Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 8703
Corrección de un error en la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores
1. El 10 de agosto de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 110, la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.
2. Posteriormente a la publicación se ha advertido un error en el apartado 10 de esta Resolución en la que falta una de la secciones presupuestarias de los organismos autónomos, en concreto, la sección 79, correspondiente al Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL).
3. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. La rectificación de errores ha de especificar, en su caso, los efectos jurídicos que se derivan y se ha de notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que se hayan notificado o publicado.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Rectificar la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de signatura en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, en el sentido de incluir en el apartado 10, la sección presupuestaria 79, correspondiente al IBASSAL:
10. Delegar en los secretarios generales de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en los órganos equivalentes o, en su defecto, en el director de cada uno de los organismos autónomos correspondientes a las secciones presupuestarias 73, 76, 77, 78 y 79 la suscripción de los documentos contables que se deriven de las resoluciones de los procedimientos de devolución de ingresos indebidos a que se refiere el artículo 63.4 c) del Decreto 75/2004.
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos, una vez publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a partir del día 5 de agosto de 2019.
Palma, 2 de septiembre de 2019
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau