Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 9497
Resolución de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden las ayudas destinadas a proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares, de acuerdo con la Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 (BOIB núm. 44, de 6 de abril)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El día 6 de abril de 2019, se publicó en el BOIB núm. 44 la Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares.

2. El día 29 de agosto de 2019, el director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular dictó la Propuesta de resolución de concesión de ayudas a las entidades que figuraban en el anexo 1 y la propuesta de denegación de la ayuda a las entidades que figuraban en el anexo 2. En esta propuesta se concedía un plazo de 10 días para que las entidades pudieran presentar las alegaciones que consideraran oportunas.

3. Día 5 de septiembre de 2019, se publicó, al BOIB núm. 122, la Propuesta de resolución a la cual se hace referencia en el apartado anterior.

4. Día 25 de septiembre de 2019, se firmó la Resolución de ampliación de la convocatoria a 79.900,00 euros.

5. El día 19 de septiembre de 2019, finalizó el plazo de alegaciones. No se recibieron alegaciones dentro del plazo indicado y corresponde ahora dictar la resolución de concesión y denegación en los términos que indican los anexos que acompaña esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).

3. El Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos (BOIB núm. 21, de 12 de febrero).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 31 de septiembre).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB núm. 52, de 17 de abril).

6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB núm. 52, de 17 de abril).

7. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

8. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

9. La Resolución de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 8 de julio de 2019, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 97, de 16 de julio).

10. La Resolución de consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de abril de 2019 por la cual se convocan ayudas para proyectos de iniciación a la internacionalización de empresas de las Islas Baleares (BOIB núm.44 de 6 de abril).

Por todo ello, vista la Propuesta de resolución del director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, dicto la siguiente:

Resolución

1. Aprobar la concesión de la subvención condicionada a la justificación de la realización de las actividades subvencionadas, de acuerdo con el apartado undécimo de la convocatoria, a las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, por el importe individual indicado.

2. Denegar la concesión de una subvención a las entidades que figuran en el anexo 2 de esta Resolución, por los motivos que se indican.

3. Autorizar y disponer un gasto por un importe total de 74.343,33  euros a favor de las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, con cargo a la partida presupuestaria 19301 761A02 47000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigentes.

4. El pago de la subvención únicamente se puede hacer efectivo una vez dictada la resolución correspondiente y justificada de manera suficiente la realización de la actividad subvencionada, mediante la presentación de la documentación a la cual se hace referencia en el apartado undécimo de la resolución de la convocatoria.

5. A efectos de justificación, se tiene que tener en cuenta que, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas a la legislación estatal en materia de contratos del sector público para los contratos menores (40.000 euros cuando se trate de obras o 15.000 euros cuando se trate de contratos de suministros o servicios, IVA excluido), el beneficiario tendrá que solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la adopción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no haya en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas se tiene que hacer conforme a criterios de eficiencia y economía, y hay que justificar expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa (punto 5.3 de la Resolución de convocatoria).

6. Las inversiones objeto de las solicitudes tienen que estar ejecutadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 (ambos incluidos).

7. El plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas y para solicitar el pago de la subvención finaliza el 15 de octubre de 2019.

8. La falta de justificación en los términos y dentro de los plazos que establece esta Resolución, la modificación significativa del proyecto presentado sin que esta Consejería la haya aprobado previamente, como también la desviación de las subvenciones o la aplicación diferente a la que establece la norma, determinan la revocación de la subvención.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 26 de setembre de 2019

La directora general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular,

Per delegació del conseller de Model Econòmic, Turisme i Treball (BOIB núm. 97, de 16/07//2019)

Vanessa Rosselló Garí

 

 

ANEXO 1

Beneficiarios de la subvención

 

Núm. expediente

Nombre

Puntuación

(porcentaje)

Gasto subvencionable

Importo subvención

INTER II-1/2019

Licoristas Reunidos Mallorquinas, SL

45 (50%)

9.775,00€

4.887,50€

INTER Y-2/2019

SM2 Baleares, SANO & Services Management, SANO

53 (50%)

40.115,16€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER Y-3/2019

Ncora Information Technology, SL

40 (50%)

35.220,90€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER Y-5/2019

Gloria Gomila Peregrí

60 (50%)

18.215,12€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER II-6/2019

Servicios FELCOR, SL

40 (50%)

11.476,00€

5.738,00€

INTER Y-8/2019

Estefania Garcia Ruiz (Glutify)

40 (50%)

2.765,00€

1.382,50€

INTER II-9/2019

Avarques Naturales de Menorca, SL

18 (25%)

3.257,50€

814,38€

INTER Y-10/2019

Alcort Ingenieria y Asesoria, SL

50 (50%)

12.766,66€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER Y-11/2019

Di7, SL

55 (50%)

27.600,00€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER II-12/2019

Nueva Mapini, SL

25 (25%)

68.712,37€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER II-13/2019

Zumbakamera, SL

30 (25%)

1.207,13€

301,78€

INTER Y-14/2019

Mediterranean Creative Hub, SL

35 (50%)

11.026,80€

5.513,40€

INTER II-15/2019

Mebot, SL

30 (25%)

23.965,28€

5.991,32€

INTER Y-16/2019

Kitchening Solucionas de Alquiler , SL

25 (25%)

28.246,34€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

INTER II-17/2019

Lorenzo Alessandro Pepe

30 (25%)

6.857,78€

1.714,45€

INTER II-18/2019

El Zagal Tradición, SLU

50 (50%)

52.707,17€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Beneficiarios de la subvención a los cuales se los reduce el presupuesto presentado

Núm. expediente

nombre

Importe solicitado

Gasto subvencionable

Importo subvención

Gastos no elegibles: motivos

INTER Y-2/2019

SM2 Baleares, SANO & Services Management, SANO

40.383,02€

40.115,16€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Diferencia conversión $ a €

INTER Y-3/2019

Ncora Information Technology, SL

44.906,21€

35.220,90€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Facturas inferiores a 100€ y excedente bolsa viajo

INTER Y-5/2019

Gloria Gomila Peregrí

22.609,59

18.215,12€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Tasa registro de marca y excedente bolsa viajo

INTER II-6/2019

Servicios FELCOR, SL

15.709,98€

11.476,00€

5.738,00€

Facturas importo inferior a 100€ y gastos no elegibles

INTER Y-8/2019

Estefania Garcia Ruiz (Glutify)

10.098,00€

2.765,00€

1.382,50€

Packaging Happy Life, Transporte México, Diseny envoltori Stay creative, certificación alimentaria, tasas marca México y Tasas Marca UE

INTER II-9/2019

Avarques Naturales de Menorca, SL

3.536,25€

3.257,50€

814,38€

Tasas no subvencionables (IVA)

INTER Y-11/2019

Di7, SL

36.046,00€

27.600,00€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Excedente bolsa de viaje.

INTER II-12/2019

Nueva Mapini, SL

72.519,77€

68.712,37€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Excedente bolsa de viaje

INTER II-13/2019

Zumbakamera, SL

14.923,00€

1.207,13€

301,78€

Facturas fuera periodo subvencionable

INTER Y-14/2019

Mediterranean Creative Hub, SL

11.252,00€

11.026,80€

5.513,40€

Falta factura

INTER II-15/2019

Mebot, SL

25.199,92€

23.965,28€

5.991,32€

Recàlcul previsiones y facturas inferiores a 100€

INTER Y-16/2019

Kitchening Solucionas de Alquiler , SL

30.550,34€

28.246,34€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Excedente bolsa viaje y agenda a visitas

INTER II-17/2019

Lorenzo Alessandro Pepe

7.574,75€

6.857,78€

1.714,45€

Descuente tasas, excedente bolsa viaje y conversión $ a €

INTER II-18/2019

El Zagal Tradición, SLU

61.193,74€

52.707,17€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

Facturas fuera plazo

Beneficiarios de la subvención a los cuales se los acepta todo el presupuesto presentado

Núm. expediente

Nombre

Puntuación

(porcentaje)

Importe solicitado

Gasto subvencionable

Importo subvención

INTER II-1/2019

Licoristas Reunidos Mallorquinas, SL

45 (50%)

9.775,00€

9.775,00€

4.887,50€

INTER Y-10/2019

Alcort Ingenieria y Asesoria, SL

50 (50%)

12.766,66€

12.766,66€

6.000€ (Importe MÁXIMO)

 

 

ANEXO 2

Expedientes propuestos para denegar la subvención

 

Núm. expediente

Nombre

Motivo exclusión

Importe solicitado

INTER II-4/2019

Agricola Aubocasser , SLU

EXCLUIDO PARA NO TENER DOMICILIO FISCAL En LAS ISLAS BALEARES

14.870,00€

 

INTER Y-7/2019

Bilyfer Original, SL

RENUNCIA

64.285,00€