Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 8524
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 26.8.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria para la concesión de ayudas a deportistas menorquines o residentes en la isla de Menorca destacados en deportes individuales durante el año 2018 (Exp. 2710-2019-000001)
La Ley 3/1995, del deporte balear, en su exposición de motivos, destaca que el deporte es una función social que favorece el desarrollo completo y armónico del ser humano, posibilita su formación integral y contribuye a la consecución, en todos los órdenes, de una mayor calidad de vida.
Esta convocatoria persigue el objetivo final de promover y apoyar a los deportistas menorquines o residentes en la isla de Menorca, destacados en 2018 en deportes individuales.
El Pla Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2019 del Consejo Insular de Menorca prevé esta línea de ayuda para deportistas menorquines o residentes a la isla de Menorca destacados en el año 2018 en deportes individuales, con una dotación de 20.000 euros.
En conformidad con la normativa básica aplicable al Consejo Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo que establecen las Bases de Ejecución del Presupuesto de esta administración;
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;
ACUERDO:
Aprobar la convocatoria de ayudas del CIME para menorquines o residentes en la isla de Menorca destacados en el año 2018 en deportes individuales, que se regirá por las bases aprobadas por el CEX de día 13-03-2017 y publicadas en el BOIB n.º 44 de 13 de abril del año 2017, cambiando el año 2016 por el año 2018 y aumentando el importe de la subvención por deportista, de acuerdo con las condiciones siguientes:
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo.
Partida |
Cuantía máxima |
3410.4890022 |
20.000,00 euros |
El importe máximo por deportista es de de 4.500,00 €.
Este importe únicamente podrá ampliarse en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.
b) El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
c) El órgano instructor es la jefa del Servicio de Deportes del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 29 de agosto de 2019
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón