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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7419
Procedimiento ordinario 346/2017

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Dª María Borrás Sansaloni, en nombre y representación de banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Dª Larissa Soutchkova y declaro la resolución del contrato de financiación que vincula a las partes condenando a la demandada al pago de la totalidad de las cantidades debidas a la actora por principal así como por intereses ordinarios devengados hasta la fecha de interposición de la demanda por un total de 87907,63 euros así como de los intereses moratorios que se devengaren desde la interpelación judicial y hasta el completo pago de las cantidades adeudadas a la demandante y que, asimismo, y ordeno la realización del derecho de hipoteca mencionado en el hecho segundo de la demanda sobre la finca registral nº20827 inscrita en el registro de la propiedad nº3 de Palma y, para el caso de que no se paguen las cantidades adeudadas, proceder en ejecución de sentencia a la venta en pública subasta del inmueble hipotecado, de forma que el producto de la venta del inmueble sea destinado al pago del crédito garantizado en el importe a cuyo pago venga condenado el prestatario en la sentencia, incluyendo los pronunciamientos relativos a los intereses moratorios devengados tras la interpelación judicial, con la prelación derivada de la garantía hipotecaria, todo ello sin perjuicio del derecho que asiste a la actora a continuar la ejecución contra la demandada, por su responsabilidad personal y universal hasta el completo pago del importe adeudado que en su caso no se hubiere satisfecho con la ejecución de la hipoteca.

Condeno en costas al demandado.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el Banco Santander.

Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de LARISSA SOUTCHKOVA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Palma, 10 de julio de 2019

El/la letrado de la Administración de Justicia