Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO DE RECURSOS SOCIOSANITARIOS Y ASISTENCIAS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9690
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares de 27 de septiembre de 2019, por la que se aprueban las tarifas para el período comprendido entre el 1 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020, relativo al contrato de concesión de obra pública de la residencia para personas mayores asistidas de Montuïri y Sant Joan. Exp 3/2019
Hechos
1. En fecha 21 de marzo de 2005 el Consorcio firmó el contrato de concesión de obra pública para la construcción y posterior concesión de la explotación de dos residencias para asistidos, una en Montuïri y otra en Sant Joan, con la empresa ATENCIÓN SOCIAL Y ESTANCIAS RESIDENCIALES S.A.
2. De conformidad con la adenda de 8 de enero de 2007 a los contratos de concesión de obra pública, para la construcción y posterior concesión de la explotación de las residencias para personas mayores asistidas en los municipios de Santanyí, Montuïri, Sant Joan, Inca y Pollença entre la Fundació Balear d'Atenció i Suport a la Dependència. Residencia Joan Crespí (actualmente Fundació d'Atenció i Suport a la Dependència i de Promoció de l'Autonomia Personal de les Illes Balears) y Atención Social y Estancias Residenciales, SA de fecha 8 de enero de 2007, las revisiones de precios correspondientes a las tarifas de las plazas concertadas, se revisarán en el mes de junio, aunque, se establece la fórmula para la revisión de precios.
3. En fecha 7 de agosto de 2009 se acordó, delante del notario de Valencia, el Sr. Jose Alicarte Domingo, número 2.686 de su protocolo, escritura pública de transmisión de concesiones administrativas de obra pública con subrogación hipotecaria de los centros de Inca, Montuïri, Sant Joan y Pollença, entre el representante de la entidad Atención Social y Estancias Residenciales, SA (como transmitente) y el representate legal de la entidad Geriátrico Manacor, SA (actual concesionario).
4. En fecha 3 de agosto de 2010 se subscribió convenio de colaboración entre la conselleria de asuntos sociales, promoción e Inmigración y el Institut Mallorquí d'Afers Socials para la gestión de diversos centros residenciales y centros de día, en virtud del cual el IMAS se obliga a la comprobación tramitación y pago de acuerdo a las condiciones del contrato y del régimen económico aplicable, de las facturas presentadas por los concesionarios, así como a realizar el seguimiento de la gestión ordinaria de los centros relativos a las condiciones de atención a los usuarios que se prestan en los centros objeto de este convenio, entre otras obligaciones
5. Las tarifas actuales son las siguientes:
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (grado I): 59,29 €/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia medio (grado II): 65,64 €/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (grado III): 69,54 €/día (IVA incluido).
6. En fecha 19 de marzo de 2019 se va dictó Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la que se publican las tablas salariales para el año 2019 del Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la autonomía Personal:1,2 %.
7. Se ha realizado el cálculo para la revisión de tarifas de conformidad con lo que prevé el IPC para el periodo comprendido entre mayo de 2018 y mayo de 2019, el cual ha sido del 0,40%. Se considera que el 60 % del total de los gastos de las residencias son de personal y el 40 % restante son otros gastos. Así de la aplicación de estos parámetros la variación debe ser de un 1,50%.
Siendo en total una variación de 0,88% de aplicación sobre las tarifas. También ha acreditado que el expediente no supone ningún gasto para el Consorcio.
8. Por todo ello, se propone que las tarifas a percibir sean las siguientes:
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (Grado I): 59,81 euros/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia medio (Grado II): 66,21 euros/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (Grado III): 70,15 euros/día (IVA incluido).
9. En fecha 31de julio de 2019 se ha emitido informe por parte de la Unidad Jurídica del Consorcio de recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares.
10. De acuerdo a la cláusula 3.1 de los pliegos de cláusulas administrativas particulares del contrato de concesión de obra pública la Junta Rectora es el órgano de contratación.
Visto lo anterior la sesión de la Junta Rectora de 27 de septiembre de 2019 tomó el siguiente
Acuerdo
1. “Aprobar las tarifas de la residencia para personas mayores asistidas de Montuïri y Sant Joan con efectos de 1 de junio de 2019 a 31 de mayo de 2020, las cuales varían en una 0,88% y se fijan en los importes siguientes:
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (Grado I): 59,81 euros/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia medio (Grado II): 66,21 euros/día (IVA incluido).
-Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (Grado III): 70,15 euros/día (IVA incluido).
2. Notificar esta resolución al interesado.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la Junta Rectora del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente en que se publique, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación de esta Resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 1 de octubre de 2019
El secretario
Juan Manuel Martínez Álvarez