Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 9497
Resolución de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden las ayudas destinadas a proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares, de acuerdo con la Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 (BOIB núm. 44, de 6 de abril)
Hechos
1. El día 6 de abril de 2019, se publicó en el BOIB núm. 44 la Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares.
2. El día 29 de agosto de 2019, el director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular dictó la Propuesta de resolución de concesión de ayudas a las entidades que figuraban en el anexo 1 y la propuesta de denegación de la ayuda a las entidades que figuraban en el anexo 2. En esta propuesta se concedía un plazo de 10 días para que las entidades pudieran presentar las alegaciones que consideraran oportunas.
3. Día 5 de septiembre de 2019, se publicó, al BOIB núm. 122, la Propuesta de resolución a la cual se hace referencia en el apartado anterior.
4. Día 25 de septiembre de 2019, se firmó la Resolución de ampliación de la convocatoria a 79.900,00 euros.
5. El día 19 de septiembre de 2019, finalizó el plazo de alegaciones. No se recibieron alegaciones dentro del plazo indicado y corresponde ahora dictar la resolución de concesión y denegación en los términos que indican los anexos que acompaña esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).
3. El Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos (BOIB núm. 21, de 12 de febrero).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 31 de septiembre).
5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB núm. 52, de 17 de abril).
6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB núm. 52, de 17 de abril).
7. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 88, de 3 de julio).
8. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).
9. La Resolución de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 8 de julio de 2019, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 97, de 16 de julio).
10. La Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares (BOIB núm.44 de 6 de abril).
Por todo ello, vista la Propuesta de resolución del director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, dicto la siguiente:
Resolución
1. Aprobar la concesión de la subvención condicionada a la justificación de la realización de las actividades subvencionadas, de acuerdo con el apartado undécimo de la convocatoria, a las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, por el importe individual indicado.
2. Denegar la concesión de una subvención a las entidades que figuran en el anexo 2 de esta Resolución, por los motivos que se indican.
3. Autorizar y disponer un gasto por un importe total de 74.343,33 euros a favor de las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, con cargo a la partida presupuestaria 19301 761A02 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigentes.
4. El pago de la subvención únicamente se puede hacer efectivo una vez dictada la resolución correspondiente y justificada de manera suficiente la realización de la actividad subvencionada, mediante la presentación de la documentación a la cual se hace referencia en el apartado undécimo de la resolución de la convocatoria.
5. A efectos de justificación, se tiene que tener en cuenta que, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas a la legislación estatal en materia de contratos del sector público para los contratos menores (40.000 euros cuando se trate de obras o 15.000 euros cuando se trate de contratos de suministros o servicios, IVA excluido), el beneficiario tendrá que solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la adopción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no haya en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas se tiene que hacer conforme a criterios de eficiencia y economía, y hay que justificar expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa (punto 5.3 de la Resolución de convocatoria).
6. Las inversiones objeto de las solicitudes tienen que estar ejecutadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 (ambos incluidos).
7. El plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas y para solicitar el pago de la subvención finaliza el 15 de octubre de 2019.
8. La falta de justificación en los términos y dentro de los plazos que establece esta Resolución, la modificación significativa del proyecto presentado sin que esta Consejería la haya aprobado previamente, como también la desviación de las subvenciones o la aplicación diferente a la que establece la norma, determinan la revocación de la subvención.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 26 de setembre de 2019
La directora general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular,
Per delegació del conseller de Model Econòmic, Turisme i Treball (BOIB núm. 97, de 16/07//2019)
Vanessa Rosselló Garí
ANEXO 1
Beneficiarios de la subvención
Núm. expediente |
Nombre |
Puntuación (porcentaje) |
Gasto subvencionable |
Importo subvención |
INTER II-1/2019 |
Licoristas Reunidos Mallorquinas, SL |
45 (50%) |
9.775,00€ |
4.887,50€ |
INTER Y-2/2019 |
SM2 Baleares, SANO & Services Management, SANO |
53 (50%) |
40.115,16€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER Y-3/2019 |
Ncora Information Technology, SL |
40 (50%) |
35.220,90€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER Y-5/2019 |
Gloria Gomila Peregrí |
60 (50%) |
18.215,12€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER II-6/2019 |
Servicios FELCOR, SL |
40 (50%) |
11.476,00€ |
5.738,00€ |
INTER Y-8/2019 |
Estefania Garcia Ruiz (Glutify) |
40 (50%) |
2.765,00€ |
1.382,50€ |
INTER II-9/2019 |
Avarques Naturales de Menorca, SL |
18 (25%) |
3.257,50€ |
814,38€ |
INTER Y-10/2019 |
Alcort Ingenieria y Asesoria, SL |
50 (50%) |
12.766,66€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER Y-11/2019 |
Di7, SL |
55 (50%) |
27.600,00€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER II-12/2019 |
Nueva Mapini, SL |
25 (25%) |
68.712,37€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER II-13/2019 |
Zumbakamera, SL |
30 (25%) |
1.207,13€ |
301,78€ |
INTER Y-14/2019 |
Mediterranean Creative Hub, SL |
35 (50%) |
11.026,80€ |
5.513,40€ |
INTER II-15/2019 |
Mebot, SL |
30 (25%) |
23.965,28€ |
5.991,32€ |
INTER Y-16/2019 |
Kitchening Solucionas de Alquiler , SL |
25 (25%) |
28.246,34€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
INTER II-17/2019 |
Lorenzo Alessandro Pepe |
30 (25%) |
6.857,78€ |
1.714,45€ |
INTER II-18/2019 |
El Zagal Tradición, SLU |
50 (50%) |
52.707,17€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Beneficiarios de la subvención a los cuales se los reduce el presupuesto presentado
Núm. expediente |
nombre |
Importe solicitado |
Gasto subvencionable |
Importo subvención |
Gastos no elegibles: motivos |
---|---|---|---|---|---|
INTER Y-2/2019 |
SM2 Baleares, SANO & Services Management, SANO |
40.383,02€ |
40.115,16€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Diferencia conversión $ a € |
INTER Y-3/2019 |
Ncora Information Technology, SL |
44.906,21€ |
35.220,90€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Facturas inferiores a 100€ y excedente bolsa viajo |
INTER Y-5/2019 |
Gloria Gomila Peregrí |
22.609,59 |
18.215,12€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Tasa registro de marca y excedente bolsa viajo |
INTER II-6/2019 |
Servicios FELCOR, SL |
15.709,98€ |
11.476,00€ |
5.738,00€ |
Facturas importo inferior a 100€ y gastos no elegibles |
INTER Y-8/2019 |
Estefania Garcia Ruiz (Glutify) |
10.098,00€ |
2.765,00€ |
1.382,50€ |
Packaging Happy Life, Transporte México, Diseny envoltori Stay creative, certificación alimentaria, tasas marca México y Tasas Marca UE |
INTER II-9/2019 |
Avarques Naturales de Menorca, SL |
3.536,25€ |
3.257,50€ |
814,38€ |
Tasas no subvencionables (IVA) |
INTER Y-11/2019 |
Di7, SL |
36.046,00€ |
27.600,00€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Excedente bolsa de viaje. |
INTER II-12/2019 |
Nueva Mapini, SL |
72.519,77€ |
68.712,37€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Excedente bolsa de viaje |
INTER II-13/2019 |
Zumbakamera, SL |
14.923,00€ |
1.207,13€ |
301,78€ |
Facturas fuera periodo subvencionable |
INTER Y-14/2019 |
Mediterranean Creative Hub, SL |
11.252,00€ |
11.026,80€ |
5.513,40€ |
Falta factura |
INTER II-15/2019 |
Mebot, SL |
25.199,92€ |
23.965,28€ |
5.991,32€ |
Recàlcul previsiones y facturas inferiores a 100€ |
INTER Y-16/2019 |
Kitchening Solucionas de Alquiler , SL |
30.550,34€ |
28.246,34€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Excedente bolsa viaje y agenda a visitas |
INTER II-17/2019 |
Lorenzo Alessandro Pepe |
7.574,75€ |
6.857,78€ |
1.714,45€ |
Descuente tasas, excedente bolsa viaje y conversión $ a € |
INTER II-18/2019 |
El Zagal Tradición, SLU |
61.193,74€ |
52.707,17€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
Facturas fuera plazo |
Beneficiarios de la subvención a los cuales se los acepta todo el presupuesto presentado
Núm. expediente |
Nombre |
Puntuación (porcentaje) |
Importe solicitado |
Gasto subvencionable |
Importo subvención |
INTER II-1/2019 |
Licoristas Reunidos Mallorquinas, SL |
45 (50%) |
9.775,00€ |
9.775,00€ |
4.887,50€ |
INTER Y-10/2019 |
Alcort Ingenieria y Asesoria, SL |
50 (50%) |
12.766,66€ |
12.766,66€ |
6.000€ (Importe MÁXIMO) |
ANEXO 2
Expedientes propuestos para denegar la subvención
Núm. expediente |
Nombre |
Motivo exclusión |
Importe solicitado |
INTER II-4/2019 |
Agricola Aubocasser , SLU |
EXCLUIDO PARA NO TENER DOMICILIO FISCAL En LAS ISLAS BALEARES |
14.870,00€ |
INTER Y-7/2019 |
Bilyfer Original, SL |
RENUNCIA |
64.285,00€ |