Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 8979
Bases específicas que regirán el proceso selectivo para contratar, con carácter temporal un técnico superior universitario especializado en gestión de proyectos para el área de proyectos R+D+i y comunicación (Referencia R+D+i TSUP01-19)
Primera. - La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.
Segunda. - Se ofrece un contrato temporal, grupo de clasificación A, con jornada completa de 37,5 horas semanales para prestar servicios en el área de proyectos R+D+i y comunicación de la Fundació Bit, situada dentro del ParcBit de Palma.
La jornada habitual se distribuye entre las 8:00h y las 15:30h.
El trabajo que se ofrece es la gestión de un proyecto europeo sobre compra pública innovadora y las tareas derivadas: seguimiento de plan de trabajo; gestión administrativa, económica y financiera; control de riesgos; gestión de la comunicación del equipo de trabajo y en el sí del consorcio internacional; ocasionalmente participará en tareas puntuales de otros proyectos. Absoluta disponibilidad para viajar. Incorporación inmediata con un contrato de obra y servicio con un máximo de tres años.
Se ofrece un salario bruto anual de 35.520,90.-€ distribuido en doce pagas.
Tercera. - El proceso de selección se realizará mediante una oferta de ocupación pública con la publicación en el BOIB y los candidatos tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad española o alguna otra de acuerdo con el artículo 57 de la E.B.E.P
- Tener 16 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni encontrarse inhabilitado de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que cumplían, en el supuesto de que hubieran sido separados, inhabilitados o despedidos disciplinariamente. En el caso de ser de nacionalidad de otro Estado, no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, al acceso a un lugar de trabajo en una entidad del sector público instrumental del Gobierno de las Islas Baleares
- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría laboral que se incluyen en la plaza ofrecida
- Licenciatura o Ingeniería y Máster o equivalente en cualquiera de las siguientes ramas de conocimiento: Ciencias, Ciencias de la salud, Ciencias sociales y jurídicas, Ingeniería y Arquitectura.
- Conocimientos de catalán, nivel mínimo B2.
- Conocimientos de inglés, nivel mínimo B2.
Cuarta. - El proceso de selección se realizará por una Comisión de Selección:
Presidente: Immaculada Salamanca Rosselló (titular) Jefe Área R+D+i Comunicación; Isabel Llodrà Riera (suplente) Jefe Área Cibersociedad
Vocal: Maria Paz Martínez Palomar (titular) Jefe de Proyectos R+D+i; Jaume Bagur Mora (suplente) T. Superior Experto Innovación
Secretaria: Raquel Díaz Martín (titular) Jefe Área Recursos Humanos; Sonia Plaza García (suplente) Técnico Recursos Humanos
Fase 1
Los aspirantes tendrán que aportar la documentación justificativa (original y fotocopia) en las oficinas de la Fundació Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, Parc-Bit, en el horario de 09:00h a 13:00h, todo esto sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) Solicitud de participación en el proceso (a disposición en la web de la Fundació Bit: http://blog.fundaciobit.org y en las oficinas de la entidad).
b) Fotocopia del D.N.I. o en el caso de no tener la nacionalidad española, documento acreditativo de la personalidad (N.I.E. o tarjeta de residencia).
c) Currículum vitae.
d) Certificación de la titulación exigida.
e) Nivel B2 de catalán. Acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por el órgano competente en materia lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o equivalente.
f) Nivel B2 de inglés. Acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), de las universidades, de la EBAP, otras escuelas de administración pública, por Cambridge University (First Certificate in English), Trinity College London (Integrated Skills in English), Diplomado Universitario especialista en lengua inglesa (maestro u otros) o equivalente.
Las personas interesadas en participar en la convocatoria disponen de 15 días naturales para presentar la solicitud, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de admitidos y excluidos con un plazo de 7 días naturales para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.
El Gerente de la entidad emitirá resolución con la lista definitiva de admitidos y empezará la siguiente fase.
Sólo los candidatos que cumplan con los requisitos pasarán a la fase 2.
Fase 2
1. Valoración de los conocimientos de idiomas:
• Nivel de catalán: C1 o C2 o D (0,25 puntos por título) con un máximo de 0,5 puntos.
El nivel de catalán se justificará con certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por el órgano competente en materia lingüística del Gobierno de las Islas Baleares, Escuela Balear de Administración Pública o equivalente.
• Nivel de inglés: C1 (0,25 puntos) o C2 (0,5 puntos) con un máximo de 0,5 puntos. Acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), de las universidades, de la EBAP, otras escuelas de administración pública, por Cambridge University (CAE, Certificate in Advanced English) o CPE (Certificate of Proficiency in English) , por Trinity College London (ISE - Integrated Skills in English III o IV), o C1 - Diplomado Universitario especialista en lengua inglesa (maestro u otros) o equivaliente o C2 - Licenciado en filología inglesa o Licenciado en traducción e interpretación: lengua inglesa.
2. Valoración de cursos de formación y perfeccionamiento:
Se valorarán acciones formativas como seminarios, congresos, jornadas de estudios, impartidos por administraciones públicas, la EBAP, universidades, colegios oficiales y por aquellos centros u organismos oficiales (Apartado 7.3.2. de la resolución de la consejera de Interior de día 30 de marzo de 2009, publicada al BOIB n.º 48, de 2 de abril de 2009, siguiendo los criterios que se establecen) que tengan una relación directa con las tareas del lugar convocado.
En cualquier caso, podrán valorarse aquellas acciones formativas que a juicio de la Comisión de Selección tengan una relación directa con las tareas del puesto convocado y que no se hayan impartido por ninguna de las organizaciones detalladas en el párrafo anterior.
En consecuencia, se valorarán los cursos relacionados con las materias siguientes:
• Gestión de la investigación, desarrollo e innovación (Rdi) o/y gestión de proyectos Rdi.
• Área de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), redes sociales y sociedad del conocimiento.
• Contratación administrativa.
• Calidad, función organizativa, procesos administrativos y cursos de liderazgo y de directivos
• Nueva gestión pública, gobierno digital y administración electrónica.
Cada crédito es equivalente a 10 horas de duración, o a la parte proporcional si la duración es menor.
Valoración de los méritos:
0,01 puntos por crédito, cuando el certificado acredite asistencia.
0,02 puntos por crédito, cuando el certificado acredite aprovechamiento.
0,03 puntos por crédito, cuando el certificado acredite docencia.
No se valorarán los certificados que no indiquen las horas de duración ni aquellos que correspondan a asignaturas de una carrera universitaria, los cursos de doctorado o los derivados de procesos selectivos.
Si se han realizado otros cursos, las materias de los cuales no figuren en la relación anterior, y a juicio de la Comisión pueden tener vinculación con las tareas del puesto de trabajo convocado, también se valorarán.
La puntuación máxima de este apartado relativo a las acciones formativas será de 1,5 puntos.
3. Valoración de estudios y títulos:
a) Títulos académicos:
1. Por cada titulación académica de segundo ciclo universitario o licenciado relacionada con el lugar de trabajo y distinta a la presentada como requisito: 1 punto.
2. Por cada titulación académica de diplomado universitario o equivalente relacionada con el lugar de trabajo: 0,50 puntos.
b) Otros títulos que tengan relación con las tareas del lugar de trabajo convocado:
1. Por títulos de posgrado universitario, especialistas y/o expertos universitarios de entre 300 y 600 horas: 0,25 puntos cada uno.
2. Por títulos de posgrado universitario, especialistas y/o expertos universitarios de entre 600 y 1000 horas: 0,50 puntos cada uno.
3. Por másteres universitarios: 1 punto.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos.
4. Entrevista personal: Se valorarán las competencias específicas que se requieren por la realización del trabajo. Máximo de 1 punto.
5. Experiencia laboral: máximo 4,5 puntos.
1. Por cada mes de servicios prestados como personal en un cuerpo o escala del grupo A, subgrupo A1 o como personal laboral ocupando una plaza de técnico superior en cualquier administración pública o empresa del sector público instrumental en tareas de gestión de proyectos de R+d+i o en contratación pública o en compra pública innovadora 0,070 puntos por mes, hasta un máximo de 4,5 puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados como personal en un cuerpo o escala del grupo A, subgrupo A2 o como personal laboral ocupando una plaza de técnico medio a cualquier administración pública o empresa del sector público instrumental en tareas de gestión de proyectos de R+d+i o en contratación pública o en compra pública innovadora 0,035 puntos por mes, hasta un máximo de 4,5 puntos.
3. Por cada mes de servicios prestados como personal nivel 1 en el sector privado en tareas de gestión de proyectos de R+d+i o en contratación pública o en compra pública innovadora 0,035 puntos por mes, hasta un máximo de 4,5 puntos.
4. Por cada mes de servicios prestados como personal nivel 2 en el sector privado en tareas de gestión de proyectos de R+d+i o en contratación pública o en compra pública innovadora 0,0175 puntos por mes, hasta un máximo de 4,5 puntos.
Concluida la valoración de méritos y la entrevista personal, la comisión de selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de siete días naturales, desde el día siguiente al de la publicación de la lista, para la presentación de alegaciones.
En el supuesto de que varios candidatos obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer la orden de prelación a la puntuación final, será el siguiente:
1. Ser mujer, debido a la representación inferior al 40%, del género femenino en la categoría de técnico superior en la Fundació Bit, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
2. Puntuación de experiencia en gestión de proyectos de R+D+i.
3. Puntuación de experiencia en compra pública innovadora.
La comisión de selección, los dos días hábiles siguientes, valorará las alegaciones y elaborará la lista definitiva que se elevará al Gerente para la resolución definitiva del proceso.
Toda la información del proceso de selección se publicará en la web de la Fundació Bit http://blog.fundaciobit.org y en las oficinas de la Fundació Bit en el ParcBit.
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio de que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.
Los criterios selectivos han sido aprobados por el Gerente de la Fundació Bit.
Palma, 17 de septiembre de 2019
El Gerente Álvaro Medina Ballester