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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 8525
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 26.8.2019, relativo a la concesión de ayudas a deportistas estudiantes en centros de tecnificación deportiva de fuera de la isla de Menorca para el año 2019 (Exp. 2717-2019-000001)

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Texto

Visto el acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en la sesión de carácter ordinario de día 21 de mayo de 2019, en relación con la aprobación de las bases y la convocatoria de ayudas para deportistas estudiantes en centros de tecnificación deportiva fuera de la isla de Menorca para el año 2019, publicadas en el BOIB número 72 de fecha 30 de mayo de 2019;

Atendidas las solicitudes presentadas durante el plazo establecido en la convocatoria;

Dado que se ha revisado la documentación presentada para comprobar administrativamente el cumplimiento de los requisitos exigidos;

De acuerdo con el informe del instructor de día 1 de agosto de 2019;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

ACUERDO:

Primero.- Conceder a los beneficiarios que se indican, con las condiciones expresadas en el informe del instructor, las subvenciones que se relacionan a continuación:

Núm. de expediente

Beneficiario

Cantidad

1

DAVID SÁNCHEZ CARDONA

625 €

2

ÁLVARO GESTOSO HERNÁNDEZ

625 €

3

ANTONI ALLÈS COLL

625 €

4

JORDI TORRES FLORIT

625 €

5

CLARA LLUFRIU RUBIALES

625 €

6

PERE JOAN PONSETÍ MESQUIDA

625 €

7

ADELA BORBOLLA MUÑOZ

625 €

8

MANUEL BARBER PONCIANO

625 €

9

ANDREA FERNÁNDEZ PULIDO

625 €

10

JOEL JAUME PELEGRIN

625 €

11

ANGUS JOHN PELEGRIN

625 €

12

ARNAU CALSAPEU CODINA

625 €

13

TANIT CALSAPEU CODINA

625 €

14

SEBASTIÀ PONS TRIAY

625 €

15

ADRIÀ GONZALEZ MEDINA

625 €

16

RAMIRO FOGUET ROJAS

625 €

Segundo.- Comunicar este acuerdo a los beneficiarios y publicar el edicto correspondiente en el BOIB.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 29 de agosto de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo ​​​​​​​Octavi Pons Castejón