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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 9879
Publicación relativa a la concesión de 11 subvenciones de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 435408

El día 25 de febrero de 2019 vicepresidente primero y consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado la siguiente resolución

Primero.- Aprobar y conceder las subvenciones, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca, por un importe total de doce mil cien euros (12.100,00 €) a favor de las 11 entidades relacionadas y en la cuantía que se indica en la tabla<A[mesa|tabla]> siguiente:

Exp

Entidad

NIF

 Importe subvención

Importe por el cual se reconoce y liquida la obligación

Importe aprobación de la cuenta justificativa

CE2019/008

C.B. Petra

G57446866

1.100,00

1.100,00

1.113,10

CE2019/010

Club Rítmica Nova

G57832065

1.100,00

1.100,00

1.162,50

CE2019/012

Club Handbol Mata de Jonc

G07852346

1.100,00

1.100,00

1.218,29

CE2019/016

CB Sa Indioteria

G57470510

1.100,00

1.100,00

1.415,37

CE2019/018

Club Atletisme Es Raiguer

G57855447

1.100,00

1.100,00

1.121,00

CE2019/020

Club Bàsquet Sa Cabaneta

V57461907

1.100,00

1.100,00

1.986,00

CE2019/022

Esports Aquàtics Sóller WP

G57973356

1.100,00

1.100,00

3.998,61

CE2019/024

Asociación Masters de Natación de Baleares

G07668171

1.100,00

1.100,00

1.184,30

CE2019/026

Club Gimnàstica Itaca

G57626624

1.100,00

1.100,00

1.124,62

CE2019/027

Club Atletisme Palma

G07545320

1.100,00

1.100,00

1.286,06

CE2019/028

Club Patí Palma

G07750797

1.100,00

1.100,00

1.119,85

Total

12.100,00€

12.100,00€

 

Segundo.- Disponer el gasto de doce mil cien euros (12.100,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 20.34101.48901, a favor de las 11 entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución y por los importes que constan.

Tercero.- Aprobar las cuentas justificativas, presentadas por las entidades beneficiarias, de la convocatoria de subvenciones para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca (CE19), por los importes que constan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución.

Cuarto.- Reconocer y liquidar la obligación a favor de las entidades beneficiarias que se relacionan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto primero de esta resolución por los importes que constan, derivada de la subvención mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 20 34101 48901.

Quinto.- Proponer al honorable. Sr. consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca, la orden del pago al cual hace referencia el punto anterior.

Sexto.- Notificar esta resolución a las entidades beneficiarias y trasladar la información sobre estas concesiones a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimando por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir de el día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 25 de septiembre de 2019

El secretario técnico de Turismo y Deportes

(por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes

Resolución de 30-07-19,  BOIB núm. 109 de 08-08-2019)

Joan Gaspar Vallori Guayta