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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 9695
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 02.09.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria del año 2019 de las ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para el sector equino con las mismas bases reguladoras del año 2018, sustituyendo el año 2016 por el año 2017, en el año 2017 por el año 2018 y el año 2018 por el año 2019 (Exp. 3304-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 475211

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

1. Pueden ser beneficiarios de las ayudas convocadas mediante esta resolución las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda tengan a los equinos en explotaciones de ganado equino, debidamente inscritas en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), en su caso, según la actividad subvencionada.

2. Los beneficiarios deben desarrollar su actividad dentro del ámbito territorial de Menorca (anexo I).

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas de minimis es apoyar las actuaciones de promoción y divulgación llevadas a cabo desde el día 1 de noviembre de 2018 hasta el día 30 de octubre de 2019 por los agentes del sector equino de Menorca con el fin de impulsar y dinamizar este sector.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases de ayudas al sector equino del año 2018 aprobadas por el Consejo Ejecutivo del 30-7-2018 (BOIB núm. 100 de 14 de agosto de 2018), con las siguientes modificaciones:

1. Sustituir las referencias del año 2016 por el año 2017, las del año 2017 por el año 2018 y las del año 2018 por el año 2019.

2. Sustituir el importe máximo de 15.000 € que figura en las bases 5.2 a y 6.3 c por el importe de 20.000 €.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 70.000€ (setanta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes y de justificación será desde el día siguiente al día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) hasta el día 30 de octubre de 2019.

Sexto. Otros datos.

La comprobación de la inscripción en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) se realizará de oficio, salvo manifestación contraria del peticionario, ya que con la presentación de la solicitud de ayuda se entiende otorgada dicha autorización. El titular deberá facilitar el número de REGA.

Maó, 1 de octubre de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón