Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 8910
Delegación presidencias comisiones informativas y nombramiento secretarios
Por Resolución de Alcaldía de día 10/09/19, la Sra. Alcaldesa acordó:
DELEGACIÓN DE LAS PRESIDENCIAS DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y NOMBRAMIENTO DE LOS SECRETARIOS/AS.
Este Ayuntamiento, mediante acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria celebrada día 12 de julio de este año, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, procedió a la creación y determinación de la composición de las Comisiones Informativas que, con carácter permanente o específico, tendrán que conformar su organización complementaria, a la vista de la nueva composición política de la Corporación derivada de los resultados electorales producidos de las Elecciones Locales de día 26 de mayo de 2019.
Dado que en conformidad con lo que dispone el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 76 de la Ley Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares que regula los grupos políticos municipales, todos los Grupos Políticos Municipales tienen derecho a participar, mediante la presencia de Regidores perteneciente a estos, en los órganos complementarios del Ayuntamiento que tengan por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que tengan que ser sometidos a la decisión del Pleno o a los órganos que actúen por su delegación, y el seguimiento de la gestión de la Alcaldesa, de la Junta de Gobierno Local y los Regidores que ostentan delegaciones.
Por todo esto, teniendo en cuenta el acuerdo de Pleno de día 12 de julio, y el contenido del artículo 21.3 de la Ley 7/85 de día 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía,
Resuelve:
PRIMERO.- Delegar las presidencias de las Comisiones Informativas de carácter permanente que a continuación se relacionan a los Regidores siguientes:
- La Comisión Informativa de Nuevas tecnologías, transparencia y acceso a la información:
* Presidente: Sr. Óscar Gómez Jiménez.
- La Comisión Informativa de Comercio, industria y turismo:
* Presidente: Sr. Jordi Vidal Pons.
- La Comisión Informativa de Cultura, fiestas y deportes:
* Presidente: Sr. Joan Antoni Serra Puig.
- La Comisión Informativa de Personal y orden interno:
* Presidenta: Sra. Noemí Gomila Carretero.
- La Comisión Informativa de Servicios sociales y sanidad:
* Presidenta: Sra. Noemí Gomila Carretero.
- La Comisión Informativa de Medio Ambiente:
* Presidente: Gonçal Àlvar Seguí Chinchila.
- La Comisión Informativa de Educación y Juventud:
Presidente: Sr. Jordi Vidal Pons.
- La Comisión Informativa de Seguridad y protección civil:
Presidente: Sr. Salvador Moragues Gomila.
SEGUNDO.- Delegar las presidencias de las Comisiones Informativas de carácter especial que a continuación se relacionan a los Regidores siguientes:
a) La Comisión Informativa de Aguas:
* Presidente: Sr. Gonçal Àlvar Seguí Chinchilla.
b) La Comisión Informativa de Vivienda y desahucios:
* Presidenta: Sra. Noemí Gomila Carretero.
c) La Comisión Informativa de CIVE personal:
* Presidenta: Sra. Noemí Gomila Carretero.
TERCERO: Nombrar como secretarios de las Comisiones informativas de carácter permanente y especial que a continuación se relacionan, por delegación del Secretario municipal, a las personas siguientes:
- La Comisión Informativa de Hacienda y patrimonio:
* Secretario: Sr. Manuel Benito Reviriego.
- La Comisión Informativa de Cuentas:
* Secretario: Sr. Manuel Benito Reviriego.
- La Comisión Informativa de Cultura, fiestas y deportes:
* Secretaria: Sra. Margarita Saura Bennasar.
- La Comisión Informativa de Personal y orden interno:
* Secretaria: Sra. Luisa Iglesias Blanco.
- La Comisión Informativa de CIVE personal:
* Secretaria: Sra. Luisa Iglesias Blanco.
CUARTO.- La delegación que se efectúa a favor de los Regidores en relación con la Presidencia de las mencionadas Comisiones Informativas, responde a lo que dispone el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, y tendrá efectos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución, siendo de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía.
QUINTO.- Comunicar la resolución a los Regidores afectados por ésta, entendiéndose aceptada la competencia delegada relativa a la Presidencia de las Comisiones Informativas de forma tácita, si dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación, así como a los Jefes de los diferentes Servicios Municipales para su conocimiento y efectos.
SEXTO.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre, y publicar el texto en el BOIB, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, y 21.3 de la Ley 7/85 de día 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Es Castell, 11 de septiembre de 2019
La Alcaldesa
Juana Escandell