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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 9290
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 26.8.2019, relativo a incluir en el Plan Normativo del Consell Insular de Menorca para el año 2019 el reglamento de funcionamiento de la comisión de declaración de riesgo y de desamparo y tutela del Consell Insular de Menorca (Exp. 03121-2019-000008)

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Texto

El artículo 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo de las administraciones públicas (LPACAP), recoge la obligación que tienen las administraciones de aprobar un plan normativo que prevea las iniciativas reglamentarias que tengan que ser elevadas para su aprobación al año siguiente.

Como consecuencia de la reforma legal introducida a escala estatal el verano de 2015 por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, la comunidad autónoma balear ha aprobado recientemente la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares, por la cual se requiere la constitución de la Comisión de Declaración de Riesgo (art. 112 y 113 Ley balear 9/2019) y de la Comisión de Desamparo y Tutela (art. 130 Ley balear 9/2019) por parte de las administraciones competentes.

La previsión legal contenida en estos artículos, que integra en el organigrama de la institución ambas comisiones (o una, si por razones de eficiencia se juntan sus funciones) y otorga a estas un carácter necesario, obliga a dar una nueva redacción al artículo 52 del Reglamento orgánico del CIM que, en su apartado 1 a enumera los órganos necesarios y de preceptiva existencia de la institución.

Dado que la reciente aprobación de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares, no permitió la inclusión de la previsión de la iniciativa reglamentaria correspondiente en el Plan Normativo del Consell Insular de Menorca dentro del ejercicio 2018 para el año 2019.

Atendidas todas estas consideraciones;

Atendida la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social;

El Consejo Ejecutivo, con el voto favorable de los seis miembros presentes, adopta los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar la inclusión en el Plan Normativo del Consell Insular de Menorca para el año 2019 el siguiente reglamento:

Título

Objecto de la norma

Departamento responsable

Fecha prevista de aprobación inicial

Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Declaración de Riesgo y de Desamparo y Tutela del CIM

Regular el funcionamiento interno de este órgano necesario del CIM

Bienestar Social

2o semestre 2019

Segundo.- Disponer que se publique la modificación en el Portal de transparencia del Consell Insular de Menorca.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Maó , 13 de setembre de 2019

El secretari del Consell Executiu

Octavi Pons Castejón