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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 8539
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de agosto de 2019 de rectificación de un error material advertido en el Decreto 26/2019, de 12 de abril, por el cual se establece la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifica la Orden del consejero de Agricultura, Comercio e Industria, de 15 de junio de 1999, por la cual se establece la Reserva Marina del Nord de Menorca, comprendida entre la Punta des Morter, la Illa dels Porros y el Cap Gros, y se regulan las actividades a desarrollar

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Texto

El 13 de abril de 2019 se publicó el Decreto 26/2019, de 12 de abril, por el que se establece la Reserva Marina de la Illa de l'Aire y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifica la Orden del consejero de Agricultura, Comercio e Industria de 15 de junio de 1999 por la que se establece la Reserva Marina del Nord de Menorca, comprendida entre la Punta des Morter, la Illa dels Porros y el Cap Gros, y se regulan las actividades a desarrollar.

Dado que se ha advertido en él un error material, al no coincidir las coordenadas geográficas establecidas en los artículos 1 y 2 del Decreto y las indicadas en la cartografía del anexo —que son las correctas—, se considera necesario rectificar el error y publicar su rectificación.

De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las administraciones podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que ha dictado el acto o la disposición. La rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la sesión del día 30 de agosto de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Rectificar el error material advertido en los artículos 1 y 2 del Decreto 26/2019, de 12 de abril, por el que se establece la Reserva Marina de la Illa de l'Aire y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifica la Orden del consejero de Agricultura, Comercio e Industria de 15 de junio de 1999 por la que se establece la Reserva Marina del Nord de Menorca, comprendida entre la Punta des Morter, la Illa dels Porros y el Cap Gros, y se regulan las actividades a desarrollar, en el siguiente sentido:

 

Donde dice:

Artículo 1

Objeto y delimitación

[...]:

  • 39º 48,844' N / 4º 14,924' E (Punta des Xoriguer)
  • 39º 48,386' N / 4º 14,917' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 47,830' N / 4º 16,986' E (vértice “I. de l'Aire W” de las líneas de base recta)
  • 39º 47,386' N / 4º 17,740' E (vértice “I. de l'Aire E” de las líneas de base recta)
  • 39º 49,388' N / 4º 18,369' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 49,910' N / 4º 18,225' E (Punta de Rafalet)
 

Debe decir:

Artículo 1

Objeto y delimitación

[...]:

  • 39º 48,844' N / 4º 14,924' E (Punta des Xoriguer)
  • 39º 48,386' N / 4º 14,917' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 47,830' N / 4º 16,986' E (vértice “I. de l'Aire W” de las líneas de base recta)
  • 39º 47,880' N / 4º 17,740' E (vértice “I. de l'Aire E” de las líneas de base recta)
  • 39º 49,388' N / 4º 18,369' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 49,910' N / 4º 18,225' E (Punta de Rafalet)

Donde dice:

Artículo 2

Zona especial de buceo

[...]:

  • 39º 48,627' N / 4º 15,735' E (Punta de Biniacolla)
  • 39º 48,176' N / 4º 15,699' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 47,830' N / 4º 16,986' E (vértice “I. de l'Aire W” de las líneas de base recta)
  • 39º 47,386' N / 4º 17,740' E (vértice “I. de l'Aire E” de las líneas de base recta)
  • 39º 49,388' N / 4º 18,369' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 49,910' N / 4º 18,225' E (Punta de Rafalet)

Debe decir:

Artículo 2

Zona especial de buceo

[...]:

  • 39º 48,627' N / 4º 15,735' E (Punta de Biniancolla)
  • 39º 48,176' N / 4º 15,699' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 47,830' N / 4º 16,986' E (vértice “I. de l'Aire W” de las líneas de base recta)
  • 39º 47,880' N / 4º 17,740' E (vértice “I. de l'Aire E” de las líneas de base recta)
  • 39º 49,388' N / 4º 18,369' E (intersección con la línea de base recta)
  • 39º 49,910' N / 4º 18,225' E (Punta de Rafalet)

Segundo. Publicar este acuerdo de rectificación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 30 de agosto de 2019

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra