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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 9888
Publicación relativa a la concesión de 10 subvenciones de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de los Clubs Deportivos de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 435408

El día 29 de abril de 2019 vicepresidente primero y consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado la siguiente resolución

"Primero.- Aprobar y conceder las subvenciones, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca, por un importe total de diez mil seiscientos noventa y seis euros y setenta y cinco céntimos (10.696,75€) a favor de las 10 entidades relacionadas y en la cuantía que se indica en la tabla<A[mesa|tabla]> siguiente:

Expediente

Club

NIF

Importe subvención

Importe aprobación cuenta justificativa

Importe por el cual se reconoce y liquida la obligación

CE2019/014

Asociación Billar Palma

G07071673

1.000,00

1.080,00

1.000,00

CE2019/037

MC Zona Gas

G57864415

1.100,00

2.052,74

1.100,00

CE2019/045

Club Esportiu SU-ATGES

G16525396

1.000,00

1.038,00

1.000,00

CE2019/047

Club d'Escacs Ibull

G57669707

1.100,00

1.190,00

1.100,00

CE2019/057

C.D. AA.VV. Son Rapinya

G07533706

1.100,00

2.980,04

1.100,00

CE2019/061

Club Petanca Puente

G07582711

1.000,00

1.179,00

1.000,00

CE2019/062

CD Madre Alberta Atlético

G57868317

1.100,00

2.489,50

1.100,00

CE2019/063

Club Deportivo Madre Alberta

G57628125

1.100,00

2.393,75

1.100,00

CE2019/064

Judo Taikukan

G57531600

1.096,75

1.096,75

1.096,75

CE2019/065

C.P. Arqueros Son Pardo

G07499973

1.100,00

1.131,70

1.100,00

 

 

Total

10.696,75

16.631,48

10.696,75

Segundo.- Disponer el gasto de diez mil seiscientos noventa y seis euros y setenta y cinco céntimos (10.696,75€) con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48901, a favor de las 10 entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución y por los importes que constan.

Tercero.- Aprobar las cuentas justificativas, presentadas por las entidades beneficiarias, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca (CE19), por los importes que constan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución.

Cuarto.- Reconocer y liquidar la obligación a favor de las entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución por los importes que constan, derivada de la subvención mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 34101 48901.

Quinto.- Proponer al honorable. Sr. consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca, la orden del pago al cual hace referencia el punto anterior.

Sexto.- Notificar esta resolución a las entidades beneficiarias y trasladar la información sobre estas concesiones a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimando por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.”

 

Palma, 25 de septiembre de 2019

El secretario técnico de Turismo y Deportes (por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes Resolución de 30-07-19,  BOIB núm. 109 de 08-08-2019) Joan Gaspar Vallori Guayta