Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 9230
Decreto 78/2019, de 20 de septiembre, de cese de un miembro en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears, integrado en el Grupo III, como representante del sector agrario
El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento regulará su composición, la designación de sus miembros, su organización y sus funciones.
En cumplimiento del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears (BOIB n.º 150, de 9 de diciembre), cuyo artículo 1 establece que el CES tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.
En fecha de 12 de noviembre de 2016, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 143 el Decreto 65/2016, de 11 de noviembre, por el que se nombró al señor Gabriel Torrens Llabrés miembro del Consejo Económico y Social de las Illes Balears como representante del sector agrario.
En fecha de 20 de julio de 2019, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 100 el Decreto 57/2019, de 19 de julio, por el que se dispone el nombramiento de los altos cargos y directores generales de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en virtud del cual se nombró al señor Gabriel Torrens Llabrés director general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Illes Balears.
De acuerdo con el artículo 8.c) de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, la condición de miembro del Consejo resulta incompatible con la condición de miembro del Gobierno, alto cargo político o cualquier otro cargo que implique un mandato representativo del Estado, de las comunidades autónomas, de los consejos insulares o de las entidades locales.
Por otra parte, el artículo 7 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, dispone que los miembros del Consejo Económico y Social cesarán en sus funciones, entre otras causas, por incompatibilidad sobrevenida, en cuyo caso se requerirá la audiencia de la persona interesada y el informe del Pleno del Consejo Económico y Social, y el cese se acordará por decreto del Consejo de Gobierno.
En fecha de 10 de septiembre de 2019, el Consejo Económico y Social, reunido en sesión plenaria, acordó por unanimidad el cese como consejero del señor Gabriel Torrens Llabrés, por incompatibilidad sobrevenida, de acuerdo con los artículos 7 y 8 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión del día 20 de septiembre de 2019,
DECRETO
Primero
Dejar sin efectos el nombramiento, como miembro titular del Consejo Económico y Social en representación del sector agrario, efectuado a favor del señor Gabriel Torrens Llabrés en la letra a) del apartado 3 del punto primero del Decreto 65/2016, de 11 de noviembre, por el que se nombran los miembros del Consejo Económico y Social de las Illes Balears.
Segundo
Disponer que este acuerdo produzca efectos desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 20 de septiembre de 2019
El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela i Vázquez |
La presidenta Francesca Lluch Armengol i Socias |