluir la lista de aprobados y la propuesta del nombramiento correspondiente.

En la lista de aprobados con plaza, tendrá que incluir una diligencia donde se hará constar la fecha de su publicación y se especificará que a partir de esta fecha se inicia el plazo para la presentación de documentos”.

- BASE NOVENA. FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS

Donde dice:

“9.4. El Tribunal calificador ha de elevar a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento la lista definitiva de aspirantes declarados aptos y no aptos, que resolverá y ordenará su publicación. Si algún aspirante es calificado como no apto en la fase de prácticas, en la misma resolución se requerirá a los aspirantes de la bolsa de trabajo de funcionarios interinos resultante del proceso selectivo que hayan aprobado todas las pruebas, por orden de puntuación obtenida en las pruebas para ser nombrado funcionario en prácticas. La mencionada resolución, que agota la vía administrativa, se puede recurrir en los términos establecidos por la Ley 39/2015, del 1 de octubre, el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas”.

Debe decir:

“9.4. El Tribunal calificador ha de elevar a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento la lista definitiva de aspirantes declarados aptos y no aptos, que resolverá y ordenará su publicación. La mencionada resolución, que agota la vía administrativa, se puede recurrir en los términos establecidos por la Ley 39/2015, del 1 de octubre, el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas”.

 

Ses Salines, 7 de octubre de 2019

El Alcalde,

Juan Rodríguez Ginard