Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 8875
Publicación de las bases que han de regir la convocatoria de subvenciones para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares y cargadores de vehículos eléctricos a las viviendas del término municipal de Ses Salines
Vista la propuesta de bases que han de regir la convocatoria de subvenciones para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares y cargadores de vehículos eléctricos a las viviendas del término municipal de Ses Salines presentadas por la Alcaldía.
El Pleno del Ayuntamiento de Ses Salines, en sesión ordinaria de dia10 de setiembre de 2019 acordó:
1. Aprobar bases que han de regir la convocatoria de subvenciones para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares y cargadores de vehículos eléctricos a las viviendas del TM de Ses Salines con la redacción que se relaciona a continuación:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA INSTALACIÓN DE PLACAS FOTOVOLTAICAS, SISTEMAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA TIPO ALTERNA O SIMILARES Y CARGADORES DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS A VIVIENDAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SES SALINES
De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Ses Salines para el ejercicio de 2019, se convoca la concesión de subvenciones relativas a la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares y cargadores de vehículos eléctricos a viviendas del término municipal de Ses Salines .
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de las presentes bases, es la regulación de la concesión de subvenciones, dentro de los límites establecidos en los presupuestos municipales, a viviendas situadas al término municipal de Sus Salinas destinados a uso de vivienda.
Serán subvencionables la instalación de placas fotovoltaicas y sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares, de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases.
Durante el ejercicio presupuestario de 2019, el Ayuntamiento de Sus Salinas destina a las ayudas objeto de esta convocatoria 50.000,00€ a cargo de la aplicación presupuestaria 150.78004 del presupuesto general de gastos para el año 2019.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
Las subvenciones a las cuales hacen referencia estas bases tienen carácter voluntario y eventual, son libremente revocables y reductibles en los supuestos previstos por la normativa de subvenciones y las presentes bases reguladoras, no generan ningún derecho a la obtención otras subvenciones en años posteriores (salvo que se hayan concedido con carácter plurianual) y no se podan a alegar como precedente.
El otorgamiento de las subvenciones se condiciona por el cumplimiento de la finalidad de interés general y tienen carácter no devolutivo.
La gestión de las subvenciones se efectuará de acuerdo con los principios de: publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no-discriminación, eficacia y eficiencia.
El procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria.
3.- BENEFICIARIOS
La subvención va destinada a cualquier vivienda ubicada al término municipal, y podrá solicitarla cualquiera ciudadano sea cual sea su relación con la vivienda (propietarios, locatarios, etc), siempre que esta esté situada dentro del término municipal. y de acuerdo con el punto 4 y 6 de esta convocatoria.
4.- ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
- Instalación de equipos generadores de electricidad, como los de energía fotovoltaica.
- Instalación que utilicen o puedan utilizar biomasa como combustible.
- Instalaciones de aerotèrmia, geotermia y hidrotermia.
Así mismo, obligatoriamente, la instalación tiene que incorporar algún instrumento donde pueda constatarse la energía instantánea que se está generando o ahorrando.
5.- LAS COMPATIBILIDADES
Las subvenciones serán compatibles con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados.
Además de la limitación establecida a punto 8 (la subvención no podrá ser mayor del 50% del presupuesto presentado), el importe de las subvenciones recibidas por diferentes administraciones no podrá superar el 75% del coste total del proyectos a desarrollar.
6.- LAS CONDICIONES Y LOS REQUISITOS
Los solicitantes, además de estar empadronados antes de la aprobación de estas bases, se tienen que encontrar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y la Agencia Estatal de Administración Tributaria; como también con la Seguridad Social y con las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, si procede.
No podrán concederse subvenciones por más de una vivienda, de un mismo propietario, excepto que lo solicite un inquilino de esta vivienda, y que acredite que está empadronado desde hace más de un año.
El estudio y concesión de las subvenciones se harán de acuerdo con la orden de la solicitud, y, con los límites establecidos a las presentes bases.
7.- LA DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR:
La documentación que se tiene que presentar con la s solicitud, es la siguiente:
a) Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
b) Modelos formularios, que constan de:
1. solicitud y hoja de datos de la persona solicitante (ANEJO I)
2. Memoria técnica de instalación, firmada por técnico titulado y presupuesto de la empresa instaladora, así como ANEJO II, debidamente rellenado.
c) Declaración responsable de estar al corriente en el desempeño de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social; de no haber pedido jefe otra subvención y/o ayuda otras instituciones públicas o privadas para las actividades o, si es el caso, relación de las pedidas con indicación de los importes; de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS (ANEJO III), acompañado de un certificado acreditativo del mismo.
d) Copia del recibo de contribución de la vivienda.
e) Autorización firmada por la persona solicitante para que el Ayuntamiento pueda realizar las inspecciones pertinentes a las inversiones objeto de la subvención.
f) En caso de que el solicitante no sea el propietario, tendrá que aportar autorización del propietario para realizar la instalación solicitada.
g) Copia de la solicitud de comunicación previa de obras (con dirección técnica) modelo 2, debidamente presentada y registrada en el Ayuntamiento.
La documentación que se tiene que presentar para justificar la subvención, es la siguiente:
- Copia de la factura/se.
- Copia del resguardo/s de pago bancario de la factura/se.
- Certificado del instalador y ANEJO IV debidamente rellenado.
8.- LA CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La cuantía máxima de la concesión será de 3.000€ por vivienda y propietario, y será abonada de acuerdo con las anualidades establecidas en su punto 1 de esta convocatoria.
La subvención que se otorgue no supondrá más de un 50% del presupuesto presentado.
La convocatoria se resolverá por orden de entrada de las solicitudes, hasta que se agote la cantidad establecida en su punto 1 de las presentes bases.
9.-OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
- El otorgamiento de las subvenciones se tiene que ajustar al régimen de incompatibilidades vigente, teniendo en cuenta las vinculaciones derivadas del derecho comunitario europeo
- Tiene que hacer la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
- Tiene que aceptar y cumplir la normativa aprobada por el Ayuntamiento y la restante normativa de aplicable.
- Hay que acreditar, con anterioridad al otorgamiento de la subvención, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social, si es el caso.
- Hay que justificar la aplicación de los fondos recibidos dentro de los plazos establecidos, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la subvención.
- Tiene que colaborar en las actuaciones de comprobación e información que haga el Ayuntamiento.
- Hay que conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- Hay que declarar las subvenciones recibidas del Ayuntamiento u otras administraciones o ente público en el último año.
Los beneficiarios de subvenciones restarán sometidos a las responsabilidades y el régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en la materia establece la normativa aplicable en materia de subvenciones y la Ley general presupuestaria.
El Ayuntamiento quedará exento de las responsabilidades civil, mercantil, laboral o de cualquier otro tipo derivadas de las actuaciones a que queden obligadas las personas o las entidades destinatarias de las subvenciones otorgadas.
El destino de las subvenciones concedidas no podrá alterarse en ningún caso por el beneficiario.
9. SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS
Si la solicitud o la documentación presentada es incorrecta o incompleta, el Ayuntamiento tiene que requerir el interesado porque rectifique o complemente el que sea necesario, quién lo tiene que hacer en el plazo de diez días, contador a partir del requerimiento correspondiente.
Si en este plazo el interesado no hace la rectificación reclamada o no presenta la documentación requerida, el Ayuntamiento considerará que el interesado ceja en la suya solicitud, después de haber tomado la resolución pertinente, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
10.- PLAZO
El plazo para presentar instancias es de 20 días desde la publicación de las bases al Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la Base Nacional de Subvencionas del Estado.
La concesión de la subvención se resolverá dentro del ejercicio 2019, las inversiones objeto de esta convocatoria se tienen que hacer en 2019, pudiendo ser justificadas hasta 31/01/2020.
Computa como fecha de solicitud la fecha de entrada en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Sus Salinas o en cualquier de los lugares que establece la normativa de aplicación.
ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
Datos del/de la representante
Apellidos y nombres NIF
En calidad de
Datos del solicitante
Solicitante CIF
Dirección Municipio
Teléfono Fax Código Postal
Correo electrónico:
SOLICITO
Una subvención de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para la instalación de placas fotovoltaicas, sistemas de eficiencia energética tipo alterna o similares y cargadores de vehículos eléctricos a viviendas del término municipal de Ses Salines .
I DECLARO:
1. Que son ciertos los datos que constan en esta solicitud y en los documentos que la acompañan.
2. Que cumplo y acepto todos los requisitos exigidos en las bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones.
, de de 2019
SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
ANEXO II PRESUPUESTO
Datos del/de la representante
Apellidos y nombres NIF
En calidad de
Datos del solicitante
Solicitante CIF
Dirección Municipio
Teléfono Fax Código Postal
Correo electrónico:
INGRESOS DEL PROYECTO
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TOTAL:
GASTOS DEL PROYECTO*
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TOTAL:
* En caso de que la factura presentada por la justificación del gasto, no se corresponda exactamente con el presupuesto presentado, se reducirá la subvención proporcionalmente. En caso de que la factura presentada por la justificación, sea de importe superior al presupuesto, no se alterará el importe concedido.
Ses Salines, de de 2019
Firmado,
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLERETS EN EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003 GENERAL DE SUBVENCIONES
SOLICITANTE |
Nombre y apellidos: |
DNI: |
En representación de: |
DNI: |
Dirección de notificación: |
Localidad: |
Código postal: |
Municipio: |
INFORMACIÓN ADICIONAL |
Teléfono: |
Correo electrónico: |
DECLAR SOTA LA MEVA RESPONSABILITAT:
A) Que la entidad está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado.
B) Que la entidad no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
C) Que todas las subvenciones recibidas por la instalación • instalación sol • licitada han sido reflejadas en el Anexo II.
En caso de que sea concedida la subvención, y antes del pago, aportaré certificados acreditativos de los puntos A) y B).
Ses Salines, ..... de ................................. de 2019
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SES SALINES (ILLES BALEARS)
ANEXO IV RELACIÓN DE JUSTIFICANTES
Datos del/de la representante
Apellidos y nombres NIF
En calidad de
Datos del solicitante
Solicitante CIF
Dirección Municipio
Teléfono Fax Código Postal
Correo electrónico:
ORDEN FACTURA |
NÚM. |
FECHA |
IMPORTE |
FECHA DE PAGO |
CONCEPTO |
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TOTAL:
Esta cuenta justificativa corresponde al coste total definitivo de la ayuda arriba indicada, los justificantes se adjuntan anexos en esta relación. (Se aporta copia de la factura, y justificantes de la / las transferencias bancarias efectuadas por el pago de la misma)
Ses Salines, de 2019
Signatura
AUTORTITZACIÓN PROPIETARIO PARA REALIZAR INSPECCIONES
Datos del/de la representante
Apellidos y nombres NIF
En calidad de
Datos del solicitante
Solicitante CIF
Dirección Municipio
Teléfono Fax Código Postal
Correo electrónico:
AUTORIZO al Ayuntamiento de Ses Salines a realizar las comprobaciones que considere oportunas.
, de de 2019
2. Publicarlas en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, en el tablón de edictos de la Corporación, en la página web del Ayuntamiento y en la Base Nacional de Subvenciones.
Ses Salines, 11 de septiembre de 2019
El alcalde Juan Rodríguez Ginard