Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 9135
Resolución de consejero de Movilidad y Vivienda por la que se delega el ejercicio de la competencia para la tramitación de las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados previstas en el Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, en el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo
El artículo 8 del Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, establece que corresponderá dictar las resoluciones de ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados al consejero de Territorio, Energía y Movilidad, previsión que desarrolla el artículo 4 del Decreto 33/2018, de 19 de octubre, de determinación de ayudas urgentes y de carácter excepcional para reparar y paliar pérdidas y daños producidos por las lluvias en la comarca de Levante de Mallorca el día 9 de octubre de 2018.
El artículo 3.3 de la Orden conjunta de la vicepresidenta y consejera de Innovación, Investigación y Turismo y del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 19 de octubre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras de las ayudas excepcionales para la reparación de los daños ocasionados y las pérdidas producidas en empresas, profesionales y trabajadores por cuenta propia y ajena por las intensas lluvias e inundaciones del 9 de octubre de 2018 en la comarca de Llevant de Mallorca, otorga ayudas para vehículos afectos en su totalidad a las actividades ordinarias de la empresa y profesionales.
Mediante la Resolución del entonces consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 30 de octubre de 2018, se delegó el ejercicio de la competencia para la tramitación de las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados previstas en el Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, en el entonces consejero de Trabajo, Comercio e Industria.
El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, prevé, entre otras, la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y la Consejería de Movilidad y Vivienda. Por su parte, el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears (rectificado por el Decreto 22/2019, de 19 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears), establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Por lo tanto, hay que considerar que la Resolución de delegación del entonces consejero de Territorio, Energía y Movilidad al entonces consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 30 de octubre de 2018 ha quedado sin efectos, dada esta nueva estructura.
La actividad administrativa debe regirse por los principios de eficacia y coordinación (artículo 103 de la Constitución), por lo que se considera adecuado que el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo continúe con la tramitación de las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados previstas en el Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre.
La delegación de competencias permite una necesaria agilización que redunda en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, dentro del respeto riguroso de las garantías jurídicas que exige la tutela de los intereses públicos.
El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé la posibilidad de que los órganos de las diferentes administraciones públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas como propias en otros órganos de la misma Administración, aunque no sean jerárquicamente dependientes. En el mismo sentido se expresa el artículo 25.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, de conformidad con lo que establece el artículo 25.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Delegar en el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo la competencia relativa a las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados previstas en el artículo 8 del Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, que desarrolla el artículo 4 del Decreto 33/2018, de 19 de octubre, de determinación de ayudas urgentes y de carácter excepcional para reparar y paliar pérdidas y daños producidos por las lluvias en la comarca de Levante de Mallorca el día 9 de octubre de 2018.
2. Informar que esta Resolución será efectiva el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 18 de septiembre de 2019
El consejero de Movilidad y Vivienda
Marc Pons i Pons