Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8583
Procedimiento ordinario 400/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO 0000400 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª DANIEL DIAZ ZAMORA contra la empresa CR VALENCIA SOLUTIONS 2014 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00401/2018

PROCEDIMIENTO NÚMERO 400/2017

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho.

Vistos por mi, Elena Lillo Pastor, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social número Uno de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio sobre reclamación de cantidad seguidos ante este Juzgado con el número 400/2017, a instancia de D. DANIEL DÍAZ ZAMORA, asistido jurídicamente por la Letrada Sra. Bárbara Martí Mora, contra la entidad CR VALENCIA SOLUTIONS 2014, S. L.

FALLO

ESTIMAR la demanda interpuesta por DANIEL DÍAZ ZAMORA contra la entidad CR VALENCIA SOLUTIONS  2014, S. L., CONDENANDO A LA PARTE DEMANDADA a los siguientes pronunciamientos:

1.- Al pago al actor de la cantidad de 2.464'10 euros.

2.- Al pago por la entidad demandada del interés previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Y lo anterior, con imposición a la parte demandada de multa por importe de 100 euros, así como el abono de los honorarios del Letrado generados por la parte actora.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe RECURSO ALGUNO, según lo dispuesto en el artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.  

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilustrísima Sra. Magistrada-Juez que la dictó, hallándose celebrado audiencia pública, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CR VALENCIA SOLUTIONS 2014 SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Palma, 30 de julio de 2019.

La letrada de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.