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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 9626
Elevación automática a definitivo del acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal. Número n.º 33 reguladora de la tasa por la utilización de aparatos inmovilizadores de la vía pública

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Texto

Lo BOIB n.º 111, de 13 de agosto de 2019, publicó el correspondiente edicto de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial del Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de día 2 de agosto de 2019, de la modificación de ordenanza fiscal n.º 33 reguladora de la tasa por la utilización de aparatos inmovilizadores de la vía pública.

Habiendo finalizado el plazo para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Lleno, sin que se haya formulado reclamación, en conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobado. El que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 17.4 del citado Real decreto legislativo, con la publicación del texto íntegro de los acuerdos de aprobación y de los artículos modificados:

TIPO IMPOSITIVO

Arte. 7.- Cada servicio de acoplamiento de aparato inmovilizador se establecen los importes siguientes, sin perjuicio de la sanción que determine la Ley de seguridad vial por estas infracciones:

Turismos, bicicletas y ciclomotores: 90€

Furgonetas y camionetas: 120€

Camiones y autocares: 100€

En los casos en que los vehículos estén inmovilizados por una infracción y proceda su retirada para obstaculizar la circulación o por otro motivo, así como en el caso en que su titular o conductor del vehículo se persone, la tarifa a abonar será la misma que se indica en el apartado anterior.

 

Ses Salines, 1 de octubre de 2019

El Alcalde

Juan Rodríguez Ginard