Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 9499
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se amplía la dotación presupuestaria de la convocatoria para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares, aprobada mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 (BOIB núm. 44, de 6 de abril de 2019)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 6 de abril de 2019 se publicó en el BOIB núm. 44 la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, de 2 de abril de 2019, por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares.

2. La convocatoria mencionada en el punto anterior está incluida dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018.

3. El apartado primero de la Resolución de las ayudas de iniciación a la internacionalización establece el objeto de la convocatoria, que es la financiación de la fase inicial del proceso de internacionalización de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas de las Islas Baleares con domicilio fiscal en las Islas Baleares a lo largo de los ejercicios 2018-2019.

4. El apartado tercero de la Resolución contiene la dotación presupuestaria de las ayudas, las cuales se tienen que financiar a cargo de la partida 19301 761A02 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, dentro de la línea presupuestaria prevista en la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, y la cantidad global máxima destinada a esta convocatoria fue de 50.000 euros.

5. El pasado 3 de septiembre de 2018 se publicó la Propuesta de resolución de concesión y de denegación de las ayudas de la convocatoria mencionada en el punto 1 de esta Resolución. Se ha propuesto la concesión de gasto global de 74.343,33 euros a favor de las entidades beneficiarias, pero condicionada a la ampliación de la convocatoria.

6. Por esta razón, mediante informe justificativo de 20 de octubre de 2019, se informó favorablemente por la directora general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, la ampliación de la convocatoria en 29.900,00 euros para atender todas las solicitudes presentadas.

7. El Gobierno de las Islas Baleares, para conseguir los objetivos de esta convocatoria, especialmente la competitividad de las empresas en el ámbito internacional y su adaptación a criterios de competitividad y calidad, quiere apoyar a las empresas del ámbito territorial de las Islas Baleares que optan para abrirse al nuevo mercado internacional, así como adaptarse a la sociedad de la información mediante la incorporación del comercio electrónico al compatibilizarlo con la venta presencial.

8. Atendido el párrafo anterior, y por los motivos expuestos, para hacer frente a todos los proyectos y favorecer a todos los beneficiarios, y para cumplir con los objetivos fijados en el plan estratégico de este Gobierno, es coherente y necesario ampliar la dotación presupuestaria prevista por el importe de 29.900 euros a cargo de la partida 19301 761A02 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, y, por lo tanto, por una cantidad global máxima de la convocatoria de 79.900 euros.

9. Como consecuencia es necesario completar el crédito presupuestario por la diferencia y así hacer efectiva la concesión de los 16 proyectos propuestos como beneficiarios de las ayudas.

10. La cantidad global máxima destinada a la convocatoria de consolidación e implantación de la internacionalización de empresas de las Islas Baleares, aprobada por Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 es de 450.000,00 euros. Una vez finalizado el plazo para presentar solicitudes; reunida la Comisión Evaluadora día 28 de agosto de 2019; publicada la Propuesta de resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de las islas Baleares, de 5 de septiembre, y finalizado el plazo para hacer alegaciones, se ha propuesto la concesión de un gasto global de 327.759,55 euros a favor de las entidades beneficiarias. Por lo tanto, en la convocatoria de consolidación e implantación resta un remanente de 122.240,45 euros, que se puede utilizar para ampliar la convocatoria de iniciación.

 

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).

3. El Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos (BOIB núm. 21, de 12 de febrero).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 31 de septiembre).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB núm. 52, de 17 de abril).

6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB núm. 52, de 17 de abril).

7. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

9. Resolución del consejero de Trabajo,Comercio e Industria de 2 de abril de 2019, por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Ampliar la dotación presupuestaría prevista por importe de 29.900 euros a cargo de la partida 19301 761A02 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, y, por lo tanto, por una cantidad global máxima de 79.900 euros, de la Resolución de convocatoria, de día 2 de abril de 2019, por la cual se convocan ayudas para la iniciación de la internacionalización de empresas de las Islas Baleares.

Segundo. Modificar el apartado tercero punto 1 y punto 2 de la Resolución de convocatoria, de día 2 de abril de 2019, en los términos siguientes:

«3.1. Las ayudas que se regulan en esta Resolución se financiarán a cargo de la partida 19301 761A02 47000.00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, dentro de la línea presupuestaria prevista en la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019, y la cantidad global máxima destinada a esta convocatoria será de 79.900,00 euros.

3.2. El crédito asignado se distribuye de la manera siguiente, en función del tipo de ayudas:

Programa I: 39.950,00 euros

Programa II: 39.950,00 euros

Este crédito puede ser objeto de redistribución en función de las necesidades reales de cada programa, una vez que haya acabado el plazo de solicitudes.

3.3. Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan se puede aumentar el importe de esta convocatoria.»

Tercero. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 25 de septiembre de 2019

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo ​​​​​​​Iago Negueruela Vázquez