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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 9228
Reconocimiento de niveles iniciales de carrera profesional de los trabajadores de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia

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Texto

Mediante resolución de la Presidenta de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia núm. 26 de fecha 16 de septiembre de 2019, se ha emitido resolución de la lista definitiva de reconocimiento de niveles iniciales de carrera profesional de los trabajadores de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia.

Cosa que hacemos pública en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Alcúdia (http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/), a los efectos establecidos al artículo 45 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Alcúdia, 17 de septiembre de 2019

La Presidenta de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia, Bàrbara Rebassa Bisbal

 

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE ALCÚDIA

El 9 de marzo de 2019 se publicó en el BOIB núm. 31 el Acuerdo de carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia, en conformidad con los términos y las condiciones pactadas para su implantación en sede de mesa general de negociación de empleados públicos de esta Fundación.

De acuerdo con las bases de la convocatoria, el plazo de presentación de instancias era de quince días naturales, contadores desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria al BOIB.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 25 de marzo de 2.019.

Mediante resolución de alcaldía  núm. 15/2019, de fecha 17 de mayo de 2019, se aprobó la lista provisional de reconocimiento  de niveles iniciales de carrera profesional de los trabajadores de Fundación Escuela de Música de Alcúdia, la cual fue objeto de publicación en fecha 21 de mayo de 2018 al tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Alcúdia, (http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/), así como al BOIB núm. 68/2019, de 21 de mayo, a los efectos establecidos al artículo 45 de la Ley 39/2.015.

La parte dispositiva de la mencionada resolución otorgaba un plazo debe de (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación al BOIB de la lista provisional de reconocimiento de niveles iniciales de carrera profesional, para presentar enmiendas o reclamaciones.

El plazo de alegaciones finalizó el día 4 de junio de 2019.

Dentro del plazo indicado no se han presentado alegaciones y/o enmiendas.

Al no haber enmiendas y/o alegaciones, la alcaldesa dictará la resolución que contenderá las listas definitivas de admitidos y de excluidos, indicando la causa de la exclusión, que se publicará del mismo modo que la resolución con las listas provisionales.

Es por eso que haciendo uso de las atribuciones que me confieren la apartado g) del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local,  la apartado d) del artículo 24 del Real decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; y el apartado 14 del artículo 41 del Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

 

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la lista definitiva de reconocimiento de los niveles iniciales de carrera profesional de los trabajadores de Fundación Escuela de Música de Alcúdia:

  NOMBRE DEL TRABAJADOR

DNI

GRUPO

NIVEL DE CARRERA

REMANENTE DÍAS

  BARCELÓ GINARD MIQUEL

1*21*61*R

2

NIVEL IV

---

TERCERO.- Abonar al personal del Ayuntamiento los atrasos correspondientes al 30% del complemento “carrera profesional”, con efectos de 1 de enero de 2019, tal y cómo dispone el Acuerdo de carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Fundación Escuela de Música de Alcúdia en su punto 6è de calendario de implantación.

QUART.- Publicar esta resolución en el tablero electrónico de anuncios del Ayuntamiento (www.alcudia.net), y al Boletín Oficial de las Islas Baleares, todo informante a los interesados que, contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer de forma alternativa, los siguientes recursos: o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante la alcaldía, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, o bien directamente recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de la publicación de esta resolución; todo esto sin perjuicio que los interesados puedan interponer aquellos otros recursos que  consideren procedentes.

​​​​​​​Alcúdia, a la fecha de la firma.

La Presidenta de la Fundación                                                   El secretario   

Escuela de Música de Alcúdia                

Bàrbara Rebassa Bisbal                                                              Joan Seguí Serra