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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 9860
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Lista definitiva personas admitidas y excluidas convocatoria concurso de puestos de trabajo vacantes y dotados de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Palma

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Texto

El concejal de Hacienda, Innovación y Función Pública, por resolución número 19.277 de 4 de octubre de 2019, acordó lo siguiente:

1. Estimar las alegaciones presentadas por los siguientes aspirantes y admitirlos para tomar parte en la convocatoria del concurso de puestos de trabajo vacantes y dotados de la categoría policía local, por los motivos que a continuación se relacionan:

- MOREY MULET FCO. JAVIER: subsana el requisito de nivel B2 de catalán.

-  MOYÀ ESTABEN DOMINGO JUAN: subsana el requisito de nivel B2 de catalán.

-  MINGUELL CANET LUIS: subsana el requisito de nivel B2 de catalán.

-  BAUZÀ BAUZÀ JOAN: Subsana los requisitos de acceso a UVAC, de acreditación de cursos sobre competencias del puesto de trabajo.

2. Desestimar las alegaciones presentadas por los aspirantes Vidal Lucena Jose L., Ferriol Gili Amador, Pons Borras Gabriel, Bárcenas Velasco Fco. José, Guevara Cortes Rafael, Ricon Gallen Valentin, Cristina Vidal Bueno, Manuel Reifs Pérez i Juana Mª Colomet Martorell por no acreditar el requisito exigido en las bases de la convocatoria, consistente en estar en posesión del nivel B2 de catalán antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

3. Desestimar las alegaciones presentadas por los aspirantes, Montiel Peña Jesús, Guardiola Martínez David y Montes Molero Javier por tratarse de funcionarios en prácticas o interinos y no tener, por tanto, la condición de funcionarios de carrera.

4. Desestimar las alegaciones de López Agueda Juan José para el acceso a UVAC por no quedar acreditados los cursos sobre competencias del puesto de trabajo.

5. Aprobar de manera definitiva la relación de excluidos de la convocatoria referenciada : 

Quedan excluidos de la convocatoria per no acreditar el requisito de nivel B de catalán:

Guevara Cortés

Rafael

Colomet Martorell

Juana María

Martínez García

Manuel

Crespí Sans

Mª Rosario

Corró Segura

Bartolomé

Felices López

José Javier

Nieto Cebrian

Francisco Miguel

Guzman Muñoz

Jose Antonio

Ramis Jover

Antonio

Garrido Culebras

Jose Luis

Cuart Verdera

Rafael

Gil Picon

Enrique

Serra Munar

Arnau

Ferriol Genovart

Francisca

Mojer Barranco

Juan

Reifs Pérez

Manuel

Frau Cladera

Jorge

Bárcenas Velasco

Francisco José

Jaume Bou

Juan

García García

Antonio

Torrecillo Ripoll

Salvador

Sastre Tudurí

Miguel

Maymó Millán

Nicolás 

Salamanca Martorell

Bartolomé

Sánchez González

Mateo Manuel

Pons Borrás

Gabriel

Vidal Lucena

José Luis

García García

Elvira Mercedes

Piña Fernández de C.

Manuel 

Ribas Mesquida

Sebastián

Ferriol Gili

Amador

Galindo Nuñez

Cristino

Castelló Fontanillo

José Francisco

Rincon Gallen

Valentin

Vidal Bueno

Cristina

Sanchez Estruch

Francisco

Alemany Crespi

Jose

Fiol Soler

Francisco

Mestre Villalonga

Rafael

Excluir de la convocatoria a los siguientes solicitantes por ser funcionarios interinos o en prácticas:

Peralta Martín

Ramón

Jaume Fiol

Miguel José

Almazán González

José María

Navarrete Amador

Juan R.

Oliver Burang

Marc

Guardiola Martínez

David

Alemany Costa

Pablo

Jiménez Grau

Jesús Martín

Fiol Salvà

Jaime

Javaloyas Molina

Daniel

Argüelles Prats

David

Montiel Peña

Jesús 

Salleras Vives

Guillermo

Montes Molero

Javier

6.  Aprobar de manera definitiva la relación de aspirantes admitidos, que se contiene en el anexo I que se adjunta y que forma parte de esta resolución.

7.  Publicar en la página web www//palma.cat y en el BOIB

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, 7 de octubre de 2019

El jefe de Departamento de Personal p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Antoni Pol Coll 

Documentos adjuntos