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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 8517
Bases que regulan la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Esporles otorgará para la adquisición de libros de texto, material escolar obligatorio y/o quota de material para el curso 2019-2020

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Texto

Por Decreto de Alcaldía 511/2019 de día 8 de agosto de 2019, se aprobaron las siguientes:

Bases que regulan la concesión de subvenciones para la adquisición de libros de texto, material escolar de carácter obligatorio y/o cuota de material, para el curso 2019-2020

1- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de esta convocatoria es el otorgar, por parte del Ayuntamiento de Esporles, subvenciones para la adquisición de libros de texto, material escolar obligatorio (incluidos medios electrónicos) y/o cuota de material para el curso 2019-2020, a las familias con niños que estén cursando alguno de los cursos de los distintos niveles de educación   Infantil, Primaria,  Secundaria y PISE.

Las subvenciones tienen la finalidad de apoyar económicamente el gasto que supone la compra de libros de texto, libros de lectura obligatorios, material escolar obligatorio y/o cuota de material, a las familias del municipio de Esporles.

Así mismo, con esta convocatoria se pretende fomentar y potenciar la reutilización de libros de texto y material educativos didácticos susceptibles de ser reutilizados.

2- REQUISITOS

Los solicitantes tienen que estar empadronados en el municipio de Esporles, con una antigüedad de tres meses anteriores a la solicitud.

Los alumnos tienen que estar matriculados en centros escolares ubicados en el municipio de Esporles.

Los solicitantes se tienen que comprometer a facilitar la reutilización de los libros y de los materiales escolares, susceptibles de ser reutilizados, por los cuales sean subvencionados.

a) Si el centro escolar donde están matriculados los alumnos o el APIMA, cuenta con programa de reutilización de libros de texto y material escolar obligatorio,  tendrán que estar   adheridos.

b) Si el centro escolar donde están matriculados los alumnos o el APIMA, no cuenta con programa de reutilización de libros de texto y material escolar obligatorio, los libros o material escolar obligatorio susceptible de ser reutilizado se depositará en el centro al acabar el curso escolar. En este caso el centro escolar agasajará el anexo 4 y lo remitirá en   el Ayuntamiento.

- Los solicitantes tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, el Estado y el Ayuntamiento de Esporles.

- Los solicitantes no se tienen que encontrar sometidos a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas.

- Los solicitantes no se tienen que encontrar sometidos dentro de ninguna causa de prohibición contemplada al artículo 14  de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3- DESTINATARIOS

Podrán solicitar las subvenciones el padre, la madre o quien tenga la tutoría legal y figure al padrón de Esporles en representación del  niño que también tendrá que figurar al padrón de Esporles, y haber formalizado la matrícula a alguno de los diferentes niveles de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria o *PISE en los centros públicos del municipio de Esporles durante el curso escolar 2018-2019.

4- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

En los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Esporles para el año 2019 existe una partida destinada a cubrir estas subvenciones dotada con 6.000 €.

 

5- FORMA Y DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las personas interesadas en solicitar una beca se tienen que dirigir al registro general del Ayuntamiento de Esporles y aportar la siguiente documentación:

-Solicitud (Anexo1)

-Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitando.

-Fotocopia del Libro de Familia o certificado de nacimiento donde se pueda identificar el menor y sus progenitores.

-En caso de hijos con discapacitado, documento acreditativo oficial.

-Fotocopia de la declaración de la Renta del ejercicio 2018 del padre y la madre del alumno o de sus representantes legales y personas que conformen la unidad familiar de convivencia. (Véase base 7)

-En caso de familias monoparentales el justificante donde se acredite que la patria potestad recae en un solo progenitor.

-En caso de que algún miembro de la unidad familiar no esté sujete a hacer la declaración de la renta, CERTIFICADO DE IMPUTACIONES emitido por la Agencia Tributaria.

-En caso de separación de los padres, hay que presentar la sentencia judicial y el régimen de manutención.

-Factura original y/o justificante de pago de la compra de libros de texto, libros de lectura obligatorios, material escolar obligatorio y/o cuota de material.

-Documento bancario en que consten los datos de la cuenta y el titular de este.

( se acreditará con una fotocopia de la libreta)

-Declaración jurada de no haber recibido ninguna otra beca o ayuda por el mismo concepto. (Anexo 2)

-Compromiso firmado en que se especifique que el alumno/a beneficiario/a, al acabar el curso, depositará los libros y materiales EDUCATIVOS didácticos susceptibles de ser reutilizados en el centro (Anexo 3).

Los datos relativos al empadronamiento y la convivencia en el mismo domicilio serán comprobados por el propio Ayuntamiento de Esporles y por lo tanto, no es necesario aportar los certificados.

La solicitud de la beca supone una autorización expresa al ayuntamiento de Esporles para acceder a los datos de los miembros de la unidad familiar que constan en el padrón municipal.

Las facturas y/o justificantes que hacen referencia estas bases tendrán que reunir los siguientes requisitos:

- Tendrán que estar pagadas y debidamente justificadas (sello, justificando bancario...)

- Tienen que estar datadas durante el año escolar en curso.

- Tienen que hacer referencia a los libros de texto y/ o material escolar de adquisición obligatoria, del curso 2019-2020.

- Tienen que ser originales (no fotocopia) y contener los datos del emisor y el número de factura.

Las subvenciones se solicitaran mediante el modelo de solicitud (Anexo 1), dirigido a la Alcaldesa de Esporles y subscrito por el tutor/a legal del alumno/a en representación de este/a, al Registro de entrada del Ayuntamiento de Esporles en el plazo previsto.

La presentación de la solicitud implicará la autorización al Ayuntamiento, porque, en nombre del solicitando, realice las gestiones y comprobaciones pertinentes para la tramitación de las becas, singularmente para pedir certificado a los centros escolares, acreditando la matriculación de los hijos/hijas de los solicitantes.

6- PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será de día  7 de octubre a día 04 de noviembre de 2019 ambos incluidos.

7- DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR

A efectos de esta convocatoria, se considera que conforman la unidad familiar:

-Los padres y, si se tercia, lo/la tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, no separados legalmente.

-Los hijos menores de edad, con excepción de los emancipados.

-Los hijos mayores de edad con discapacidad psíquica, física o sensorial, o incapacitados judicialmente.

-Los hijos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

-Los ascendientes de los padres que justifiquen la residencia en el mismo domicilio que los anteriores a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Cuando no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá constituida por el padre, la madre y todos los hijos y ascendientes de los padres que convivan y reúnan los requisitos del apartado anterior. En caso de que no exista convivencia se tendrá que acreditar documentalmente, mediante certificado de convivencia.

En caso de separación o divorcio no se considerará miembro computable aquel que no cono viva con el solicitando de la subvención. No obstante, tendrá consideración de miembro computable la nueva pareja o persona unida por análoga relación, y por lo tanto, sus rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar.  La separación o divorcio se acreditará de la siguiente manera:

-En la separación de hecho, se tendrá que presentar un documento justificando de interposición de demanda, u otros documentos que avalen esta situación.

-Si la separación es legal o divorcio, se tendrá que presentar la sentencia judicial o el convenio regulador donde conste la custodia del menor.

-A efectos de cálculo de renta per cápita, computarán por dos los hijos de la unidad familiar con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, situación que se tendrá que acreditar fehacientemente.

8-RENTA PER CÁPITA

La renta familiar será el resultado de sumar las rentas de todos los miembros de la unidad familiar computables que hayan generado ingresos. Se calculará realizando la suma de las casillas correspondientes a la base imponible general + la base imponible de ahorro, de la Declaración de IRPF del año 2018.

9-CUANTÍA Y NÚMERO DE BECAS

El número y la cuantía de subvenciones, se establecerá en función de la cantidad de alumnas con solicitud aprobada por la Comisión de Valoración y el total de la partida de los presupuestos municipales destinados a tal fin. Las becas no excederán en ningún caso el 80% del coste de los libros.

10-CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la concesión de las becas se aplicará la siguiente fórmula:

El Salario Mínimo Interprofesional del año anterior a la solicitud (el SMI de 2018 es de 735.90 €/mes o 10.302.60 €/año, según el Real Decreto 1077/2017, de 30 de Diciembre,  por el cual queda fijado el salario mínimo interprofesional para 2018), se multiplicará por el número de miembros de la unidad familiar. Esta cantidad no tiene que ser superior a la renta per cápita familiar, es decir:

-Unidad familiar de 2 miembros, hasta una renta familiar  máxima de 20.605.20€

-Unidad familiar de 3 miembros, hasta una renta familiar  máxima de 30.907.80€

-Unidad familiar de 4 miembros, hasta una renta familiar  máxima de 41.210.40€

-Unidad familiar de 5 miembros. hasta una renta familiar  máxima de 51.513 €

-Unidad familiar de 6 miembros, hasta una renta familiar  máxima de 61815.6€

...

Las solicitudes que cumplan la condición anterior quedarán admitidas a trámite, y las que no la cumplan quedarán excluidas.

11-COMISIÓN DE VALORACIÓN Y OTORGAMIENTO

La Comisión de Valoración estará formada por una persona de cada uno de los siguientes estamentos: concejalía, cuerpo técnico y administración  del Ayuntamiento, o personas en quienes deleguen.

Las funciones de la llamada comisión serán las siguientes:

1-Evaluar cada una de las solicitudes presentadas

2-Baremar cada una de las solicitudes presentadas.

3-Admitir o excluir las solicitudes que corresponda, en relación con los criterios que constan en estas bases.

4-En cuanto al proceso administrativo de concesión de las subvenciones, la Comisión de Valoración atenderá los siguientes periodos:

Una vez examinadas todas las solicitudes, dicha comisión emitirá un informe con la lista de  admitidos y excluidos y los motivos de exclusión, que tiene que servir de base para elaborar la propuesta de la resolución provisional por parte del Regidor Delegado de Educación, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases.

Esta lista se hará pública en la página web, al tablón de anuncios del Ayuntamiento y al BOIB.

Los solicitantes podrán presentar, en el plazo de 5 días habilidosos contados a partir del siguiente a la exposición de la lista provisional, las oportunas reclamaciones acompañadas de la documentación que estimen conveniente, que tendrá que ser presentada al registro de entrada del Ayuntamiento de Esporles en horario de atención al público.

12-RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

Una vez la Comisión de Valoración haya analizado la documentación aportada para enmendar y a la vista de las alegaciones presentadas, en el plazo de tres días habilidosos, elaborará un informe que tiene que servir de base para elaborar la resolución definitiva de concesión o denegación de las subvenciones, que expresará la lista de personas beneficiarias y la cantidad de la subvención otorgada, y también las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

La Alcaldesa, a vista del informe, aprobará la resolución de la convocatoria, que será expuesta en los lugares de información señalados a las bases de esta convocatoria.

13-PAGO

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el solicitando.

14-COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES

Las subvenciones concedidas en virtud de la presente convocatoria no son compatibles con cualquiera otra ayuda y/o beca que se pudiera percibir por la misma finalidad otras entidades públicas. A tal efecto, los solicitantes tendrán que firmar una declaración jurada (Anexo 2). En caso de que el beneficiario hubiera recibido una subvención por el mismo concepto y el mismo periodo de tiempo, tendrá que proceder al reintegro de la subvención.

15-RÉGIMEN DE INTERPOSICIÓN DE RECURSOS

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.

 

Esporles, 14 de agosto de 2019

La Alcaldesa,

Maria Ramon Salas

 

 

ANEXO 1

SOLICITUD

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO I/O MATERIAL ESCOLAR CURSO 2019-2020

..........................................  ............................................   ................................

(NOMBRE Y APELLIDOS)

Como             (   ) padre           (   ) madre              (   )  tutor/a legal

Que vivo en .......................................................................nº.............piso.........

Población..............................................................................................................

Teléfono fijo.............................................Teléfono movil......................................

Con DNI...............................................

Núm. Cuenta corriente (20 dígitos)      _ _ _ _   _ _ _ _   _ _   _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

EXPONGO:

Que tengo interés a solicitar en el Ayuntamiento de Esporles la subvención para la adquisición de libros de texto y/o material escolar para el curso escolar 2019/2020 para los siguientes alumnos de los cuales tengo la  representación legal (padre/madre o tutor/a):

1.- Nombre y apellidos................................................................................... en calidad de: padre madre tutor/a legal

Centro educativo .....................................................................................

curso                     (  )  Educacion infantil          (  )  Primaria                (  ) Secundaria                   (  ) PISE

2.- Nombre y apellidos................................................................................... en calidad de: padre madre tutor/a legal

Centro educativo .....................................................................................

curso                     (  )  Educacion infantil           (  ) Primaria                           (  ) Secundaria                   (  ) PISE

3.- Nombre y apellidos................................................................................... en calidad de: padre madre tutor/a legal

Centro educativo .....................................................................................

curso                     (  )  Educacion infantil                       (  ) Primaria              (  ) Secundaria                   (  ) PISE

4.- Nombre y apellidos................................................................................... en calidad de: padre madre tutor/a legal

Centro educativo .....................................................................................

curso                      (  ) Educacion infantil                              (  )  Primaria                   (  ) Secundaria                (  ) PISE

Que el número de miembros de la unidad familiar a la cual pertenecen la conforman un total de ....................persones.

 

Que les persones que integran la unidad familiar son (a excepción de los alumnos antes detallados):

 

Nombre y apellidos

DNI/NIE

Relación con el alumno (padre, madre, hermano/a abuelo/a

1

 

 

 

2

 

 

 

3

 

 

 

4

 

 

 

5

 

 

 

6

 

 

 

7

 

 

 

8

 

 

 

Por eso, SOLICITO

Que se acepte a trámite esta solicitud de subvención en los términos que regula la convocatoria  DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO I/O MATERIAL ESCOLAR, PARA EL CURSO 2019/2020.

 

Esporles a ........... de .............................. de 2019

Firma

 

 

ANEXO 2

DECLARACIÓN JURADA

Yo,....................................................................................................................... con  DNI ...................................................

Declaro que

SI   He solicitado otra beca para la misma finalidad en otra entidad pública.

NO He solicitado ninguna otra beca para la misma finalidad en ninguna otra entidad pública.

Y para que surta a efectos donde corresponda firmo este documento en

Esporles, ...................... de ..................................... de 2019

Firma

 

 

ANEXO 3

HOJA DE COMPROMISO

Yo,.........................................................................................................................

Con DNI............................., como padre/madre tutor/a de .................................. ……………………, alumno/a del centro educativo ............................................, me comprometo a acogerme al programa de reutilización de libros de texto del centro del cual mi hijo/a es alumno/a

Y para que surta a efectos donde corresponda firmo este documento en

Esporles, ...................... de ..................................... de 2019

Firma