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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8759
Procedimiento ordinario 852/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO 0000852 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ERNESTO QUIROS ESCALERA contra la empresa representante legal ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES SLU en representación de ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES SLU, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA: 00228/2019

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNODE PALMA DE MALLORCA

PROCEDIMIENTO NÚMERO 852/2017

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve.

Vistos por mi, Elena Lillo Pastor, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social número Uno de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio sobre reclamación de cantidad seguidos ante este Juzgado con el número 852/2017, a instancia de D. ERNESTO QUIROZ ESCALERA, asistido jurídicamente por el Letrado Sr. Pablo Alonso de Caso Lozano, contra la entidad ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES, S. L. U..

FALLO

ESTIMAR la demanda interpuesta por D. ERNESTO QUIROZ ESCALERA, contra la entidad ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES, S. L. U., CONDENANDO A LA PARTE DEMANDADA a los siguientes pronunciamientos:

1.-Al pago de la suma de 1.041 euros.

2.-Al pago por la entidad demandada del interés previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe RECURSO ALGUNO, según lo dispuesto en el artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilustrísima Sra. Magistrada-Juez que la dictó, hallándose celebrado audiencia pública, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a representante legal ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES SLU en representación de ROGAEX PROYECTOS Y EDIFICACIONES SLU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Palma, 3 de septiembre de 2019.

El/la letrado/a de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.