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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 9500
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 26.8.2019, relativo a la aprobación de las ayudas económicas individuales para personas mayores y personas con discapacidad para el año 2019 (Exp. 1818-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 474981

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos siguientes:

1. Estar empadronado/da en un municipio de Menorca en el momento de presentar la solicitud.

2. Tener 65 años o más en el momento de realizar el gasto objeto de la ayuda.

3. Tener menos de 65 años en la fecha de presentación de la solicitud, con un grado de discapacidad reconocido del 33% o más y vigente en esta fecha, o ser beneficiario de una pensión de la Seguridad Social de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez (según el RD legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en lo referente a la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).

4. Que su unidad familiar tenga unos ingresos anuales inferiores o iguales a los que se detallan en la base 4ª.

Los datos económicos que se tienen que tener en cuenta para computar los ingresos económicos son las correspondientes al último ejercicio fiscal disponible.

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es establecer los criterios y regular el procedimiento de las ayudas económicas individuales del Consell Insular de Menorca destinados a cubrir las necesidades sociosanitarias de las personas mayores y las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 26 de agosto de 2019.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 200.000€ (doscientos mil euros) con el siguiente desglose:

- Ayudas personas mayores - 100.000 €

- Ayudas personas con discapacidad -100.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y se extenderá hasta día 1 de noviembre de 2019.

 

Sexto. Otros datos.

El importe individual máximo y por todos los conceptos que se puede conceder por beneficiario es de 2.500 €.

En el supuesto de que las solicitudes superen el límite presupuestario de la convocatoria, se priorizarán las solicitudes con la renta familiar más baja.

  

Maó, 27 de septiembre de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo,

Octavi Pons Castejón