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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 9886
Publicación relativa a la concesión de 10 subvenciones de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 435408

El día 12 de abril de 2019 vicepresidente primero y consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado la siguiente resolución

Primero.- Aprobar y conceder las subvenciones, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca, por un importe total de once mil euros (11.000,00€) a favor de las 10 entidades relacionadas y en la cuantía que se indica en la tabla<A[mesa|tabla]> siguiente:

Exp

Entidad

NIF

 Importe subvención

Importe por el cual se reconoce y liquida la obligación

Importe aprobación de la cuenta justificativa

CE2019/094

Club Sant Josep Obrer

G07835887

1.100,00

1.100,00

1.354,72

CE2019/096

Bàsquet Sa Creu Ciutat d'Inca

G57772527

1.100,00

1.100,00

1.407,05

CE2019/097

Assoc. Club Voleibol Porto Cristo

G57985616

1.100,00

1.100,00

1.265,96

CE2019/098

C.D. Entreculturas Montesión

G57571895

1.100,00

1.100,00

1.496,07

CE2019/100

Club Atletisme Siurell

G57179392

1.100,00

1.100,00

2.882,33

CE2019/102

Club Grech Centro Deportivo

V07448822

1.100,00

1.100,00

2.169,53

CE2019/103

Club Mediterranea

G07699630

1.100,00

1.100,00

1.102,12

CE2019/106

Llucmajor Gimnàstic

G07826282

1.100,00

1.100,00

1.718,26

CE2019/107

Club Escacs La Balanguera

G57103798

1.100,00

1.100,00

1.890,00

CE2019/108

Club Volei Artà

G07964752

1.100,00

1.100,00

5.258,27

Total

11.000,00

11.000,00

20.544,31

Segundo.- Disponer el gasto de once mil euros (11.000,00€) con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48901, a favor de las 10 entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución y por los importes que constan.

Tercero.- Aprobar las cuentas justificativas, presentadas por las entidades beneficiarias, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca (CE19), por los importes que constan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución.

Cuarto.- Reconocer y liquidar la obligación a favor de las entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución por los importes que constan, derivada de la subvención mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 34101 48901.

Quinto.- Proponer al honorable. Sr. consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca, la orden del pago al cual hace referencia el punto anterior.

Sexto.- Notificar esta resolución a las entidades beneficiarias y trasladar la información sobre estas concesiones a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimando por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.”

 

Palma, 25 de septiembre de 2019

El secretario técnico de Turismo y Deportes

(por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes

Resolución de 30-07-19,  BOIB núm. 109 de 08-08-2019)

Joan Gaspar Vallori Guayta