Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 8878
Resolución de concesión de la convocatoria de ayudas al fondo para apoyar a los espacios de creación artística contemporánea y en las salas alternativas de exhibición de Mallorca 2019
BDNS: 439371
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística dictó el 6 de septiembre de2019 la siguiente resolución:
«1. CONCEDER la cantidad de 56.180,71 € a favor de las entidades que se relacionan en la tabla siguiente, y disponer el gasto a su favor, por los importes y los proyectos que se indican, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.33430. 77900 (línea 1 - 15.382,25 €) 20.33430.47906 (línea 2 - 20.798,46 €) 20.33430.78900 (línea 3 - 10.000,00 €) y 20.33430.48904 (línea 4 - 10.000,00 €) del ejercicio 2019.
Subvenciones concedidas
Exp |
Beneficiario |
NIF |
Proyecto subvencionado |
Línea |
Puntuación |
Presupuesto subvencionable |
Subvención concedida |
---|---|---|---|---|---|---|---|
001 |
Centre Cultural Casa Planas |
G57931297 |
Casa Planas |
3 |
42 |
20.000,00 |
10.000,00 |
002 |
Centre Cultural Casa Planas |
G57931297 |
Casa Planas Impuls a la creació |
4 |
42 |
20.000,00 |
10.000,00 |
007 |
Estudi Zero Teatre SCL |
F07276207 |
Millora Teatre Sans |
1 |
36 |
16.000,00 |
8.000,00 |
008 |
Estudi Zero Teatre SCL |
F07276207 |
Teatre Sans Espai de Creació |
2 |
36 |
17.200,00 |
8.600,00 |
004 |
6A Obra Gràfica SL |
B57052318 |
Passat/present i futur de l'art contemporani a Mallorca gràcies a les tècniques d'estampació tradicionals |
2 |
33,5 |
61.300,00 |
10.000,00 |
005 |
La Fornal Espectacles de Ferro |
B57182065 |
Millora espai Sala Fornal |
1 |
33,5 |
14.764,50 |
7.382,25 |
006 |
La Fornal Espectacles de Ferro |
B57182065 |
Sala Fornal |
2 |
33,5 |
4.396,93 |
2.198,46 |
2. DENEGAR LA SOLICITUD de subvención presentada por la Escuela de arte y Superior de Diseño de las Islas Baleares, dado que dicha entidad no cumple con los requisitos previstos en el punto tercero de la convocatoria no tiene naturaleza privada y, además, no pueden ser beneficiarios: escuelas, institutos, centros educativos o cualquier otro espacio que tenga por actividad la docencia o formación u otro tipo de actividad que no sea la estrictamente artística-cultural como actividad principal. La entidad solicitante tiene por objeto la enseñanza o docencia.
3. ANULAR las autorizaciones de gasto (A) por los importes que se señalan en la tabla siguiente, diferencia entre el importe autorizado y lo dispuesto por cada línea de esta convocatoria.
Nº A |
Aplicación presupuestaria |
Importe |
---|---|---|
220190000717 |
20.33430.77900 (linia 1) |
14.617,75 |
220190000715 |
20.33430.47906 (linlia 2) |
9.201,54 |
220190000718 |
20.33430.78900 (linia 3) |
20.000,00 |
220190000716 |
20.33430.48904 (linia 4) |
20.000,00 |
4. REVERTIR a las aplicaciones presupuestarias que se señalan los importes indicados, y anular las correspondientes retenciones de crédito (RC) por el mismo importe.
Nº. RC |
Aplicación presupuestaria |
Importe |
---|---|---|
220190000439 |
20.33430.77900 (linia 1) |
14.617,75 |
220190000006 |
20.33430.47906 (linlia 2) |
9.201,54 |
220190000438 |
20.33430.78900 (linia 3) |
20.000,00 |
220190000008 |
20.33430.48904 (linia 4) |
20.000,00 |
5. ORDENAR LA PUBLICACIÓN de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar la información de la resolución de esta convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.»
Recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante esta consejera ejecutiva o ante la presidencia, contado a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso .
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 9 de septiembre de 2019
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística Josep Mallol Vicens