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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 9138
Resolución de Alcaldía por la que se modifican Decretos de 17.06.19 de designación de miembros de la Junta de Gobierno Local y de delegación de competencias de Alcaldía en Tenientes de alcalde

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Texto

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica en el BOIB el siguiente Decreto de fecha 19 de junio de 2019, firmado por el Alcalde, Sr. Alfonso Rodríguez Badal:

“DECRETO DE ALCALDIA

Mediante Resolución de fecha 17 de junio actual, esta Alcaldía como primera actuación de organización política municipal, nombró a los miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde de esta Corporación.

Por Resolución de la misma fecha se realizó una primera asignación de funciones y delegación de atribuciones.

Una vez firmadas las dos resoluciones se ha observado que para una mejor identificación de las diferentes áreas gestionadas por la primera teniente de alcalde es necesario rectificar los dos decretos.

Por ello, mediante este decreto,

DISPONGO

Primero. Se modifica la resolución de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2019 por la que se nombran los Tenientes de Alcalde, en los siguientes términos:

Donde dice:

"Segundo.- Nombrar Tenientes de Alcalde, según orden de sustitución de esta Alcaldía que se indica, a los siguientes miembros de la Junta de Gobierno Local:

Primera Teniente de Alcalde: Sra. Natividad Francés, que ostentará el cargo de teniente de alcalde delegada de Cohesión social, Comunicación y Policía local ".

Debe decir:

"Segundo.- Nombrar Tenientes de Alcalde, según orden de sustitución de esta Alcaldía que se indica, a los siguientes miembros de la Junta de Gobierno Local:

Primera Teniente de Alcalde: Sra. Natividad Francés, que ostentará el cargo de teniente de alcalde delegada de Cohesión social, Igualdad, Comunicación y Policía local ".

Segundo.- Se modifica el punto primero de la resolución de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2019 por la que se otorgan las delegaciones genéricas de alcaldía, en los siguientes términos:

Donde dice:

"Primero.- De conformidad con lo establecido en los artículos 23.4 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el art. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, quedan otorgadas delegaciones genéricas:

I. En la Sra. Natividad Francés Gárate, Teniente de Alcalde delegada de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local.

1. Ámbitos: Cultura, Bienestar Social, Igualdad, Vivienda, Comunicación y Policía Local y Protección Civil.

 

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local las siguientes dependencias municipales:

a) Portavoz del Equipo de gobierno y coordinación municipal

b) Servicios de Bienestar Social: Desarrollo social y equidad. Intervención social y Servicios sociales

c) Servicios de sanidad

d) Tercera edad

e) Servicios culturales

f) Servicios de normalización lingüística

g) Servicio de igualdad

h) Oficina de vivienda: ejecución integral de planes municipales de vivienda y de áreas de rehabilitación integrada

e) Servicios de Policía Local y Protección Civil

j) Seguridad vial

k) Comunicación

El resto no encomendadas expresamente a otros delegados.

Debe decir: 

I. En la Sra. Natividad Francés Gárate, Teniente de Alcalde delegada de Cohesión Social, Igualdad, Comunicación y Policía Local.

1. Ámbitos: Cultura, Desarrollo Social, Igualdad, Vivienda, Comunicación y Policía Local y Protección Civil.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Cohesión Social, Igualdad, Comunicación y Policía Local las siguientes dependencias municipales:

a) Portavoz del Equipo de gobierno y coordinación municipal

b) Área de Desarrollo Social: Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales; Servicio de Bienestar Social

c) Infancia

d) Mayores

e) Servicios de Salud

 

 

​​​​​​​f) Servicios de sanidad

g) Tercera edad

h) Servicios culturales

e) Servicios de normalización lingüística

j) Servicio de igualdad

k) Oficina de vivienda: ejecución integral de planes municipales de vivienda y de áreas de rehabilitación integrada

l) Servicios de Policía Local y Protección Civil

m) Seguridad vial

l) Comunicación

El resto no encomendadas expresamente a otros delegados.

Tercero.- Se modifica el punto tercero de la resolución de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2019 por la que se otorgan las delegaciones genéricas de alcaldía, en los siguientes términos:

Donde dice:

"Tercero. Además de las señaladas en el apartado anterior, se delegan, específicamente, las siguientes atribuciones:

a) En la teniente de alcalde delegada de Cohesión Social, Comunicación y Policía Local.

1. Esta delegación incluye, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

2. La dirección de los servicios de Normalización lingüística, Cultura e Igualdad

3. La dirección de seguridad, incluyendo Policía Local y Protección Civil, dictando órdenes o circulares de instrucciones.

4. Cooperación internacional

5. La dirección de los servicios sociales y comunitarios.

6. La dirección de los servicios de vivienda.

7. La Gestión del Cuerpo de la Policía Local y el Servicio de Protección Civil, dictando su órdenes o circulares de instrucciones ".

Debe decir:

"Tercero. Además de las señaladas en el apartado anterior, se delegan, específicamente, las siguientes atribuciones:

a) En la teniente de alcalde delegada de Cohesión Social, Igualdad, Comunicación y Policía Local.

1. Esta delegación incluye, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

2. La dirección de los servicios de Normalización lingüística, Cultura e Igualdad.

3. La dirección de seguridad, incluyendo Policía Local y Protección Civil, dictando órdenes o circulares de instrucciones.

4. Cooperación internacional

5. La dirección de los servicios de desarrollo social: Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales; Servicio de Bienestar Social; Infancia, Personas Mayores, servicios sociales y comunitarios.

6. La dirección de los servicios de vivienda.

7. La Gestión del Cuerpo de la Policía Local y el Servicio de Protección Civil, dictando órdenes o circulares de instrucciones.

 

​​​​​​​Cuarto. Notificar la presente resolución a los interesados ​​y publicarla en el BOIB.

Quinto. Dar cuenta de esta resolución al Pleno municipal en la primera sesión que se haga.”

 

Calvià, 18 de septiembre de 2019

El Alcalde, Alfonso Rodríguez Badal