Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 8737
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de septiembre de 2019 por el que se da por enterado de los nombramientos y ceses de los órganos unipersonales de dirección de los Servicios Centrales y de las gerencias territoriales del Servicio de Salud de las Illes Balears
El último párrafo del artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental del Gobierno de las Illes Balears, dispone que «en todo caso, el nombramiento o la contratación y el cese de cualquiera de estos órganos unipersonales de dirección, cuando no correspondan al Consejo de Gobierno, deberán comunicarse a este órgano en el plazo máximo de siete días, y los acuerdos por los que el Consejo de Gobierno se dé por enterado deberán publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días».
Por otro lado, el Decreto 63/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears ―que ha derogado el Decreto 81/2015, de 25 de septiembre―, dispone en su artículo 3.6 que «Dentro de la estructura de los Servicios Centrales del Servicio de Salud, son órganos unipersonales de dirección la Dirección de Asistencia Sanitaria, la Dirección de Gestión y Presupuestos, la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y la Dirección de Área de Coordinación Administrativa. Las personas titulares de dichos órganos unipersonales de dirección deben ser nombradas y separadas libremente por medio de una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de salud, sin perjuicio de que deba formalizarse también un contrato laboral especial de alta dirección».
Asimismo, el artículo 3.7 del mismo decreto establece que «Dentro de la estructura territorial del Servicio de Salud, son órganos unipersonales de dirección las gerencias territoriales. Las personas titulares de las gerencias territoriales deben ser nombradas y separadas libremente por medio de una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de salud, sin perjuicio de que deba formalizarse también un contrato laboral especial de alta dirección».
De la modificación de la estructura orgánica operada por la aprobación del Decreto 63/2019 se han derivado una serie de ceses y nuevos nombramientos de personas titulares de los antiguos órganos directivos suprimidos y nuevos órganos directivos creados, cuya competencia de nombramiento corresponde a la persona titular de la Consejería de Salud y Consumo.
Por otra parte, los contratos de alta dirección firmados por dichos órganos directivos disponían expresamente que quedarían extinguidos automáticamente por razón del cese de la persona que los había nombrado. Los decretos de la presidenta de las Illes Balears 8/2019 y 10/2019, ambos de 2 de julio, determinaron el cese y el nuevo nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, entre los cuales el de la persona titular de la Consejería de Salud y Consumo, lo cual determinó la extinción de aquellos contratos.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión de 6 de septiembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero
a) Darse por enterado del cese de los órganos unipersonales de dirección de los Servicios Centrales del Servicio de Salud:
b) Darse por enterado del cese de los órganos unipersonales de dirección de las gerencias territoriales del Servicio de Salud:
Segundo
a) Darse por enterado del nombramiento de los órganos unipersonales de dirección de los Servicios Centrales del Servicio de Salud:
b) Darse por enterado del nombramiento de los órganos unipersonales de dirección de las gerencias territoriales del Servicio de Salud:
Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 6 de septiembre de 2019
La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra