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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 9271
Exposición pública del padrón-lista cobratoria correspondiente al mes de septiembre de 2019 del precio público por la utilización de las instalaciones y servicios de las escoletes del Consell d'Eivissa, y apertura del período voluntario de cobro

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Texto

El Consell Insular d'Eivissa, mediante resolución de la consejera ejecutiva de Economía y Hacienda, y Desarrollo Empresarial núm. 2019000052, de fecha 19 de septiembre de 2019, ha resuelto aprobar el padrón lista cobratoria correspondiente al mes de septiembre de 2019.

El citado padrón-lista cobratoria aparecerá expuesto al público en las dependencias de las escoletes y de la Tesorería del Consell Insular, durante el período de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de esta publicación. A partir de la finalización del plazo anterior y durante un período de un mes, los interesados podrán interponer contra el mismo, recurso de reposición ante la consejera de Economía y Hacienda, y Desarrollo Empresarial del Consell Insular de Eivissa.

Asímismo, podrán utilizar cualquier otro medio de defensa que estime oportuno para la defensa de sus intereses.

Mediante este documento, y según lo que se dispone en la Ordenanza reguladora del precio público por la utilización de las instalaciones y servicios de las escoletes del Consell d'Eivissa, y publicada en el BOIB núm. 69 de 15 de mayo de 2012, pongo en conocimiento la apertura del período voluntario de cobro del padrón anteriormente referenciado, que comprenderá del día 27 de septiembre de 2019 hasta el 27 de noviembre de 2019 (ambos incluidos), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil. De conformidad con el art. 7 de la citada ordenanza, la percepción del precio público se realizará por recibo mensual domiciliado, durante la primera quincena del mes, en la cuenta bancaria indicada por el obligado al pago.

Pasado el citado período se incoará la vía de apremio, en la cual los deudores tendrán que abonar, además del importe de la cuota, los costes del procedimiento y los siguientes recargos: del 10%, si el pago se efectúa en los plazos señalados en la provisión de apremio, o del 20 % si el pago es posterior a los plazos referidos, y los intereses de demora correspondientes. El recargo será del 5% si el pago se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio.

 

Ibiza, 19 de septiembre de 2019

El secretario general accidental del Consell Insular d'Eivissa

Antoni Riera Buforn