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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 9546
Subvenciones en materia de asociaciones de vecinos 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 23 de septiembre del 2019 de concesión de subvenciones en materia de Asociaciones de Vecinos para el ejercicio 2019, por el cual se han concedido las siguientes subvenciones, a cargo de la partida presupuestaria 2019 92400 48901

Nom o raó social

Quantia concedida

Finalitat de la subvenció

A.V. Es Clot

10.476,19 €

Activitats any 2019

A.V. Cas Serres

9.312,17 €

Activitats any 2019

A.V. Puig des Molins

4.656,08 €

Activitats any 2019

A.V. Es Pratet

11.058,20 €

Activitats any 2019

A.V. San Pablo

12.222,22 €

Activitats any 2019

A.V. Tres Barrios

9.312,17 €

Activitats any 2019

A.V. Sa Capelleta

8.730,16 €

Activitats any 2019

A.V. Figueretes

12.222,22 €

Activitats any 2019

A.V. La Marina

5.238,10 €

Activitats any 2019

A.V. i Comerciants del Port d'Eivissa.

3.492,06 €

Activitats any 2019

A.V. Can Misses

6.984,13 €

Activitats any 2019

A.V Platja d'en Bossa

10.476,19 €

Activitats any 2019

A.V. Talamanca

5.820,11 €

Activitats any 2019

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, o impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estime conveniente en defensa de sus derechos.

Si opta por la interposición del recurso de reposición, se hará ante la Junta de Gobierno Local, órgano municipal que dictó el acto, y en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a esta publicación. La interposición impedirá, hasta su resolución expresa o desistimiento presunto, la utilización de la vía contenciosa administrativa. El recurso se tendrá que resolver y notificar en el plazo de un mes, y se entenderá desestimado en caso contrario, quedando abierta la vía contenciosa administrativa.

Si se interpone directamente recurso contencioso administrativo, se hará ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de esta publicación.

 

Eivissa, 27 de septiembre de 2019

EL Alcalde

Rafael Ruiz González