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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8811
Encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV)) para llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y vallas de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y baños portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa

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Texto

Seguidamente se hace pública la Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, número 2019000002 de fecha 2 de agosto de 2019, del tenor literal siguiente a los efectos oportunos:

Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio

Es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, fomentar todas aquellas iniciativas que permiten, a los habitantes de la isla de y a todos aquellos que la visiten, acceder a la cultura en las diversas manifestaciones que esta se puede dar.

En este sentido, el día 31 de julio de 2019, se dispuso la incoación del expediente para la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa.

El Consell ejerce competencias en materia de animación y promoción cultural, asumidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, del Parlamento de les Illes Balears de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes.

El Decreto de Presidencia núm. 2019000471 de estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos, (BOIB núm. 95, d'11-07-19) establece que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio “Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de cultura, actividades artísticas, educación, promoción y animación sociocultural, museos, archivos, bibliotecas, depósito legal de libors, normalización lingüística y patrimonio cultural, histórico y monumental [...] Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados en los diferentes centros propiedad del Consell Insular”.

Por esto, es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan un enriquecimiento cultural, tanto para sus habitantes como para las personas visitantes, y que favorezcan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

Asimismo, el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión celebrada el día 14 de junio de 2007, adoptó el acuerdo de declarar las Festes de la Terra como fiesta de interés cultural (FIC) (BOIB 122 d'11/08/2007).

Dentro de las actividades y características que componen la fiesta declarada de interés cultural está la realización de un castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto, San Ciriaco, en conmemoración de la conquista del año 1235.

La realización de este espectáculo pirotécnico implica que el Consell Insular tenga que buscar una empresa que se encargue de llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa.

Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razón de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para su realización, y el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Dado que el Consell Insular d'Eivissa no cuenta con los medios suficientes para llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa.

Considerando que Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, y de acuerdo con el artículo 1 bis de sus estatutos tiene “la condición de medio propio del Consell insular d'Eivissa (...)”. Asimismo, el artículo 1.2 establece que “El Consell insular d'Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que,

Constituye el objeto de la sociedad:

1. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

  • Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

  • Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y reconversión turística.

2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Eivissa mediante:

  • La gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de tipo público como privado (...)”.

El Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular d'Eivissa a sus medios propios.

Asimismo, el encargo debe cumplir con lo establecido en el acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previsto en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión de fecha 29.11.2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Visto que en fecha 12 de marzo de 2019, expediente núm. 2/201900000638, se hizo la preceptiva RC que dota de crédito el encargo de gestión directa y eventual para llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa.

Visto el informe técnico favorable, de fecha 1 de agosto de 2019 sobre los criterios económicos y de eficacia que justifican que se encargue a Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (FECOEV) llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos , papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa, que prevé la posibilidad que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, que el importe de estas prestaciones no excede del 50% de la cuantía del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

En fecha 1 de agosto de 2019 se emite memoria técnica donde se concretan tanto las características de los trabajos que se han de encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Asimismo, visto el informe jurídico favorable de fecha 1 de agosto de 2019, con le visto y conforme del secretario general de la corporación, en relación al encargo de gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado, (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, (FECOEV)) para llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos , papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa.

De conformidad con el apartado primero c del Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16 de julio, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 98, de 17-07-19), por razón del importe, corresponde a la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio la aprobación del encargo de gestión a un medio propio personificado.

Visto, que este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, (FECOEV) para la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos , papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa, se realizará de conformidad con la legislación vigente que sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

Vista la propuesta de resolución de fecha 2 de agosto de 2019 y el informe favorable de fiscalización previo, preceptivo y necesario, de fecha 2 de agosto de 2019.

En virtud de todo lo anterior, y de las atribuciones que tengo conferidas por el Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 98 de 17/07/19)

 

RESUELVO:

Primer. APROBAR el encargo de gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, FECOEV) para la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos , papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa, con un importe máximo de 19.058,36 € (DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y OCHO EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS), en los términos establecidos en la memoria técnica siguiente:

"MEMORIA TÉCNICA

1. Objeto

El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, dentro de los actos conmemorativos de las Festes de la Terra 2019, tiene previsto llevar a cabo la realización de un espectáculo pirotécnico de fuegos artificiales, el día 8 de agosto de 2019, a las 24.00 horas en el muro viejo de Puerto de Ibiza.

Con motivo del lanzamiento de este castillo de fuegos artificiales, se hace necesaria la realización de una serie de trabajos marcados por la Autoridad Portuaria para el cumplimiento del dispositivo de seguridad.

El objeto de este encargo es la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y barreras de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y aseos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales que tendrá lugar el día 8 de agosto de 2019, a las 24.00 horas en el muro viejo del Puerto de Eivissa. Estos trabajos se deberán de realizar conforme a las siguientes instrucciones marcadas por la Autoridad Portuaria:

1.1. Por lo que respecta a la zona del muro viejo del Puerto de Eivissa (Muelle Sur):

- suministro y colocación y posterior retirada de 350 metros lineales de barreras a lo largo del puerto que se deberán colocar en las zonas marcadas en la fotografía núm. 1 para delimitar el vial de emergencia, el límite de seguridad del público, delimitación de la zona de organización y el límite de la zona de lanzamiento.

- colocación y posterior retirada de carteles indicadores con recomendaciones al público, suministrados por el Consell Insular d'Eivissa, en los lugares marcados en las fotografías núm. 1 y 3.

- subministro, colocación y posterior retirada de una carpa de 4,5 x 3m, con una mesa y cuatro sillas al lado de la ET situada en la zona del límite de seguridad del público.

- limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos artificiales (zona muro viejo del puerto de Eivissa, hasta la barrera de color naranja de la fotografía núm. 1 que se adjunta). La prohibición de acceso a la zona finaliza a las 02:00 h del día 09/08/19, momento a partir del cual se deberá de proceder a la limpieza de la zona.

Estos trabajos se deberán de realizar en dos fases:

Fase 1 - Cerramiento de seguridad zona Muelle Adosado e instalación de una carpa con una mesa y cuatro sillas junto a la ET. Colocación de los correspondientes carteles indicadores.

El día 07/08, a la hora que se deberá coordinar con la Autoridad Portuaria, se iniciarán los trabajos de cerramiento de seguridad a la zona donde se instalarán los artefactos para el lanzamiento del castillo de los fuegos artificiales. Durante esta fase no podrán atracar barcos en esta zona hasta la finalización del operativo, que se prevé a las 2.00 h del día 09/08. La zona deberá quedar totalmente limpia y despejada el día 09/08, a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria.

Las empresas que realizarán los trabajos en esta fase serán FECOEV, la empresa de limpieza, la empresa de pirotecnia y la empresa de vigilancia privada contratadas para el acontecimiento.

Fase 2 - Cierre del Muelle de Levante, alineación carril bici y línea de farolas. Se empezará a montar el día 08/08 a la hora que se deberá coordinar con la Autoridad Portuaria. El desmontaje se realizará el día 09/08 a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria.

1.2. Por lo que respecta a la zona del Muelle comercial:

- suministro, colocación y posterior retirada de 330 metros lineales de vallas en la zona marcada en la fotografía núm. 2 para delimitar el espacio para el público.

- colocación y posterior retirada de bloques de hormigón (cerramiento New Jersey) suministrado por la Autoridad Portuaria para delimitar la zona de peatones de la de vehículos

- colocación y posterior retirada de carteles indicadores con recomendaciones para el público y delimitando el vial para peatones y del vial para los vehículos, suministrados por el Consell Insular d'Eivissa, en los lugares marcado en las fotografías núm. 2 y 3.

- colocación y posterior retirada de papeleras en la zona de ocupación.

- instalación y posterior retirada de 11 baños portátiles (5 para hombres, 5 para mujeres + 1 baño adaptado) en la zona marcada en la fotografía núm. 2.

- Limpieza posterior de la zona

Estos trabajos se deberán realizar en tres fases:

Fase 1 - Cerramiento con New Jersey existente, limpieza y retirada de otras New Jersey. Instalación de baños portátiles. Se puede comenzar con estos trabajos cuando se considere oportuno. El desmontaje se deberá realizar el día 09/08 a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria, momento en que deberá de estar todo el cerramiento New Jersey colocado retirado y recolocado en la alineación existente inicialmente.

Fase 2 - Cerramiento del carril para peatones en toda su longitud (excepto en la zona de giro de plataformas, que se hará en la fase 3). Estos trabajos se pueden iniciar el día 07/08. El desmontaje se hará el día 09/08 a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria.

Fase 3 - Cerramiento con New Jersey para impedir el acceso a la zona autorizada de vehículos. Se deberá de proceder a la instalación del cerramiento para peatones de acceso a los acantilados de los muelles Ro-ro Levante y Ro-ro Sur y a la colocación de las papeleras en la zona de ocupación. Estos trabajos se deberán iniciar el mismo día 08/08 a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria y deberá quedar desmontado el día 09/08 a la hora que se deberá de coordinar con la Autoridad Portuaria y siempre que se haya dado por finalizado el dispositivo de seguridad.

Para la realización de los trabajos anteriores y posteriores al lanzamiento del castillos de fuegos artificiales se deberá de estar siempre en coordinación con la Autoridad Portuaria, con la finalidad de producir las menores molestias posibles a terceros y con tal de cumplir con el dispositivo de seguridad marcado para el acontecimiento. Así mismo, por indicación de Autoridad Portuaria los trabajos de limpieza y retirada de material posteriores al lanzamiento del castillos de fuegos artificiales se deberán realizar lo antes posible para que a la mañana siguiente la zona esté recogida y operativa.

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (en adelante FECOEV), con NIF: A-07837602, es una entidad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción cultural.

Esta entidad tiene el carácter de medio propio y dispone de medios para poder ejecutar estos trabajos con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, dentro de los actos conmemorativos de las FESTES DE LA TERRA 2019, todo ello teniendo en cuenta que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevar a cabo este trabajo.

De conformidad con la instrucción de Secretaría del Consell Insular, aprobada por el Consejo Ejecutivo en fecha 13.05.2013, el Consell Insular puede encargar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia. Así mismo, el presente encargo cumple lo establecido en el Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión de fecha 29.11.2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Es por todo lo anterior que el Consell Insular d'Eivissa, mediante el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio propone que se encargue a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y vallas de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y lavabos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en la ciudad de Eivissa, previsto dentro de los actos conmemorativos de las Festes de la Terra 2019.

3. Justificación y necesidad

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán las competencias relacionadas en el Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la comunidad autónoma de les Illes Balears en materia de cultura, entre las que se encuentra el fomento de todas aquellas iniciativas que en la isla supongan en enriquecimiento cultural, tanto para sus habitantes como para las personas visitantes, y que favorezcan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

El Decreto de Presidencia núm. 2019000471 de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos, (BOIB núm. 95, de 11-07-19) establece que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio “Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias del cultura, actividades artísticas, educación, promoción y animación sociocultural, museos, archivos, bibliotecas, depósito legal de libros, normalización lingüística y patrimonio cultural, histórico y monumental [...] Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados en diferentes centro propiedad del Consell Insular”.

Por esto, es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

Así mismo, el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión celebrada el día 14 de junio de 2007, adoptó el acuerdo de declarar las Festes de la Terra como fiesta de interés cultural (FIC) (BOIB 122 de 11/08/2007).

Dentro de las actividades y características que componen la fiesta declarada de interés cultural está la realización de un castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto, San Ciriaco, en conmemoración de la conquista del año 1235.

4. Plazo de duración

La duración de las actuaciones a encargar son del 7 de agosto de 2019 al 9 de agosto de 2019 (ambos incluidos). No obstante esta encomienda desplegará sus efectos desde el momento de la notificación a la entidad encargada, lo cual supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

Este encargo tendrá vigencia hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano que hará el seguimiento de la encomienda que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 30 de septiembre de 2019.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

CONCEPTO

IMPORTE

15 % proveedor externo

TOTAL

FECOEV

PUERTO DE VILA

Colocación de unos 350 m lineales de vallas a lo largo del puerto

1 carpa, mesa y sillas para el personal de organización y seguridad

MUELLE COMERCIAL

Colocación de unos 330 m lineales de vallas

11 baños portátiles (10+ 1). No incluye mantenimiento ni limpieza durante el acontecimiento

COLOCACIÓN DE CARTELES INFORMATIVOS PARA EL PÚBLICO

Los carteles los proporciona el Consell e indica el lugar de colocación

Se prevé hacer el traslado del material los días previos en horario de 8 a 14 h y la colocación el mismo día 8 de agosto por la mañana según las indicaciones del Consell d'Eivissa

GESTIÓN

Tarea de coordinación entre Consell d'Eivissa, Autoridad Portuaria, Valoriza y Fecoev para los trabajos encomendados

8.931,00 €

 

8.931,00 €

PROVEEDOR EXTERNO

Adecuación de infraestructuras en el muelle comercial: barreras de hormigón

Limpieza posterior de la zona del lanzamiento de los fuegos artificiales

Limpieza posterior del muelle comercial y el acceso para peatones

Colocación de papeleras en el muelle comercial y a lo largo del acceso para los peatones

8.806,40 €

1.320,96 €

10.127,36 €

TOTAL

17.737,40 €

1.320,96 €

19.058,36 €

El Consell Insular d'Eivissa destinará a la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y vallas de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y lavabos portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos que tendrá lugar el día 8 de agosto de 2019, a las 24.00hr en el muro viejo del Puerto de Eivissa la cantidad de 19.058,36 € (DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y OCHO EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS) para el encargo de gestión directa y eventual a FECOEV, en los mismos términos que se han detallado antes.

Esta cantidad irá con cargo a la retención de crédito núm. 2019000000638 realizada en fecha 12/03/2019 en la aplicación presupuestaria 3340 22609 del ejercicio presupuestario del año 2019, para gastos varios de programación cultural, entre otros, y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice en ejecución de las acciones objeto de esta encomienda.

 

​​​​​​​6. Forma de pago

El pago de las cantidades relativas a los gastos objeto de este encargo se realizará cuando se presente la factura detallada, justificativa de los gastos realmente realizados.

No obstante, el Consell Insular podrá requerir en cualquier momento la documentación que estime oportuna justificativa de los gastos facturados en caso de que no quede suficientemente detallado en la factura presentada.

En cualquier caso, se tendrá que estar al plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de este encargo.

La factura se presentará a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular d'Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación: Consell Insular d'Eivissa

                         Av. d'Espanya, 49

                         07800 Eivissa

                         NIF: S 0733001 B

 

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

 

Promoción Cultural

L03070006

LA0007848

LA0005716

El Consell Insular d'Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de este encargo.

FECOEV inhibirá de tota responsabilidad al Consell Insular d'Eivissa.

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando el encargo se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consell Insular d'Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración del encargo y no afecte a actuaciones ya realizadas. Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga del encargo deberá quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

8.- Director de la encomienda

Como director para la verificación de la ejecución de la encomienda se propone el nombramiento del funcionario del Consell Insular d'Eivissa, Juan Antonio Torres Planells.

 

​​​​​​​9.- Régimen jurídico aplicable

Este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV) para llevar a cabo la prestación del servicio para la colocación y posterior retirada de bloques de hormigón y vallas de seguridad en diferentes lugares de la zona portuaria para delimitar las zonas de seguridad marcadas por la Autoridad Portuaria, limpieza posterior de la zona de lanzamiento de los fuegos, así como la colocación de carteles informativos, papeleras y baños portátiles necesarios con motivo del lanzamiento del castillo de fuegos artificiales el día 8 de agosto de 2019, en el municipio de Eivissa, se realizará de conformidad con la legislación vigentes que le sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encomendado tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los cuales pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas por lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y en el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales, que sea de aplicación.

Segundo. APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo, con un importe máximo de 19.058,36 € (DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y OCHO EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS) con cargo al expediente contable núm. 2/201900000638, en los términos previstos en la memoria transcrita en el punto anterior.

Tercero. NOMBRAR al Sr. Juan Antonio Torres Planells, funcionario del Consell Insular d'Eivissa, director para la verificación de la ejecución del encargo.

Cuarto.- NOTIFICAR el acuerdo que se adopte a la entidad interesada.

Quinto. PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el perfil del contratante de la Plataforma de contratación del sector público, de acuerdo con el artículo 63.6 y 347 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

 

Eivissa, 9 de septiembre de 2019

El secretario general acctal , del Consell Insular d'Eivissa

Antoni Riera Buforn

Documentos adjuntos