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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 9623
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 20.05.2019, relativo a la Categoría de la convocatoria de ayudas del Consell Insular de Menorca a las agrupaciones de defensa sanitaria de Menorca (ADS) para el año 2019, con los mismas bases reguladores del año 2018 (Exp. 3408-2019-000001)

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Texto

Antecedentes

1. Menorca cuenta con una extensa cabaña ganadera con una elevada calidad genética y productiva que necesita, entre otras, de unos programas sanitarios cada vez más sistemáticos y profesionalizados.

2. Las agrupaciones de defensa sanitaria (en adelante ADS) tienen por finalidad la mejora sanitaria y productiva de las explotaciones ganaderas de Menorca.

3. La existencia de determinadas enfermedades de marcada incidencia económica sobre la producción animal y la conveniencia de establecer medios de prevención de otras altamente difusivas motivan la necesidad de arbitrar un sistema de ayudas a fin de luchar contra estas.

4. El Consejo Ejecutivo, en la sesión de día 10 de diciembre de 2018, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Menorca (PES) del CIM para el año 2019. El PES establece la previsión de la actividad subvencionadora en la línea de fomento de actividades de interés general, dentro del marco normativo establecido para la concesión de subvenciones. Una de las líneas de subvención incluidas en este PES es una ayuda a las agrupaciones de defensa sanitaria de Menorca.

5. El objetivo específico de estas ayudas es fomentar las actuaciones de vigilancia, erradicación y control de enfermedades de los animales incluidas en los programas sanitarios y zootécnicos de las ADS de ovino y vacuno de la isla de Menorca.

6. Esta convocatoria pretende mantener y mejorar el nivel sanitario y productivo de las explotaciones ganaderas, mediante la ejecución de un programa sanitario común.

7. El artículo 6 del Reglamento UE núm. 702/2014 dice que, para conseguir un efecto incentivador de las ayudas, el beneficiario debe presentar por escrito una solicitud de ayuda antes de empezar a trabajar en el proyecto.

8. El Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera quiere apoyar las ADS durante el año 2019 para las actuaciones llevadas a cabo desde el día de presentación de las solicitudes hasta el 30 de noviembre de 2019, dado que son las entidades más idóneas para hacer frente a los retos anteriores, consiguiendo, así, mediante la puesta en práctica de un programa sanitario común, la mejora sanitaria y productiva de las explotaciones ganaderas de Menorca.

9. El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en la sesión de carácter ordinario de día 5 de marzo de 2018, aprobó las bases de ayudas del CIM a las agrupaciones de defensa sanitaria de Menorca (ADS) para el año 2018. Estas bases se publicaron en el BOIB núm. 75 de 19 de junio de 2018. La normativa específica que regula estas bases no ha cambiado, por lo que la convocatoria de este año se regirá por las bases aprobadas en el año 2018.

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera;

ACUERDO:

Primero.- Aprobar la convocatoria correspondiente al periodo comprendido entre la fecha de presentación de las solicitudes y día 30 de noviembre de 2019, que se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el CIM en la sesión de carácter ordinario de 5 de marzo de 2018 (BOIB núm. 75 de 19 de junio de 2018), con las siguientes modificaciones:

1. Sustituir las referencias al año 2018 para el año 2019.

2. En cumplimiento del artículo 9 del REGLAMENTO (CE) núm. 702/2014, el número de registro del documento validado por la aplicación SANI (programa informático específico para las comunicaciones de ayudas a la Comunidad Europea) SA.55284 (2019/XA)

Y de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo:

Partida

cuantía máxima

6.41240.4890002 Control sanitario ADS

65.000 €

El importe máximo a que se destina la convocatoria únicamente podrá ampliarse, sin necesidad de nueva publicación, en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria que se concreten posteriormente a su aprobación.

a) El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

b) La instrucción de esta convocatoria corresponde a la veterinaria del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del Consell Insular de Menorca Gemma Sintes Coll.

c) La composición de la Comisión Evaluadora de estas ayudas es la siguiente:

- Presidente: Aram Ortega Adzerías, consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del CIM

- Vocales:

Miquel Truyol Olives, director de Medio Rural y Marino del CIM

Gemma Sintes Coll, veterinaria del departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del CIM

José María Mir Orfila, técnico agrícola del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del CIM

Francisca Llabrés Riudavets, técnica media de gestión del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del CIM

Segundo.- Remitir la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la presente convocatoria, en los términos establecidos en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de forma previa a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

  

Maó, 24 de septiembre de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo,

Octavi Pons Castejón