Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 9125
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 17 de septiembre de 2019 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efecto de la adjudicación
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2016 se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas de empleo público aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015 (BOIB núm. 60, de 12 de mayo).
2. Por la Resolución de 4 de diciembre de 2017 se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 151, de 12 de diciembre).
3.Una vez finalizadas las pruebas selectivas citadas en el punto anterior, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Administraciones Públicas y Modernización la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden de prelación final.
4. El artículo 10.2 de la Resolución de 5 de mayo de 2016 establece: «... siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de un número igual de aspirantes que el de plazas convocadas, y con la finalidad de asegurar que se cubren, cuando se produzcan renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o la toma de posesión, el órgano convocante puede requerir al órgano de selección una relación complementaria de los aspirantes que siguen a los propuestos, por orden de puntuación, per a un posible nombramiento como funcionarios de carrera en sustitución de los que renuncien».
5. Mediante un oficio de 10 de septiembre de 2019, el director gerente de la EBAP de acuerdo con lo que establece la base citada en el punto anterior, solicitó al presidente del Tribunal Calificador una relación complementaria de las personas aspirantes que siguen a las propuestas, por orden de puntuación, para un posible nombramiento como funcionarias de carrera en sustitución de las que renuncien. En fecha 11 de septiembre de 2019 el presidente del Tribunal envió un escrito con la relación de personas aspirantes que han superado todos los ejercicios de la oposición y que siguen a las propuestas.
6. Mediante escritos de fecha 16 de septiembre de 2019 los señores Asier Gómez Cuevas, Antoni Juanico Soler y Adrián Efrén Jiménez Vega renuncian al proceso selectivo del cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dado que, en dicha fecha, han tomado posesión de un puesto de la misma especialidad en el cuerpo facultativo superior.
Por tanto, estas personas han de ser sustituidas por las siguientes según el orden de prelación de la relación de personas aspirantes que han superado los ejercicios facilitada por el Tribunal Calificador, que son las que figuran a continuación:
Magdalena Genovard Abad
Maria Beltran Molla
Diego Hellín Garcia
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma.
4. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.
6. Las bases 10.2, 12 y 13 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas de empleo público que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas las ofertas de empleo público aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.
7. La base 13 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 4 de diciembre de 2017 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la lista definitiva de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, al cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en la isla de Mallorca, con el orden de prelación final que figura en el anexo I de esta Resolución.
2. Publicar como anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas citadas, al efecto que soliciten el destino.
3. Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas han de presentar, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:
a) Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.
b) Una fotocopia compulsada del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleo o cargo público por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionario del cual hubiesen sido separados o inhabilitados, según el modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta a esta Resolución como anexo III.
En el caso de ser nacionales de otro Estado, acreditarán no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
d) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso. Cuando se trate de personal funcionario que haya participado en la modalidad de promoción interna, podrá presentar un certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la consejería competente en materia de vigilancia de la salud de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
e) Escrito en que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo que se ofrecen. La solicitud incluirá todos los puestos (anexo IV).
7. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que habrán de ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si del examen de esta se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada funcionaria y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8. Establecer que las plazas se han de adjudicar de acuerdo a los criterios siguientes:
‒ La adjudicación se efectuará según el orden final de prelación de las personas aprobadas para cada una de las islas, de acuerdo con la petición de destino y según los puestos vacantes ofrecidos.
‒ Las personas seleccionadas que hayan accedido al proceso selectivo mediante el sistema de promoción interna tienen preferencia, respecto de las personas que no procedan de este turno, para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 17 de septiembre de 2019
La consejera de Administraciones Públicas y Modernización
Isabel Castro Fernández
ANEXO I
Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, en el cuerpo facultativo técnico, escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Mallorca Turno libre
DNI Apellidos, nombre Puntuación orden
***1922* MAS FIOL, MIQUEL 22,639 1
***9711* BLANCH VICENS, VICTOR 21,138 2
***0924* GENOVARD ABAD, MAGDALENA 20,438 3
***7732* BELTRAN MOLLA, MARIA 19,482 4
***3809* HELLIN GARCIA, DIEGO 18,980 5
Mallorca Promoción interna vertical
DNI Apellidos, nombre Puntuación orden
***4985* REYES GONZALEZ, FRANCISCO 25,751 1